• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 6338/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado contra sentencia -sobre la ampliación de la prórroga forzosa del contrato para la gestión del servicio público de ayuda a domicilio- que deniega las dos pretensiones de la recurrente, tanto la correspondiente al uso de la prórroga forzosa, como la reclamada respecto el reconocimiento de la retribución del contratista, a fin de que se le retribuya el precio real del servicio durante ese periodo de prórroga forzosa. Tiene interés casacional determinar si, en un contrato de gestión del servicio público donde el pliego de cláusulas administrativas particulares contemple la prórroga forzosa para el contratista, los posibles perjuicios derivados de la prolongación obligada del contrato debe asumirlos la empresa en virtud del principio de riesgo y ventura, o deben ser compensados a tenor del principio de equilibrio económico del contrato.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 957/2023
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: IGIC. Base imponible. Concepto de prestación única compleja y prestaciones accesorias. Determinar, en relación con aquellos sujetos pasivos del IGIC cuya actividad principal consiste en la venta de vehículos, si la prestación del servicio de matriculación de los vehículos vendidos junto con aquella actividad principal debe entenderse, a efectos de determinar la base imponible del IGIC conforme el artículo 22 de la Ley 20/1991, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, como una prestación accesoria o como una prestación independiente. En caso de no resultar posible fijar una doctrina general válida aplicable a todos los supuestos, precisar qué criterios deben tenerse en consideración para discernir si la citada prestación de servicios de matriculación es o no una prestación accesoria a la venta de vehículos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 3571/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recurso contencioso-administrativo.- Autorización de entrada en domicilio.- ¿Hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente? ¿La jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria con fundamento en las pruebas obtenidas en el curso de una entrada en domicilio autorizada por resolución judicial firme? Plantea idénticas cuestiones que los RCA/2086/2022, 2444/2022, 2525/2022, 2554/2022, 2564/2022. Aunque ya se han dictado dos sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2023 (RRCA/2086/2022; ECLI:ES:TS:2023:2766 y 2525/2022; ECLI:ES:TS:2023:2742) que dan parcialmente respuesta a las cuestiones hoy suscitadas, aún pervive el interés casacional en el presente recurso, en la medida en la que la sentencia de instancia anula las pruebas obtenidas en la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido, no solamente por no haberse notificado el inicio del proc
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 3109/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Resumen: Recurso contencioso-administrativo.- Autorización de entrada en domicilio.- ¿Hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente? ¿La jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria con fundamento en las pruebas obtenidas en el curso de una entrada en domicilio autorizada por resolución judicial firme? Plantea idénticas cuestiones que los RCA/2086/2022, 2444/2022, 2525/2022, 2554/2022, 2564/2022. Además, el planteamiento de la parte recurrente ha sido acogido en dos sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2023 (RRCA/2086/2022; ECLI:ES:TS:2023:2766 y 2525/2022; ECLI:ES:TS:2023:2742).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 8352/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Identificar el ejercicio tributario al que deben imputarse los ingresos en concepto de devoluciones de impuestos que en su día se contabilizaron como gasto, bien al periodo en el que fuere satisfecho el gravamen que es objeto de ulterior devolución o, por el contrario, al periodo en que se produjo el cobro de la referida devolución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 7770/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión propone que se examine si, en una situación de pandemia declarada, las instrucciones y órdenes de servicio previstas en el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que implique la restricción de la atención hospitalaria a los pacientes geriátricos en los centros sociosanitarios, determina y fuente de exigencia de la prestación debida consistente en el uso de estos centros como espacios de uso sanitario, ya sea en régimen de consulta, o de su hospitalización, todo ello a los efectos de apreciar la inactividad prevista en el artículo 29.1. LJCA
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4041/2021
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con reproducción y remisión a la STS de 27/04/2022 (RCA 4034/2021), la Sala declara: i) partiendo de la diferencia entre el estudio económico-financiero y el informe de sostenibilidad económica, en este caso no se está ante un instrumento de ordenación urbanística, sino ante un instrumento de ordenación territorial, conceptualmente diferenciable de aquél; sin embargo, dada la naturaleza reglamentaria de los planes de ordenación territorial, en su tramitación deberá incorporarse una previsión suficiente del impacto económico que, en su caso, pudiera derivarse directamente de la aprobación de la norma reglamentaria, atendiendo al contenido material de sus determinaciones; en el caso examinado, la memoria económica incorporada debe estimarse suficiente; ii) en cuanto a los informes sobre impacto de género, familia, infancia y adolescencia, en el caso examinado no pueden calificarse de rituarios ni, por tanto, considerarse como inexistentes; y iii) el estudio de alternativas que debe contener una evaluación ambiental estratégica de un POT requiere incluir aquellas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, con el fin de prevenir los efectos adversos sobre el medio ambiente, análisis de lo cual no realiza la sentencia recurrida. En consecuencia, ordena la retroacción de actuaciones para que la Sala de instancia se pronuncie al respecto, teniendo en cuenta lo declarado por el TS y considerando también la afectación de normas autonómicas en la resolución del litigio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 2718/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: A juicio de la Sala Tercera del Tribunal Supremo presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia las dos siguientes cuestiones: 1º) que se determine si la convocatoria para votar la moción de censura constituye un acto de trámite cualificado o un mero acto de trámite no recurrible, y 2º) que se resuelva si la mayoría cualificada para proponer una moción de censura, prevista en el artículo 197.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, exige o no que se haya constituido el grupo político municipal o que de hecho haya funcionado como tal. Y ello, al apreciarse por la Sala la concurrencia de los supuestos de interés casacional individualizados en los artículos 88.2.b) y 88.3.a) de la Ley jurisdiccional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4197/2021
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con remisión, entre otras, a las SSTS de 27/04/2022 (RCA 4034/2021 y 4049/2021) y 07/06/2023 (RCA 4416/2021) sobre la misma cuestión, la Sala declara: i) partiendo de la diferencia entre el estudio económico-financiero y el informe de sostenibilidad económica, en este caso no se está ante un instrumento de planeamiento urbanístico, sino ante un instrumento de ordenación de carácter estratégico (POT), por lo que no serían exigibles; pero ello no significa prescindir de la memoria económica inherente al procedimiento de elaboración de disposiciones generales; ii) en cuanto al informe de impacto de género, su incidencia en relación con el POT es distinta a la que tiene respecto de los planes urbanísticos; en todo caso, la sentencia recurrida no ha precisado suficientemente las concretas determinaciones incluidas en el POT que incurrían en contravención de dicho informe y que determinó su pronunciamiento anulatorio; y iii) el estudio de alternativas que debe contener una evaluación ambiental estratégica de un POT requiere incluir aquellas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, con el fin de prevenir los efectos adversos sobre el medio ambiente, análisis de lo cual no realiza la sentencia recurrida. En consecuencia, se ordena la retroacción de actuaciones para que la Sala de instancia se pronuncie al respecto, teniendo en cuenta lo declarado por el TS y considerando también la afectación de normas autonómicas en la resolución del litigio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 7412/2021
  • Fecha: 19/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ley autonómica catalana 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y pobreza energética. (Artículo 9) Informe previo del ayuntamiento sobre la situación de vulnerabilidad para el corte del suministro. Presunción legal de que la falta de emisión del informe en el plazo de quince días debe entenderse como existencia de una situación de vulnerabilidad: no es un supuesto de silencio administrativo.

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