El Tribunal Supremo rechaza los recursos de dos ciudadanos británicos contra Polaris World por incumplimiento de contrato

Dos sentencias de la Sala de lo Civil, con voto particular, han rechazado los recursos de casación presentados por unos ciudadanos británicos que demandaron a Polaris World por quedarse con el dinero que entregaron a cuenta tras el incumplimiento del contrato de compraventa de una vivienda por parte de los compradores. En el contrato figuraba como condición que la vendedora podía resolver el contrato y retener las cantidades anticipadas si los compradores, requeridos al efecto, no comparecían en la notaría para otorgar escritura pública

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Comunicación Poder Judicial

El contrato de compraventa de vivienda se celebró en 2006 entre unos ciudadanos británicos y la entidad Polaris World Real Estate. En el contrato figuraba una estipulación en virtud de la cual la vendedora quedaba facultada para resolver el contrato y retener las cantidades anticipadas si los compradores, requeridos al efecto, no comparecían en la notaría para otorgar escritura pública.

Amparándose en dicha estipulación, una vez comprobado que los compradores no atendieron su requerimiento pese a estar la vivienda terminada y en disposición para ser entregada, la entidad vendedora resolvió el contrato y se quedó con las sumas que los compradores habían satisfecho hasta entonces, lo que provocó que estos formularan demanda solicitando su nulidad por abusiva, con fundamento en la legislación de consumidores que prohíbe las cláusulas que impongan a estos indemnizaciones desproporcionadas así como las que contemplen la retención de cantidades por el empresario, en caso de renuncia del consumidor, sin contemplar a su vez una indemnización equivalente en caso de renuncia del empresario.

En las dos instancias fue desestimada la demanda y ahora el Supremo, con el voto particular de cuatro magistrados, confirma ese pronunciamiento.