La Audiencia Provincial de Álava anula un contrato de subordinadas de Eroski y obliga a Caja Laboral a devolver la inversión al cliente
El cliente afirmó “no haber recibido ningún tipo de información” del producto que contrató
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- Comunicación Poder Judicial
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava ha anulado el contrato de aportaciones financieras subordinadas de Eroski suscrito entre Caja Laboral y un cliente de la entidad, y obliga a reembolsarle los 35.000 euros que invirtió.
En 2007 una gestora comercial del banco ofreció al cliente un “producto sin riesgo y que permitía recuperar el dinero con rapidez”, invirtiendo éste 35.000 euros en subordinadas de Eroski y otros 15.000 en un depósito a plazo fijo. Cuando en 2011 se decidió a comprar una vivienda, tras ordenar la venta de las subordinadas, la comercial le informa de la dificultad por plazos y falta de demanda para convertirlas en líquido.
El cliente, que afirmó “no recibir ninguna información” y “no haber suscrito nunca un producto de riesgo” solicitó al banco la anulación del contrato y la recuperación de la inversión. La sentencia rechaza los recursos de falta de legitimación pasiva ad causam y la caducidad de la acción alegados por la entidad financiera.