Dos procesados por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor en Gijón aceptan 2 años de prisión

Los hombres han reconocido los hechos ante la Audiencia Provincial y ya han indemnizado a la adolescente por daños morales

Autor
Comunicación Poder Judicial

Dos procesados por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor han reconocido los hechos que les atribuía la Fiscalía de Área de Gijón y han aceptado ante la Sección Octava de la Audiencia Provincial con sede en Gijón una condena de 2 años de prisión para cada uno además de alejamiento y libertad vigilada y tras indemnizar a la adolescente por daños morales.  

Uno de los hombres, después de conocer a través de la red social Instagram en el verano del año 2020 a la menor, a sabiendas de la edad que tenía, mantuvo relaciones sexuales completas con ella, con su beneplácito, en una ocasión en el verano de 2020 y en otra en el mes de septiembre de ese mismo año. El otro procesado, tras conocer a la menor en el verano del año 2021 a través de una página de contactos en la que ésta se anunciaba, concertó dos citas con ella a cambio de dinero en Gijón, manteniendo en las dos ocasiones relaciones sexuales completas a cambio de 75 euros cada vez, que el hombre no llegó a pagarle. 

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de abuso sexual con penetración vaginal a una menor de edad, tipificado en el artículo 183.1 y 3 del Código Penal, en relación con el artículo 74 para uno de ellos y un delito continuado de inducción a la prostitución de una menor de edad, tipificado en el artículo 188.4 del Código Penal. Concurre la circunstancia atenuante analógica muy cualificada de consentimiento libre de la víctima y cierto grado de madurez del 21.7 del Código Penal, en relación con el artículo 183 quater, y la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, respecto de uno de los hombres. En el otro, concurre sólo la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño. 

Tras reconocer los hechos, el primer procesado asumió una condena de 2 años de prisión e inhabilitación absoluta para el ejercicio del derecho durante el tiempo de la condena, así como la prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros durante 5 años, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier lugar donde se encuentre, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo. Además, inhabilitación especial durante 5 años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad. 

Con respecto al segundo procesado, asumió una condena de 2 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho durante el tiempo de la condena, así como prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros durante 5 años, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier lugar donde se encuentre, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo. Además, inhabilitación especial durante 5 años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad. 

El Ministerio Fiscal interesó asimismo que se imponga a los procesados la medida de libertad vigilada por un periodo de 5 años y con cumplimiento de las siguientes medidas: comunicar inmediatamente en el plazo y por el medio que se establezca cualquier cambio de domicilio o lugar de residencia; Prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima; prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecerles o facilitarles la ocasión de cometer hechos delictivos de similar naturaleza, así como la obligación de participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares. 

Los procesados ingresaron íntegramente el importe de la responsabilidad civil, que ascendió a un total de 4.000 euros.