Agenda de juicios de la semana del 4 de marzo de 2024

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 4 de marzo

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Tribunal del Jurado 9/2023

Homicidio doloso en comisión por omisión

 

Acusado de la muerte de su madre por omisión.

 

Según el escrito de la fiscalía, el acusado convivía con su madre, que se encontraba en situación de dependencia y vulnerabilidad, y “no satisfacía sus necesidades más básicas de aseo, alimentación y movilización”.

 

Ello provocó que la mujer estuviera en una situación “de absoluto abandono” que se manifestaba en “deshidratación, suciedad, restos desecados de heces y orina sobre su cuerpo, y úlceras por presión”.

 

A consecuencia de esas úlceras, la mujer presentaba “signos de infección y necrosis”, que afectaba “no sólo a la piel y al tejido muscular, sino también a planos óseos”.

 

Además, la habitación de la mujer, de la que nunca salía, se encontraba “llena de basura, bolsas de plástico y suciedad”.

 

Por otro lado, tal y como comunicó el Servicio Cántabro de Salud, la última vez que el acusado llevó a su madre a consulta médica para el control de su enfermedad fue en 2015, y tampoco renovaba la receta electrónica para recoger la medicación pautada.

 

En 2018 la mujer ingresó en Valdecilla por déficit neurológico y desde entonces y hasta su fallecimiento en 2021 no existen apuntes en su historia clínica, tal y como se indica en el informe de autopsia.

 

La mujer murió a los 84 años por infección respiratoria y cardiopatía crónica, “siendo factores coadyuvantes la situación de abandono y la falta de cuidados, con caquexia, deshidratación y úlceras por presión en estado avanzado”.

 

Los hechos constituyen, según el escrito del ministerio fiscal, un delito de homicidio doloso cometido por omisión, con la concurrencia de la agravante de parentesco, merecedor de una pena de veinte años de prisión.

 

La defensa, por su parte, admite íntegramente el relato de hechos de la acusación, así como la calificación de homicidio doloso en comisión por omisión.

 

Sin embargo, considera que no debe aplicarse la circunstancia agravante de parentesco, dado que es precisamente la posición del acusado como garante respecto de la madre la que determina la condena.

 

Por eso, entiende la defensa que la pena que se debe imponer al acusado es de dieciséis años de prisión.

 

Nota:


Está previsto que el juicio continúe el martes, 5 de marzo.

 

 

Martes, 5 de marzo

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 10/2023

Tentativa de homicidio

 

Acusado de agredir con una navaja a otro hombre, que sufrió una herida entre el pecho y el cuello que pudo ser mortal de no producirse la intervención de los servicios sanitarios.

 

Según el relato de la fiscalía, el procesado se encontraba en las inmediaciones de un pub en Liérganes cuando inició una discusión con otro hombre, con quien había estado visitando varios bares de la zona.

 

En el transcurso de la refriega, el acusado sacó una navaja que esgrimió contra el otro hombre, propinándole un golpe en el pecho. Posteriormente, intentó sin éxito agredirle de nuevo, iniciándose un forcejeo que finalizó cuando el agredido le advirtió de que llamaría a la guardia civil.

 

El acusado “actuó con ánimo de provocar el fallecimiento del otro hombre, que no produjo dada la rápida intervención de los servicios sanitarios”, señala la fiscalía.

 

En el momento de los hechos “presentaba un trastorno mental y de comportamiento debido al consumo de alcohol, que no queda acreditado que afectara a su capacidad volitiva e intelectiva”, añade.

 

Los hechos constituyen, a su juicio, un delito de homicidio en grado de tentativa, merecedor de una pena de ocho años de prisión y 5.635 euros de indemnización.

 

La acusación particular, por su parte, pide una pena de nueve años de cárcel e indemnización de 14.083 euros.

 

 

Miércoles, 6 de marzo

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 16/2023

Agresiones sexuales

 

Acusado de agredir sexualmente a su hija cuando esta tenía entre nueve y catorce años.

 

Según la fiscalía, el acusado “le obligó inicialmente a soportar tocamientos en sus órganos genitales, con introducción de sus dedos”.

 

Más adelante, “cuando contó con trece años la penetró vaginalmente, para concluir al año siguiente con penetración anal”.

 

Añade que en todos los casos “le prohibió que manifestara lo ocurrido”. La joven lo denunció años más tarde, “cuando logró exponerlo a sus amistades y a su actual pareja”.

 

La fiscalía entiende que los hechos constituyen tres delitos de agresión sexual sobre menor de dieciséis años, merecedores de 36 años de prisión (doce por cada delito), libertad vigilada durante diez años, inhabilitación para actividad que conlleve contacto con menores durante cinco y 30.000 euros de indemnización.

 

La acusación particular, que ejerce la víctima, ya mayor de edad, pide 18 años y 9 meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual, así como la prohibición de acercarse y comunicar con ella durante veinte años, libertad vigilada de diez e inhabilitación para profesión que suponga contacto con menores durante otros diez.

 

La indemnización solicitada es la misma que la pedida por la fiscalía: 30.000 euros por los daños morales causados, dada la gravedad de los hechos y el resultado lesivo, ya que después de quince años desde que se produjeron los hechos, la víctima aún presenta secuelas.

 

 

Jueves, 7 de marzo

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 33/2023

Violencia de género y agresión sexual

 

Acusado de agredir a su expareja.

 

Según el escrito del ministerio público, el acusado se presentó en la vivienda de su expareja e inició una discusión que acabó con un forcejeo, en el transcurso del cual, “con ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó varios golpes” y la agarró por la cintura, la levantó de suelo y “le puso medio cuerpo fuera de la ventana”.

 

Posteriormente, le recriminó a la mujer que hablara con otra persona, comenzando un nuevo forcejeo, en el que la tiró sobre la cama, le exigió mantener relaciones sexuales y, “pese a su negativa y la resistencia opuesta, la penetró vaginalmente”.

 

Dos días después, el acusado llamó a la madre de la mujer y, “con ánimo de infundirla un serio temor”, le manifestó “que no se extrañase si se encontraba tirada a su hija en una cuneta”.

 

Los hechos descritos son considerados por la fiscalía como tres delitos de violencia de género –dos de amenazas leves y otro de maltrato de obra- así como un delito de agresión sexual, todos ellos merecedores de una pena de catorce años y nueve meses de prisión, así como veintitres años de alejamiento y prohibición de comunicar con ella, diez años de libertad vigilada y otros diez años de inhabilitación para profesión que conlleve contacto con menores.

 

 

11:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 32/2023

Abuso sexual y contra la intimidad

 

Acusado de abusar sexualmente de otro hombre que se encontraba inconsciente a causa de su estado de embriaguez.

 

La fiscalía relata en su escrito que el acusado se encontró con un hombre, que volvía de fiesta, y le convenció para que le acompañase a su casa, a lo que aquel accedió “dado que tenía sus facultades muy disminuidas por el excesivo consumo de bebidas alcohólicas”.

 

Una vez en el domicilio del acusado, este “aprovechando que el otro hombre perdió la consciencia” debido al estado de embriaguez en que se encontraba, “con intención de satisfacer su ánimo libidinoso, le bajó los pantalones y comenzó a masturbarle el pene, introduciéndoselo en la boca para practicarle una felación”.

 

Además, “con intención de vulnerar su intimidad, usando su teléfono móvil le sacó varias fotografías de los genitales”.

 

La víctima “recuperó en parte su consciencia a causa del disparo del flash de la cámara del móvil, percatándose de que el acusado había realizado tales actos sin su conocimiento ni consentimiento”.

 

Los hechos constituyen, para el ministerio fiscal, un delito de abuso sexual y otro contra la intimidad, merecedores de una pena de siete años y medio de prisión, 6.000 euros de multa, cinco de libertad vigilada, siete de prohibición de acercarse y comunicar con la víctima y doce años de inhabilitación para trabajar con menores.

 

En concepto de responsabilidad civil, considera la fiscalía que el acusado debe indemnizar a la víctima con 3.000 euros por el daño moral causado.

 

La acusación particular, por su parte, eleva la petición de pena por ambos delitos a diez años de prisión, 6.000 euros de multa, siete años de libertad vigilada, alejamiento y prohibición de comunicar con la víctima durante nueve años, e inhabilitación para oficio con menores durante doce años.

 

Como indemnización, el representante legal de la víctima pide que esta sea indemnizada con 18.000 euros.