• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 4186/2023
  • Fecha: 06/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda para la tutela del honor por inclusión indebida de datos personales en un fichero de morosos. En ambas instancias se desestimó la demanda por la existencia de una deuda cierta, vencida y exigible a cargo del demandante, generada en el marco del contrato de suministro de energía eléctrica que le vinculaba a Iberdrola, deuda que había resultado impagada por aquel, y porque la inclusión de los datos personales del deudor, como consecuencia de dicha deuda, al cumplirse los requisitos de calidad de los datos y del previo requerimiento de pago, era congruente con la finalidad de los ficheros de solvencia patrimonial y con las previsiones de otras normas jurídicas. Inexistente error patente en la valoración probatoria: se intentó la entrega de los burofaxes encontrándose el destinatario ausente de su domicilio sin que pasase a retirarlos, y no existe prueba de que la calle cambiara de nombre antes de efectuarse el requerimiento. Se reitera la jurisprudencia sobre el carácter funcional del requerimiento previo de pago: en modo alguno el recurrente puede defender el carácter sorpresivo de la inclusión de sus datos en el fichero de solvencia patrimonial cuando de forma sistemática ha incumplido con su obligación de pago con respecto a la compañía suministradora de energía eléctrica, tal y como se desprende de los hechos acreditados en la instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 2445/2022
  • Fecha: 06/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inviolabilidad del domicilio y pruebas obtenidas en la ejecución de actos de entrada y registro en procedimiento de inspección de los tributos autorizados judicialmente. Incidencia de nuevos criterios jurisprudenciales sobre la validez de las pruebas obtenidas en la diligencia de entrada y registro. Ausencia de conexión suficiente entre la lesión del derecho a la inviolabilidad del domicilio y las garantías constitucionalmente protegidas en un proceso posterior en que aportan las pruebas obtenidas. Remisión a la doctrina de la Sala.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 77/2023
  • Fecha: 29/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución del promotor de la acción disciplinaria del CGPJ que acordó archivar la diligencia informativa instruida por denuncia formulada contra un magistrado: la cuestión a resolver se debe limitar a dilucidar si se ha investigado completa y suficientemente los hechos denunciados. La Sala concluye que nada dice la recurrente, ninguna alegación, menos aún una justificación suficiente, sobre qué actuaciones o diligencias eran necesarias para completar y agotar la diligencia informativa seguida. Los hechos denunciados no resultan indicios de infracción sino la expresión de disconformidad con la actuación procesal del magistrado, lo que determina la desestimación de la demanda, por resultar jurídicamente correctos los acuerdos impugnados y el archivo ordenado de las diligencias informativas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 4536/2022
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Si la MSCT es colectiva la sentencia dictada por el Juzgado se abre a la suplicación aunque quien demanda sea una de las personas afectadas y no los sujetos colectivos. Falta de contradicción: concurre cuando las sentencias comparadas mantienen la misma línea de razonamiento o los hechos y, por tanto, las razones de decidir, son diversos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 2036/2022
  • Fecha: 25/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tratamiento en casación cuando se invoca la lesión del derecho fundamental a la presunción de inocencia cuando se recurre una sentencia dictada en apelación. Empleo de engaño, estratagema o ardid por los agentes de la policía en la investigación del delito e identificación del autor: condiciones de admisibilidad. Diferencia con la obtención de pruebas con métodos prohibidos, coercitivos o de presión. Interpretación del art. 588 ter LECrim, con la utilización de artificios técnicos, lógicamente, sin consentimiento ni advertencia al sospechoso. La cuestión restaría en el campo de lo que en derecho comparado se denomina lealtad en la obtención de pruebas, pero incluso en ese ámbito, suele admitirse el empleo de estratagemas o cierto engaño por parte de los agentes policiales, cuando tiene por finalidad exclusivamente la constatación del delito ya cometido, revelar su existencia o identificar a sus autores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 1119/2022
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La concurrencia de la intimidación aparece acreditada a través de la declaración que mantiene la propia víctima de modo estable y coherente al declarar que su padre le amenazaba con pegarle o matarla si no accedía a sus deseos. La víctima presenta un retraso mental ligero que incrementa su vulnerabilidad, colocándola muy probablemente en situación de debilidad e impotencia frente a la actitud agresiva e intimidatoria por parte del agresor, déficit mental éste que no es pensable fuera ignorado por su padre. Los hechos se repitieron con frecuencia hasta el 15 de mayo de 2018, cuando el acusado fue descubierto por su hijo. Consecuentemente se dan los requisitos del delito continuado. Los daños morales no es preciso tengan que concretarse en relación con alteraciones patológicas o psicológicas sufridas por las víctimas. El perito es un auxiliar del ejercicio de la función jurisdiccional. El juicio oral se desarrolló con toda amplitud y posibilidades de defensa como refleja su grabación y, como indica la Sala de origen, el letrado defensor conocía sobradamente el contenido del procedimiento en tanto tenía asumida la defensa desde la fase de diligencias previas. No cabe apreciar la lesión de derecho alguno cuando el recurrente tuvo ocasión de ejercer su derecho a recusar y no recusó. La imposición de la pena mínima con arreglo a la anterior regulación, con o sin motivación adicional, conlleva la revisión de la pena y su imposición en el mínimo de la ley actual más favorable.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 727/2022
  • Fecha: 16/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Orden TED/490/2022, de 31 de mayo, por la que se ejecuta la sentencia del Tribunal Supremo en relación con la declaración de lesividad para el interés público de la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución. La Sala se sirve de precedentes que se han pronunciado sobrfe las dos cuestiones planteadas en el presente recurso, ordenando al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que apruebe una nueva orden que calcule correctamente el valor de los citados parámetros y, a sus resultas, la Retribución 2016, con arreglo a la información contable resultante de las cuentas anuales del ejercicio 2014, que fueron depositadas por Hidrocantábrico Distribución Eléctrica S.A.U. en el Registro Mercantil el 17 de julio de 2020 y, por añadidura, empleando el valor del parámetro lambda que resulta de la correcta aplicación del Anexo VII de la Orden IET/2660/2015, en la redacción que le fue dada por la Orden TEC/490/2019. La valoración de los activos a 31 de diciembre de 2014 debe efectuarse de acuerdo con los ETAM consignados en las cuentas anuales de las empresas, en este caso con las cuentas reformuladas de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica de dicho año, que son las únicas existentes, sin que el criterio de la suficiencia de la retribución reconocida a partir de unos datos de unas cuentas que han perdido vigencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 1494/2022
  • Fecha: 11/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El ámbito casacional respecto de la presunción de inocencia no supone una reevaluación de la prueba, sino control, a través del juicio de revisión, de la realizada en instancias anteriores. Se acuerda que la persona que fue sorprendida portando sustancia estupefaciente a su salida, por uno de los funcionarios que efectuaba vigilancias sobre el domicilio sospechoso de la venta de sustancias estupefacientes, se constituye en testigo protegido. No se puede considerar que produce indefensión, al no conocer su identidad o no haberlo interrogado en fase de instrucción. No se aprecia la concurrencia de la atenuante de drogadicción, que se rechaza por falta de base fáctica y por falta de relación funcional con el delito.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 11066/2023
  • Fecha: 11/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delitos de asesinato, tenencia ilícita de armas y pertenencia a organización criminal. Hechos sucedidos el 25 de septiembre de 2016. Pelea de bandas en una estación de metro. Llevan la cara oculta y portan machetes. Causan la muerte de un menor y lesiones graves a otros. Recurren varios de los condenados. Se desestiman los motivos planteados por infracción de ley, que no respetan el relato de hechos probados. El resto de los motivos plantean, en general, cuestiones relativas a la prueba. Los recursos se desestiman. La prueba se ha valorado racionalmente y conforme a la jurisprudencia de la Sala. Se analiza el valor probatorio de distintas pruebas. Las declaraciones de coimputados son pruebas de cargo válidas para enervar la presunción de inocencia, pues se trata de declaraciones emitidas por quienes han tenido un conocimiento extraprocesal de los hechos imputados. Declaraciones introducidas en el plenario por vía del art. 730 de la LECrim. Requisitos para su validez. Las declaraciones ante los funcionarios policiales no tienen valor probatorio. No pueden operar como corroboración de los medios de prueba ni ser contrastadas por la vía del artículo 714 LECrim. Examen de la prueba pericial de inteligencia policial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 2987/2022
  • Fecha: 11/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La antijuricidad no arrastra a las pruebas que tienen carácter independiente y cumplen los requisitos jurisprudencialmente exigibles para desvirtuar la presunción de inocencia. El secreto supone una excepción al principio general de defensa e intervención en el sumario de toda persona desde el traslado de la imputación cuando dicho conocimiento pueda perjudicar la investigación. Para acordar el secreto de las actuaciones debe por tanto llevarse a cabo un juicio de ponderación que justifique el sacrificio del derecho de defensa ante su colisión con otros intereses igualmente dignos de protección, incluso más dignos de protección, como son los de la realización de la justicia e investigación de los delitos, finalidad de primer orden, en una sociedad democrática. No hay duda de que el acusado puede negarse a declarar en el acto del juicio oral a las preguntas de la acusación. Pero ello no implica sin más que no pueda ser valorada la declaración prestada en la instrucción de la causa, siempre que esta se haya prestado con todas las garantías. El reducido nivel mínimo de la pena de multa en el Código Penal debe quedar reservado para casos extremos de indigencia o miseria, por lo que en casos ordinarios en que no concurren dichas circunstancias extremas resulta adecuada la imposición de una cuota prudencial situada en el tramo inferior, próxima al mínimo.

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