• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 30/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en la infracción de: el art. 24 CE, por vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia; el art. 25.1 CE, por vulneración del principio de legalidad, en su vertiente de tipicidad, por lo que atañe a ambas faltas graves; el derecho fundamental a la defensa y a la tramitación de un procedimiento con todas las garantías; el principio de proporcionalidad. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 32/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en la infracción de: el art. 24.2 CE, por vulneración del derecho a la presunción de inocencia; el art. 25.1 CE, en relación con los arts. 8.9 y 33 LORDGC, por vulneración del principio de legalidad. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 35/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en la infracción de:los arts. 24 y 25 CE; los arts. 8.21, 38 y 59 LORDGC. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO MARIN CASTAN
  • Nº Recurso: 36/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en los siguientes extremos: infracción del derecho a las garantías debidas y a la tutela judicial efectiva previstos en el art. 24 CE, por no haber sido estimada la recusación del instructor y el secretario del expediente administrativo; vulneración del principio de legalidad previsto en el art. 25 CE, por no ser constitutiva su conducta de la infracción apreciada. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 24/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en la infracción de: el derecho fundamental a la presunción de inocencia; el derecho a no sufrir indefensión, por vulneración del derecho de defensa efectiva y a la tramitación de un procedimiento con todas las garantías; el derecho de defensa, por nulidad de la toma de declaración; el principio de legalidad, por falta de tipicidad. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 20/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en la infracción de: el art. 25.1 CE, por vulneración del principio de legalidad sancionadora, en su vertiente de tipicidad; el art. 24.2 CE, por vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías; el art. 24.2 CE, por vulneración del derecho a la presunción de inocencia. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO MARIN CASTAN
  • Nº Recurso: 33/2020
  • Fecha: 15/09/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en los siguientes extremos: infracción del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), por estimar que la sentencia objeto de impugnación incurre en arbitrariedad y en déficit de motivación, con pareja violación del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE); lesión del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE), por inexistencia de prueba de cargo suficiente, y, subsidiariamente, por arbitraria valoración de la misma. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO PIGNATELLI MECA
  • Nº Recurso: 10/2020
  • Fecha: 07/07/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en los siguientes extremos: infracción del art. 24.2 CE, derecho fundamental a la presunción de inocencia, en relación con la tutela judicial efectiva; infracción del art. 25 CE, principio de legalidad, en su vertiente de tipicidad; infracción del art. 38, en relación con el 19, LORDGC, y el deber de motivación en relación con la tutela judicial efectiva. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 64/2019
  • Fecha: 06/07/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tipificación de la infracción que sanciona cualquier manifestación contraria a la disciplina debida en la prestación del servicio contiene cierta indeterminación, lo que impone un análisis riguroso de la conducta del sancionado para determinar, en cada caso, si las manifestaciones realizadas atentan, efectivamente, contra los valores que sustentan el propio concepto de disciplina. Las manifestaciones del encartado en el caso no pueden considerarse contrarias a la disciplina, entendida en un sentido constitucional y no meramente formal. El recurrente, en su condición de comandante de un puesto de la Guardia Civil, respondió a dos solicitudes de información realizadas por sus superiores, utilizando los cauces internos y de forma reservada. Le había sido requerida expresamente su opinión sobre las necesidades formativas en materia de seguridad ciudadana y atención al ciudadano y elaboró un informe en el que -aunque pudiera entenderse que empleaba términos rigurosos- hizo constar lo que, a su juicio, eran deficiencias formativas de los guardias a su mando, sin formular acusaciones específicas contra ninguno de ellos y limitándose a señalar cuestiones genéricas referidas al tratamiento de los detenidos. En cuanto a la solicitud de propuesta sobre temas a tratar en una futura reunión de comandantes de puesto, se limitó a dar su opinión sobre lo que debía ser objeto de tratamiento, aunque esta se refiriera a la imprecisión observada en las órdenes recibidas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ALBERTO FERNANDEZ RODERA
  • Nº Recurso: 19/2020
  • Fecha: 23/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: En su escrito de preparación, la parte recurrente considera que el interés casacional que el caso presenta se concreta en los siguientes extremos: infracción del art. 24.2 CE, derecho fundamental a la defensa y a la proposición de prueba; infracción del art. 24.2 CE, por vulneración del derecho a la presunción de inocencia; infracción del art. 25.2 CE, por vulneración del principio de legalidad, en relación con el art. 8.9 LORDGC; infracción del art. 19 LORDGC. La sala coincide con la parte recurrente en cuanto a la existencia de interés casacional objetivo -art. 90.4 LJCA, reformada por la LO 7/2015-, en los términos en que se plantea y con los necesarios ajustes normativos y jurisprudenciales, sin perjuicio de que la sentencia que llegara a dictar la sala pudiera extenderse a otras cuestiones que exigiera el debate finalmente trabado en el recurso.

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