Un juzgado desestima el recurso de la madre de una alumna de secundaria contra la obligación de estudiar un 25,8% de las horas lectivas en valenciano

El magistrado aplica la jurisprudencia del TSJ y señala que el proyecto del centro cuestionado por la demandante "supone el cumplimiento de la legalidad"

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Alicante ha dictado una sentencia por la que se desestima el recurso interpuesto por la madre de una alumna del IES Torrevigía de Torrevieja contra la resolución de la Conselleria de Educación de autorizar el proyecto lingüístico de este centro, que establece el uso del valenciano como lengua vehicular en un 25,8% de las clases. 

El magistrado aplica a este caso la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sobre la Ley 4/2018 sobre plurilingüismo en el ámbito educativo y señala que el proyecto del centro de Torrevieja cuestionado por la demandante "supone el cumplimiento de la legalidad", por cuanto que lo que la norma "considera mínimo en una zona castellanohablante como es Torrevieja se convierte en máximo". 

La sentencia puede ser recurrida en apelación.