El presidente del jurado desestima las cuestiones previas planteadas en el caso de la peregrina Denise Pikka

El magistrado ha rechazado, en primer lugar, la petición de nulidad de determinadas actuaciones practicadas durante la instrucción como son la localización del cadáver de la víctima, la declaración de autoinculpación ante la jueza de Instrucción por parte del acusado, y la diligencia de inspección ocular y de reconstrucción de hechos

Autor
Comunicación Poder Judicial

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado que juzgará el asesinato de la peregrina Denise Pikka Thiem ha desestimado las cuestiones previas al juicio planteadas tanto por la defensa del acusado Miguel Ángel M.B., como por la acusación particular que ejerce un hermano de la fallecida.

El magistrado ha rechazado, en primer lugar, la petición de nulidad de determinadas actuaciones practicadas durante la instrucción como son la localización del cadáver de la víctima, la declaración de autoinculpación ante la jueza de Instrucción por parte del acusado, y la diligencia de inspección ocular y de reconstrucción de hechos.

Además, el presidente del Tribunal del Jurado ha denegado todas las diligencias posteriores que se deriven de las anteriores, que había solicitado la defensa del acusado al considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la libertad personal y a la defensa letrada.

El magistrado ha rechazado igualmente la impugnación, que también había efectuado la defensa del acusado, de medios de prueba que habían propuesto el fiscal y la acusación particular. Asimismo, ha denegado determinados medios de prueba que dicha defensa pretendía se practicasen en el juicio además de los ya propuestos en su escrito de calificación.

Por último, el magistrado ha rechazado también la impugnación, efectuada por la acusación particular, de un medio de prueba que había propuesto la defensa del acusado, y ha denegado un medio de prueba que dicha acusación particular pretendía que se practicase en el juicio además de los ya propuestos en su escrito de calificación.

Contra el auto que resuelve las cuestiones previas cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL. La celebración del juicio oral se señalará próximamente.