Resumen: La cuestión suscitada consiste en determinar si es posible el reconocimiento en situación de gran invalidez cuando se padecen dolencias visuales anteriores a la afiliación a la Seguridad Social susceptibles de ser consideradas ceguera legal, y si ha existido agravación, teniendo en cuenta que con las dolencias padecidas el actor ha prestado servicios durante largos años. La Sala IV aplica la STS 16/3/20223, Rec 3980/19, que rectifica doctrina previa y que lleva a desestimar la demanda interpuesta por el trabajador. Se argumenta que la sola presencia de unas determinadas dolencias, no permite, por sí misma, reconocer que la persona que la presenta no pueda atender los actos más esenciales de la vida, y es evidente que un cuadro de padecimientos puede tener distinto alcance en los sujetos a los que afecta, atendidas a determinadas circunstancias que le puedan rodear, como es la edad, el momento en el que la dolencia se presenta, situación anterior y posterior, etc. no es aceptable que, para la GI, la enfermedad, como la que aquí se presenta, sea objetivada sin atender a la situación real del sujeto. En definitiva, no consta acreditado que en el caso concurran las exigencias para calificar las dolencias que afectan al trabajador como gran invalidez, al estar acreditado que, aunque mantuviera el nivel de ceguera indicado, podía atender los actos más esenciales de la vida. .