• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 47/2023
  • Fecha: 02/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recurso de queja. Desestimación. Artículo 89.2.f), LJCA.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 296/2022
  • Fecha: 01/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto resolviendo Alegaciones previas de la Generalidad de Cataluña sobre inadmisibilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 298/2022
  • Fecha: 01/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto resolviendo alegaciones previas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León sobre inadmisibilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 51/2022
  • Fecha: 01/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Autor resolviendo Alegaciones previas de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre inadmisibilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 163/2020
  • Fecha: 24/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El comité de empresa europeo del grupo IAG interpuso demanda de conflicto colectivo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional contra la empresa International Consolidated Airlines Group, S.A. La AN declaró su falta de competencia objetiva. Ahora en casación unificadora se plantea si la competencia objetiva para conocer de la denunciada vulneración de los derechos de información y consulta del comité de empresa europeo de IAG corresponde a la Sala de lo Social de la AN o a los juzgados de lo social de Madrid. La sentencia apuntada argumenta que la AN sí tiene competencia objetiva para conocer del fondo del asunto porque el comité de empresa europeo defiende y promueve los intereses de todos los trabajadores del grupo IAG y, en consecuencia, también de todos los trabajadores de las empresas y centros de trabajo situadas en España, y no solo de los centros de trabajo situados en la ciudad de Madrid.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
  • Nº Recurso: 2606/2022
  • Fecha: 23/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DELITO: Delito continuado de estafa y apropiación indebida agravadas de los artículos 248.1, 248.2 (en su redacción introducida por la LO 15/2003), 249, 252 (en su redacción original), 250.1.6ª y 7º (en su redacción original ) y 74 CP.MOTIVOS: Presunción de inocencia.Dilaciones indebidas, rebaja de la penas dos grados.Individualización de la pena.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 1359/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Despido. Sucesión de empresas. Se discute la reversión del servicio de explotación de cafetería adjudicado por una administración pública propietaria de elementos patrimoniales para hacer efectiva la prestación del servicio. Falta de contradicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 134/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DESPIDO NULO. SE RECONOCE. VULNERACIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA NO DISCRIMINACIÓN POR EJERCICIO DE HUELGA. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 1218/2021
  • Fecha: 16/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito contra la Hacienda Pública: actividad fraudulenta consistente en constituir una Fundación con aparente fines benéficos para eludir el régimen tributario general. Práctica de la prueba pericial. El derecho a la prueba se extiende, también, a garantizar su práctica de conformidad a las reglas de producción previstas en la ley procesal. Lo que en el caso de las periciales -excepto en aquellos supuestos en los que la ley prevea expresamente la documentalización como medio de acceso de la información al cuadro probatorio. vid. APNJ de 25 de mayo de 2005, sobre el alcance del artículo 788.2 LECrim- supone que la parte proponente tiene el derecho a que el perito comparezca al acto del juicio a ratificar sus conclusiones y a responder a todas las aclaraciones que, pertinentes y necesarias, se le puedan formular. Toda conclusión pericial es la consecuencia de la aplicación de un previo modelo de observación y análisis desarrollado por el perito que la formula. En esa medida, el perito adquiere conocimientos propios e intransferibles sobre el objeto pericial que las partes tienen derecho a escrutar y someter al debate contradictorio. La cláusula de confrontación plenaria que garantizan tanto el Convenio de 1950 como la Constitución solo puede ceder en supuestos excepcionales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
  • Nº Recurso: 10684/2022
  • Fecha: 16/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: Contra la salud pública.Motivos: Drogadicción. Individualización de la responsabilidad personal subsidiaria.

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