• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 7029/2020
  • Fecha: 05/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: 1) El artículo 10.2 LGT y, en lo demás, cualquier precepto de la mencionada ley, no puede servir, por sí solo, de canon de constitucionalidad de las normas de carácter fiscal y mismo rango que la ley, sin perjuicio de que su eventual infracción pueda, al tiempo, suponer una vulneración de la Constitución. 2) La locución "salvo que se disponga lo contrario" tiene por finalidad hacer explícito un principio general jurídico proclive a la irretroactividad de las normas, salvo previsión contraria en ellas acerca de su alcance retroactivo. 3) Al margen de la cuestión acerca de si el artículo 10.2 LGT permite una interpretación excluyente de la retroactividad tácita o implícita, se trata de una cuestión ajena a los hechos considerados, toda vez que la retroactividad que deriva de la disposición transitoria vigésimo segunda, en relación con la disposición final sexta, de la Ley 26/2014, reviste los caracteres de expresa, aun cuando aflore al texto de la norma con una técnica legislativa un tanto confusa, que podría crear -en el periodo examinado- alguna duda de comprensión, sin compromiso suficiente del principio de seguridad jurídica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 8015/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre sociedades. Base imponible. Exención de rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente situado fuera del territorio español. Cálculo del rendimiento obtenido por las actividades realizadas por una sociedad en un establecimiento permanente situado en el extranjero, que se encuentra exento ex artículo 22 TRLIS. Procedencia de la aplicación de un criterio de proporcionalidad en la imputación de gastos de dirección y administración generales a tal establecimiento. Plantea idénticas cuestiones que los RCA/1474/2020, RCA/4128/2021, RCA/6532/2021 y RCA/8008/2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 6305/2021
  • Fecha: 29/06/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si en relación con la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de Clases Pasivas, prevista en el artículo 7.g) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del referido impuesto, se puede considerar cumplido el requisito exigido por esta norma a efectos de resultar beneficiario de esa exención, y que consiste en que la lesión o enfermedad de la que trae causa la pensión determine la inhabilitación por completo del perceptor de la pensión para toda profesión u oficio, cuando aquella inhabilitación no haya sido determinada en un primer momento por el órgano de jubilación sino en un momento posterior, como consecuencia del agravamiento de la patología sufrida por el pensionista y este agravamiento les haya permitido instar el incremento de la cuantía de la pensión percibida hasta el 100 por 100 de la que le hubiera correspondido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 77/2022
  • Fecha: 22/06/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Recursos financieros de las áreas metropolitanas. Recargo sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Alcance de la capacidad normativa de las áreas metropolitanas. Las cuestiones con interés casacional son: (1) Determinar si un área metropolitana puede establecer, mediante la ordenanza fiscal reguladora del recargo sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, una exención en dicho recargo para determinados sujetos pasivos que se encuentren sujetos y no exentos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. (2) Determinar si un área metropolitana puede establecer, mediante la ordenanza fiscal reguladora del recargo sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, una reducción a la cuota íntegra de dicho recargo con amparo en la previsión legal de un beneficio fiscal en el ámbito del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y, en particular, en la contenida en el artículo 74.2 del TRLHL. En caso de responder afirmativamente, determinar si la ordenanza fiscal puede excluir la aplicación de tal reducción para determinados bienes inmuebles en atención a su naturaleza.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 3468/2020
  • Fecha: 20/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Exención prevista en el artículo 7.p) LIRPF. Aplicación a las retribuciones percibidas por administradores que derivan del ejercicio de funciones ejecutivas y de gestión. Inexistencia de analogía. Interpretación de normas tributarias. Concepto de rendimiento de trabajo. En respuesta a la cuestión con interés casacional la sentencia declara que, en las circunstancias concurrentes en la presente ocasión, la exención prevista en el artículo 7.p) LIRPF sí puede aplicarse a los rendimientos percibidos por los administradores y miembros de los Consejos de Administración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 5579/2020
  • Fecha: 13/06/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Exención fiscal de los funcionarios en cuanto a sus sueldos y otros emolumentos que perciban de la OTAN: improcedente aplicación a las pensiones. Partiendo de la expresión "sueldos y otros emolumentos" contenida en el artículo XIX del Convenio sobre el Estatuto de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, de los Representantes Nacionales y del Personal Internacional, hecho en Ottawa el 20 de septiembre de 1951, las prestaciones por jubilación, percibidas de la citada Organización, por una persona física residente en España, no se encuentran exentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 8008/2021
  • Fecha: 25/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre sociedades. Base imponible. Exención de rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente situado fuera del territorio español. Cálculo del rendimiento obtenido por las actividades realizadas por una sociedad en un establecimiento permanente situado en el extranjero, que se encuentra exento ex artículo 22 TRLIS. Procedencia de la aplicación de un criterio de proporcionalidad en la imputación de gastos de dirección y administración generales a tal establecimiento. Plantea idénticas cuestiones que los RCA/1474/2020, RCA/4128/2021 y RCA/6532/2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 7060/2021
  • Fecha: 04/05/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Tasa por prestación de servicios en galerías municipales. Exención prevista para el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales en relación con las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público por los aprovechamientos inherentes a los servicios públicos de comunicaciones que exploten directamente y por todos los que inmediatamente interesen a la seguridad ciudadana o a la defensa nacional. Diferencia entre tasas por prestación de servicios públicos y por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público. Plantea idéntica cuestión que el RCA/3212/2020 y RCA/2409/2021. Además, el planteamiento de la parte recurrente (Ayuntamiento de Madrid) ha sido acogido en la sentencia de la Sección Segunda de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 16 de marzo de 2022 (RCA/3212/2020).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5472/2021
  • Fecha: 20/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuestos Especiales. Impuesto sobre Hidrocarburos. Exenciones. Determinar, a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, ECLI:EU:C:2018:168), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental". Plantea idénticas cuestiones que los RRCA/4887/2021, 7195/2021 y 7199/2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4232/2021
  • Fecha: 20/04/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuestos Especiales. Impuesto sobre Hidrocarburos. Exenciones. Determinar, a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, ECLI:EU:C:2018:168), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".

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