Agenda de juicios de la semana del 11 de marzo de 2024

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 11 de marzo

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 69/2022

Agresión sexual

 

Acusado de agredir sexualmente a una mujer a la que había conocido a través de una red social de citas.

 

Según la fiscalía, el acusado y la mujer intercambiaron mensajes y luego sus números de teléfono. A partir de entonces “fueron continuas” las conversaciones entre ambos.

 

A los pocos días, el acusado “se mostró muy interesado en visitarla” y concertaron una cita. Quedaron, comieron y se dirigieron a casa de ella donde él “se desnudó y, tras inmovilizar y golpearla”, le obligó a que le hiciese una felación, “sujetándola bruscamente” de la cabeza llegando a arrancarle pelo.

 

Después, “comenzó a golpearla, mediante azotes en el pecho y en las nalgas”, la llevó por la fuerza a la cama y, al tener problemas de erección, la penetró con sus dedos. La mujer logró abandonar súbitamente su casa.

 

Los hechos constituyen, según la fiscalía, un delito de agresión sexual merecedor de una pena de doce años de prisión, quince de prohibición de comunicar y acercarse a la mujer, y diez de libertad vigilada.

 

El ministerio público solicita, asimismo, que el procesado indemnice a la mujer con 6.000 euros por los daños morales que le ha causado.

 

La acusación particular que representa a la mujer se suma a la petición de penas de la fiscalía y eleva la solicitud de indemnización a 12.000 euros.

 

 

Martes, 12 de marzo

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Abreviado 22/2023

Homicidio por imprudencia grave y lesiones por imprudencia grave

 

Tres acusados de la muerte de dos ancianas y las lesiones ocasionadas a otras cuatro por una fuga de monóxido de carbono en una residencia geriátrica de Puente Arce.

 

Los acusados son el director de la residencia, el instalador de la caldera donde se produjo la fuga y otro técnico que junto con el anterior realizaba el mantenimiento de la instalación.

 

Según el escrito de la fiscalía, en febrero de 2020 se produjo una fuga de monóxido de carbono, un gas letal, que procedía de una de las calderas.

 

El escape, que duró dos días, se filtró al hueco de la chimenea y de ahí a los canales de ventilación, para llegar hasta las habitaciones de algunas residentes.

 

Dos de ellas fallecieron y otras cuatro sufrieron lesiones que precisaron tratamiento médico posterior al de urgencias.

 

Explica la fiscalía que el escape de monóxido de carbono “se generó por la acción y la omisión humanas” de los acusados.

 

Así, uno de ellos había sido el encargado de reemplazar una caldera estropeada por otra, “instalándola incorrectamente y sin seguir las instrucciones del fabricante”, ya que la nueva estaba preparada para gas natural y debía ser adaptada para gas propano, “lo que el técnico no realizó, provocando con ello una mala combustión”.

 

Además, señala la fiscalía que el mantenimiento en el cuarto de calderas fue “defectuoso”, dado que los técnicos que mensualmente llevaban a cabo esas labores “nunca repararon la defectuosa conexión que existía entre la conducción de salida de humos de las calderas y la propia chimenea”.

 

Y ello, a pesar de “estar a la vista en el propio cuarto de calderas el ‘apaño’ que había realizado la propiedad desde hacía ya varios años”.

 

En este sentido, explica el escrito que la propiedad había realizado una “defectuosa reparación” de la conexión entre la conducción de salidas de humos de las calderas y la propia chimenea, “colocando cinta americana y una red metálica, sin encomendar su adecuada reparación a técnicos especializados”.

 

Finalmente, también existió una “defectuosa contratación por parte de la propiedad del mantenimiento de las chimeneas”, al no constar que se hubiera contratado a una empresa especializada.

 

Por todo ello, considera el ministerio fiscal que los tres acusados son autores de dos delitos de homicidio por imprudencia grave y cuatro delitos de lesiones por imprudencia grave.

Solicita para el director de la residencia cuatro años de prisión y cuatro de inhabilitación para administrar y dirigir centros geriátricos; para el instalador de la caldera, otros cuatro años de prisión e inhabilitación para ejercer como instalador de gas, fontanería y calefacción; y para el técnico de mantenimiento, tres años de prisión y otros tres de inhabilitación para las mismas funciones que el anterior.

 

En concepto de responsabilidad civil, pide que los tres sean condenados a indemnizar de manera conjunta y solidaria a los familiares de las fallecidas y a las lesionadas con 81.500 euros.

 

La acusación particular eleva la petición de pena a cada uno de ellos a cinco años de prisión y seis de inhabilitación para sus profesiones.

 

Por su parte, la defensa de los técnicos considera que no existió negligencia grave y sí “una cadena de irregularidades y errores, todos ellos menores y cada uno de ellos atribuible a una persona distinta, y es la producción conjunta de todos ellos lo que provoca el fatal desenlace”.

 

Finalmente, la defensa del administrador de la residencia señala que este no ha intervenido en los hechos relatados, por lo que no ha cometido los mismos.

 

 

Nota:

 

Está previsto que este juicio continúe el miércoles 13 y el jueves 14 de marzo, a las nueve y media de la mañana.

 

 

 

10:00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Procedimiento Sumario Ordinario 23/2023

Exhibicionismo, abuso y pornografía infantil

 

Acusados dos hombres de exhibirse ante el nieto de uno de ellos, abusar de él y tomarle fotografías.

 

Según el escrito del ministerio fiscal, los dos acusados, que son pareja, cuando el nieto de uno de ellos, de tres años de edad, se quedaba al cuidado de su abuelo “sin importarles la indemnidad sexual” del menor “mantenían en su presencia relaciones sexuales”.

 

Además, “en al menos una ocasión”, “con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales se pusieron de acuerdo en que, mientras el abuelo le hacía una felación a su nieto, el otro acusado fotografiaba los hechos, llegando a hacer al menos cuatro fotos”.

 

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito continuado de exhibicionismo, otro de abuso sexual a menores y otro de pornografía infantil, merecedores todos ellos de una pena conjunta para cada uno de los acusados de veinte años de prisión y veintiocho de alejamiento y prohibición de comunicar con el menor.

 

Asimismo, solicita que se les imponga una medida de libertad vigilada de diez años tras el cumplimiento de la pena de prisión, así como inhabilitación para desempeño que conlleve contacto con menores durante dieciséis años.

 

En concepto de responsabilidad civil, considera la fiscalía que deben indemnizar de manera directa y solidaria a los representantes legales del menor en 50.000 euros por los daños morales causados.

 

Por su parte, la defensa del abuelo del menor manifiesta que padece demencia senil y que “tiene alterada y afectada su percepción de la realidad”, por lo que “no comprende la ilicitud de los hechos que se le imputan” que “ni tan siquiera es consciente ni recuerda”.