• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 2517/2021
  • Fecha: 10/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DESPIDO IMPROCEDENTE COVID-19. INDEMNIZACIÓN SUPERIOR A LA LEGAL. FALTA DE IDONEIDAD DE LA SENTENCIA DE CONTRASTE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 1718/2021
  • Fecha: 10/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DESPIDO Y MODIFICACIÓN SUSTANCIAL. ACUMULACIÓN DE ACCIONES. RECLAMACIÓN DE CANTIDADES ADEUDADAS. ERTE COVID-19 REDUCCIÓN DE JORNADA. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CESAR TOLOSA TRIBIÑO
  • Nº Recurso: 20/2021
  • Fecha: 03/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 40/2021
  • Fecha: 03/05/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El art. 24 CE ha de favorecer el acceso de los ciudadanos a la justicia, pero es constitucionalmente legítimo que el legislador imponga un requisito como el del establecimiento de un plazo para el ejercicio de la acción, en cuanto que preserva o tiende a preservar un valor o principio constitucional, como el de la seguridad jurídica. En consecuencia, no puede dejarse al arbitrio de las partes el cumplimiento de los requisitos procesales ni la disposición del tiempo en el que estos han de cumplirse, apreciación extensible al ejercicio mismo de las acciones. En el caso, se está ante un claro supuesto de extemporaneidad, al haberse rebasado ampliamente el plazo legal de 30 días concedido para la interposición del recurso de casación, lo que constituye una causa de inadmisión que, en este trance, determina la desestimación del recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 2354/2021
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Tutela de libertad sindical. Falta de convocatoria de un sindicato para la adopción de acuerdos en la empresa. Falta de contradicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 20285/2022
  • Fecha: 27/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Inadmisión a trámite de querella contra Magistrados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: OCTAVIO JUAN HERRERO PINA
  • Nº Recurso: 105/2021
  • Fecha: 25/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El procedimiento ordinario para la designación de los jueces de paz, cuya elección corresponde, mediando convocatoria pública, al Pleno del Ayuntamiento, y el nombramiento a la Sala de Gobierno del correspondiente Tribunal Superior de Justicia, se inicia con ocasión de la vacante correspondiente, a cuyo efecto las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia participan a los Ayuntamientos la previsión o existencia de vacantes a los efectos de la convocatoria correspondiente. Efectuada la correspondiente elección por el Pleno del Ayuntamiento se remite, por medio del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, a la Sala de Gobierno, la cual, si considera que las personas elegidas por el Ayuntamiento reúnen las condiciones de capacidad y de elegibilidad exigidas por la ley expedirá los correspondientes nombramientos y ordenará su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, dando cuenta de los mismos al Consejo General del Poder Judicial y al Juez de Primera Instancia e Instrucción de Partido, o al Decano si hubiere varios; y si por el contrario, oído el Ministerio Fiscal, estima que la persona o personas propuestas por el Ayuntamiento no reúnen las condiciones exigidas por la ley, procederá a designar directamente al Juez de Paz. Lo mismo sucede si, en el plazo de tres meses desde que se produjera la vacante en un Juzgado de Paz, el Ayuntamiento correspondiente no efectuase la propuesta prevista.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 2534/2020
  • Fecha: 22/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acudir a la atenuante analógica comporta dos riesgos: uno, la sobreutilización extensiva, mediante la creación de fórmulas de atenuación carentes de toda conexión teleológica con las atenuantes típicas. Los jueces no disponen de un ilimitado «motor de búsqueda» de atenuantes. Cuando no es posible trazar la análoga significación con las categorías normativas típicas de referencia debe presumirse que la opción racional del legislador ha sido no incluir otras atenuaciones. El otro, la sobreutilización oclusiva, que se da cuando se achica o se reduce el campo aplicativo de la circunstancia atenuante típica de cuya necesaria conexión de significado se nutre la atenuante analógica. Un mal cálculo del espacio de extensión analógica puede ocluir la aplicación de la atenuante propia, privando a la persona acusada de los efectos atenuatorios cualificados previstos en la norma. Efecto que entrañaría una grave contradicción con el sentido y la función humanizadora que el mecanismo analógico cumple en el modelo penal. La conducta constituye un solo delito de sustracción de menores. El derecho de custodia quebrantado es el del progenitor, que es el instituto sobre el que se estructura la conducta típica; y la desestabilización de las relaciones familiares que conlleva es la que se proyecta sobre el menor retenido. El hecho no solo supuso la ruptura injustificada del régimen de guarda parental, sino que introdujo factores aflictivos como la divulgación de la identidad de los niños.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 21127/2021
  • Fecha: 21/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: * Cuestion de competencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 264/2021
  • Fecha: 20/04/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea en proceso de conflicto colectivo si la empresa debe complementar la prestación por desempleo hasta el 100% de salario durante la suspensión contractual provocada por la pandemia Covid19. Consta que en el convenio guipuzcoano de hostelería, vencido en 2013, se preveía dicho complemento. Tras la contractualización, se han publicado 3 convenios sectoriales de ámbito estatal que no lo contemplan. La sala IV en la sentencia anotada, tras rechazar la modificación del relato fáctico por no darse los presupuestos jurisprudencialmente establecidos, resalta que no es de aplicación las doctrinas sobre la contractualización ni sobre el mantenimiento de las condiciones más beneficiosas, dado que no concurre vacío regulador de las condiciones de trabajo, por resultar de aplicación el convenio superior sectorial. En el caso de autos debe estarse a lo recogido en la d.ad. 2ª del I convenio colectivo estatal de restauración colectiva, relativa a las reglas de concurrencia de normas paccionadas. El citado convenio es aplicable a la empresa desde enero de 2015 y ha sustituido en su totalidad al provincial fenecido, y en el mismo no se contempla el complemento de las prestaciones de desempleo. Por todo lo cual, se desestima el recurso del sindicato actor y se confirma la sentencia desestimatoria de la demanda.

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