• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 2978/2022
  • Fecha: 13/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por un delito de violación en grado de tentativa. Presunción de inocencia. La Sala, tras exponer el control casacional sobre la presunción de inocencia, concluye que la declaración de la víctima cumple las exigencias establecidas en la jurisprudencia y constituye prueba de cargo suficiente. Individualización de la pena en supuestos de tentativa de delito. La sentencia confirma que solo procede la rebaja de la pena en un grado en atención al grado de ejecución alcanzado. LO 10/2022. Procede la aplicación retroactiva de la LO 10/2022 dado que resulta una norma penal más favorable. La horquilla punitiva establecida en la legislación vigente al tiempo de cometer los hechos oscilaba entre 3 y 6 años, dada la rebaja de la pena en un grado por la tentativa de delito. De acuerdo con la LO 10/2022, la horquilla punitiva oscila entre 2 y 4 años. En consecuencia, la Sala estima el recurso de casación e impone al condenado la pena mínima establecida en la LO 10/2022 (2 años de prisión) y la pena de inhabilitación especial para empleo relacionado con menores de edad del artículo 192.3 del Código Penal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 2049/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se avala la apreciación en el caso de la agravante de parentesco en relación con los hechos cometidos contra los suegros y que se justifica porque la relación parental tuvo incidencia en los delitos cometidos al derivar de un conflicto por la entrega de los hijos del acusado y se produjo en el domicilio de los suegros, en el que había vivido el acusado y su pareja. Asimismo, se apunta a que los agraviados eran los padres de la mujer del ofensor, quienes estaban casados, pero separados de hecho y con quien tenía un hijo en común y los hechos tuvieron lugar justamente como consecuencia de un acto de comunicación y estancia de dicho menor. En cuanto a la responsabilidad civil, el recurrente reclama la aplicación del baremo indemnizatorio, pero en delitos dolosos ajenos a la circulación de vehículos el Baremo de accidentes de tráfico solo es orientativo y debe aplicarse cuando el Tribunal señale expresamente que establece las indemnizaciones conforme al mismo. En tal caso, si su aplicación es defectuosa cabe la revisión casacional, lo que no sucede en el caso, puesto que la indemnización se fijó de acuerdo con criterios de libre y prudente arbitrio judicial. En el motivo no se justifica y ni siquiera se alega que las indemnizaciones fijadas sean desproporcionadas o que se aparten de las que se suelen fijar de ordinario por los tribunales por lo que el motivo no puede tener favorable acogida y no es función de esta Sala fijar la indemnización o corregir la establecida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 1773/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito del artículo 418 CP. El legislador ha entendido que ante la revelación de secretos o informaciones no solo debe responder el funcionario o autoridad que los divulga infringiendo su deber de confidencialidad, sino también el particular que no se limita a recibir la información, sino que la utiliza en su beneficio o en el de un tercero. En el caso analizado se condena al particular que utiliza en su propio beneficio la información reservada divulgada por funcionario (filtración de examen plantilla de respuestas en una oposición). Resulta intrascendente que el funcionario no haya sido identificado. El conocimiento anticipado del contenido del examen por la acusada quebrantó los principios de igualdad, mérito y capacidad que demandan toda prueba de acceso a un puesto público. Y con ello al interés de la Administración en servir con objetividad los intereses públicos, primando aquellos (art. 103 CE). El delito requiere un aprovechamiento de carácter económico. Así se deduce del propio término aprovechar, al que se atribuye una específica significación económica lucrativa, a lo que se une el dato de que la pena para el tipo básico sea de multa en atención al beneficio obtenido. También se aduce que no parece razonable que el funcionario que realiza una conducta análoga comprendida en el artículo 442 CP solo sea punible cuando obtenga un beneficio económico. En ese caso, no se obtiene el mismo, por lo que el delito debe considerarse intentado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 10001/2024
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso del condenado a 14 años de prisión, por un delito de asesinato por alevosía concurriendo dos circunstancias atenuantes analógicas y ninguna agravante, que solicita que se le imponga la pena correspondiente al límite mínimo del grado inferior, al amparo del art. 66.1.2 CP. La regla penológica prevista en este artículo establece que debe rebajarse la pena en en 1 o 2 grados, cuando concurran varias atenuantes, o alguna o algunas con especial cualificación, y dentro de esa reducción de grado, recorrer el ámbito de penalidad prevista para el delito, atendiendo a la entidad de las circunstancias apreciadas. Esto es lo realizado en el caso, donde el Tribunal redujo la pena en 1 grado, razonando que si bien concurren dos atenuantes, las mismas son analógicas, y las reputa de "poca entidad", por lo que, en el tramo comprendido entre los 7 años y 6 meses a 15 años de prisión, le asigna la extensión concreta de 14 años, porque la atenuante de confesión es parcial y tardía, y la relativa a la imputabilidad del acusado, se define por la sentencia como merma leve de la capacidad volitiva. El recurrente se limita a plantear la opción que le interesa desde la perspectiva del derecho de defensa, obviando que la función de individualización de la pena es judicial y corresponde al Juez de la instancia que, en el presente caso la ha desarrollado con corrección técnica y argumental que aparece en la fundamentación de la sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 4550/2023
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia reitera la doctrina fijada en la sentencia n.º 555/2024, de 4 de abril, donde resolvió que en la Carrera Fiscal no existe un derecho al abono de las diferencias retributivas cuando se produce una distribución igualitaria de asuntos entre funcionarios de distinta categoría, fundado en dos razones: por un lado, porque la 15/2003 contiene una regulación tendencialmente completa de las retribuciones de la Carrera Fiscal. Y dicha regulación legal, que tiene en cuenta la categoría a efectos de determinar la retribución correspondiente, no deja margen para modulaciones apoyadas en el principio de igual retribución a igual trabajo. Para afirmar que este último y, en definitiva, la prohibición constitucional de discriminación debe prevalecer sobre una regulación legal clara de signo contrario, habría sido necesario plantear cuestión de inconstitucionalidad contra los arts. 5 y 13, junto con el Anexo V de la Ley 15/2003; por otro lado, porque dista de ser evidente que en un cuerpo de servidores públicos estructurado como una carrera con diferentes categorías deban recibir idéntico tratamiento económico quienes se encuentran en distintos escalones de ese cursus honorum.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3572/2024
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar la naturaleza y efectos del acto administrativo que finaliza el procedimiento ordinario de inspección y acuerda la liquidación vinculada al delito de defraudación a la Hacienda Púbica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 2245/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre el condenado por vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Alega falta de prueba. Cuestiona la declaración de la víctima. Sostiene que no concurren en ella los requisitos jurisprudencialmente exigidos para actuar como prueba de cargo. El motivo se desestima. La declaración de la víctima ha sido racionalmente valorada y se encuentra ampliamente corroborada. Se insiste especialmente en que la víctima tardó mucho tiempo en denunciar. La sentencia analiza específicamente la alegación y recuerda que la tardanza en denunciar no afecta a la credibilidad, especialmente cuando la víctima es menor de edad. Recurre también la acusación particular. Interesa la apreciación de la agravación específica de "prevalimiento de superioridad", que fue suprimida por el TSJ mediante la estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por el acusado. El motivo se estima. El acusado, de 55 años, se aprovechó de las facilidades que le proporcionaba su condición de familiar de la víctima, que en el momento de los hechos contaba con tan solo 9 años.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 4806/2023
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se somete a revisión en casación el juicio de capacidad realizado en la instancia en procedimiento sujeto a la normativa anterior, que consideró idóneo acordar la incapacitación parcial y la curatela representativa de la persona discapaz, afectada de un trastorno psicótico a raíz de la muerte de sus padres. No se infringe la carga de la prueba cuando la decisión judicial se apoya en prueba practicada. En este caso, se practicaron todas las preceptivas, incluido el informe médico, que en segunda instancia se emitió sin haber actualizado la información que se tenía por la negativa de la incapaz a ser nuevamente examinada. En estos procedimientos el juez no está vinculado por la petición de parte, por lo que no hay incongruencia si se acuerda una medida no pedida. Motivación suficiente. La revisión probatoria que se plantea tiene que ver con el juicio de valoración jurídica sobre la justificación y procedencia de la constitución de una curatela. En cuanto a esto, la decisión de incapacitación total y constitución de tutela del juzgado se sustituyó en apelación por una incapacitación parcial y una curatela representativa, que sin embargo no guarda relación con las necesidades detectadas (no tiene sentido constituir una curatela que afecte a todos los actos de la vida de la persona, tanto en el ámbito personal, como patrimonial, cuando según informes médicos podía realizar las actividades básicas).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 2792/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que ratificó la condena por un delito de agresión sexual a menor de 16 años. Presunción de inocencia y derecho a un proceso con todas las garantías, La Sala confirma que se ha practicado prueba de cargo suficiente y que no se ha causado ningún tipo de indefensión porque la representación del condenado ha intervenido activamente en el desarrollo de las pruebas testificales que se practicaron en el plenario. Error en la apreciación de la pena. Se desestima porque las fotografías designadas por el recurrente no son documento a efectos casacionales. LO 10/2022. No procede rebajar la pena impuesta en sentencia por aplicación de la LO 1O/2022 dado que se trata de pena imponible y proporcional a la gravedad de los hechos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 2646/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En todos los recursos se alega vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Ámbito del recurso de casación cuando se alega vulneración del derecho de presunción de inocencia. Los motivos se desestiman. La argumentación del tribunal para afirmar la participación de los recurrentes en el hecho es razonable y aparece correctamente enervado su derecho fundamental a la presunción de inocencia. Se cuestiona también la autoría. Varios recurrentes sostienen que debieron ser considerados cómplices. La sentencia recuerda que la jurisprudencia de la Sala mantiene un criterio restrictivo respecto de las formas accesorias de participación en el delito contra la salud pública. Dar cobijo a la droga que acababa de ser desembarcada constituye una aportación esencial, que justifica la condena como autor. Se cuestiona también la consumación del delito. Se analiza la amplitud del tipo descrito en el artículo 368 del Código Penal, que condena el ciclo de la droga en todas sus facetas, empezando con los actos de cultivo y terminando con la posesión con fines de difusión. Nos encontramos ante un delito de peligro abstracto, no de resultado, lo que restringe enormemente la apreciación del delito en grado de tentativa.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.