• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 2653/2023
  • Fecha: 21/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión considera que el escrito de preparación cumple los requisitos exigidos en el artículo 89.2 LJCA, entendiendo, concretamente, que la parte recurrente ha realizado en su escrito el imprescindible esfuerzo argumental, con singular referencia al caso, respecto de la concurrencia del interés casacional objetivo invocado previsto en el artículo 88.3.c) LJCA. Admite a trámite el recurso de casación, precisando que la cuestión sobre la que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en determinar el alcance del ejercicio de la potestad de planeamiento de los Ayuntamientos en orden a la regulación del uso de los establecimientos de juego en los instrumentos de ordenación urbanística municipal en atención a la competencia en materia de juegos y apuestas de las Comunidades Autónomas y, en particular, en este caso concreto, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El recurso de casación está relacionado con el RC 8754/2022, admitido por auto de 22 de febrero de 2023, y con el RC 1809/2023, admitido por auto de 22 de junio de 2023.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 1390/2023
  • Fecha: 21/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Reafirmar, complementar, matizar y, en su caso, corregir o rectificar la doctrina jurisprudencial referida a las circunstancias agravantes que, añadidas a la situación irregular del extranjero, pueden justificar la expulsión del territorio nacional. Detención policial del extranjero y posterior ingreso en prisión provisional decretado por orden judicial por imputación de un delito de agresión sexual. Precedentes jurisprudenciales: SSTS de 17 de marzo y 27 de mayo de 2021 (RC 2870/2020 y 1739/2020) -dictadas con ocasión de la STJUE de 8 de octubre de 2020 (asunto C-568/19)- y, más recientemente, SSTS de 20 de julio, 14 de septiembre y 20 de octubre de 2022 (RC 340/2021, 7218/2021 y 5793/2021) -dictadas tras la STJUE de 3 de marzo de 2022 (asunto C-409/20); singularmente la STS nº 1334/2022, de 20 de octubre (RC 5793/2021) que, a su vez, se refiere a la STS nº 1247/2022, de 5 de octubre (RC 270/2022). Relacionado con el RC 8324/2022, admitido por auto de 15 de marzo de 2023, con el RC 8639/2022, admitido por auto de 18 de mayo de 2023 y con el RC 392/2023, admitido por auto de 15 de junio de 2023 .
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 2556/2023
  • Fecha: 21/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar el alcance del ejercicio de la potestad de planeamiento de los Ayuntamientos en orden a la regulación del uso de los establecimientos de juego en los instrumentos de ordenación urbanística municipal en atención a la competencia en materia de juegos y apuestas de las Comunidades Autónomas y, en particular, en este caso concreto, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Relacionado con el RC 8754/2022, admitido por auto de 22 de febrero de 2023 y con el RC 1809/2023 admitido por auto de 22 de junio de 2023.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 3121/2023
  • Fecha: 21/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión sobre la que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en determinar si resulta imprescindible haber concurrido al procedimiento de otorgamiento de una concesión demanial para poder ostentar legitimación activa para la impugnación del resultado de dicho procedimiento de concesión; o, en caso contrario, precisar las circunstancias que deben concurrir para que un recurrente posea legitimación activa para impugnar el resultado de un procedimiento de concesión demanial. Relacionado con el recurso de casación nº 2476/2022 (auto de 14 de diciembre de 2022). Precedentes jurisprudenciales: STS de 12 de noviembre de 2012 (RC 1817/2009).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 2063/2023
  • Fecha: 21/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Determinar el alcance del ejercicio de la potestad de planeamiento de los Ayuntamientos en orden a la regulación del uso de los establecimientos de juego en los instrumentos de ordenación urbanística municipal en atención a la competencia en materia de juegos y apuestas de las Comunidades Autónomas, y en particular, en este caso concreto, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Identificar como normas que, en principio, serán objeto de interpretación, sin perjuicio de que la sentencia pudiera extenderse a otras si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso, las siguientes: el artículo 25.2 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana y el artículo 70. 27º de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4186/2021
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con remisión, entre otras, a las SSTS de 27/04/2022 (RCA 4034/2021 y 4049/2021) y 07/06/2023 (RCA 4416/2021) sobre la misma cuestión, la Sala declara: i) partiendo de la diferencia entre el estudio económico-financiero y el informe de sostenibilidad económica, en este caso no se está ante un instrumento de planeamiento urbanístico, sino ante un instrumento de ordenación de carácter estratégico (POT), por lo que no serían exigibles; pero ello no significa prescindir de la memoria económica inherente al procedimiento de elaboración de disposiciones generales; ii) en cuanto al informe de impacto de género, su incidencia en relación con el POT es distinta a la que tiene respecto de los planes urbanísticos; en todo caso, la sentencia recurrida no ha precisado suficientemente las concretas determinaciones incluidas en el POT que incurrían en contravención de dicho informe y que determinó su pronunciamiento anulatorio; y iii) el estudio de alternativas que debe contener una evaluación ambiental estratégica de un POT requiere incluir aquellas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, con el fin de prevenir los efectos adversos sobre el medio ambiente, análisis de lo cual no realiza la sentencia recurrida. En consecuencia, se ordena la retroacción de actuaciones para que la Sala de instancia se pronuncie al respecto, teniendo en cuenta lo declarado por el TS y considerando también la afectación de normas autonómicas en la resolución del litigio. 
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4184/2021
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Con remisión, entre otras, a las SSTS de 27/04/2022 (RCA 4034/2021 y 4049/2021) y 07/06/2023 (RCA 4416/2021) sobre la misma cuestión, la Sala declara: i) partiendo de la diferencia entre el estudio económico-financiero y el informe de sostenibilidad económica, en este caso no se está ante un instrumento de planeamiento urbanístico, sino ante un instrumento de ordenación de carácter estratégico (POT), por lo que no serían exigibles; pero ello no significa prescindir de la memoria económica inherente al procedimiento de elaboración de disposiciones generales; ii) en cuanto al informe de impacto de género, su incidencia en relación con el POT es distinta a la que tiene respecto de los planes urbanísticos; en todo caso, la sentencia recurrida no ha precisado suficientemente las concretas determinaciones incluidas en el POT que incurrían en contravención de dicho informe y que determinó su pronunciamiento anulatorio; y iii) el estudio de alternativas que debe contener una evaluación ambiental estratégica de un POT requiere incluir aquellas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, con el fin de prevenir los efectos adversos sobre el medio ambiente, análisis de lo cual no realiza la sentencia recurrida. En consecuencia, se ordena la retroacción de actuaciones para que la Sala de instancia se pronuncie al respecto, teniendo en cuenta lo declarado por el TS y considerando también la afectación de normas autonómicas en la resolución del litigio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 2440/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recurso contencioso-administrativo. - Autorización de entrada en domicilio. - ¿Hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente? ¿La jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria con fundamento en las pruebas obtenidas en el curso de una entrada en domicilio autorizada por resolución judicial firme?Plantea idénticas cuestiones que los RCA/2086/2022, 2444/2022, 2525/2022, 2554/2022, 2564/2022. Además, el planteamiento de la parte recurrente ha sido acogido en dos sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2023 (RRCA/2086/2022; ECLI:ES:TS:2023:2766 y 2525/2022; ECLI:ES:TS:2023:2742).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 2565/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recurso contencioso-administrativo. -Autorización de entrada en domicilio.-¿Hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente?¿La jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria con fundamento en las pruebas obtenidas en el curso de una entrada en domicilio autorizada por resolución judicial firme?Plantea idénticas cuestiones que los RCA/2086/2022, 2444/2022, 2525/2022, 2554/2022, 2564/2022.Además, el planteamiento de la parte recurrente ha sido acogido en dos sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2023 (RRCA/2086/2022; ECLI:ES:TS:2023:2766 y 2525/2022; ECLI:ES:TS:2023:2742).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 5252/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recurso contencioso-administrativo. - Autorización de entrada en domicilio.- ¿Hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente? ¿La jurisprudencia emanada del recurso de casación ostenta carácter retrospectivo sobre las liquidaciones practicadas por la Administración tributaria con fundamento en las pruebas obtenidas en el curso de una entrada en domicilio autorizada por resolución judicial firme?Plantea idénticas cuestiones que los RCA/2086/2022, 2444/2022, 2525/2022, 2554/2022, 2564/2022. Además, el planteamiento de la parte recurrente ha sido acogido en dos sentencias de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2023 (RRCA/2086/2022; ECLI:ES:TS:2023:2766 y 2525/2022; ECLI:ES:TS:2023:2742).

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