• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 5912/2024
  • Fecha: 09/04/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, es determinar: Si el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva permite que un órgano jurisdiccional deniegue una prueba pericial judicial propuesta por la parte recurrente indicando, al confirmar en reposición su denegación, que ello es sin perjuicio de que tal prueba pueda ser acordada en una diligencia final, nunca acordada, y luego dicte sentencia en la que, pese a afirmar que lo relevante en el procedimiento es la prueba y que su carga incumbe a la parte actora, desestime la demanda sobre la base de la prueba obrante en actuaciones. Y si, en la resolución de la anterior cuestión, pudiera tener alguna incidencia la circunstancia de que la parte recurrente tuviera concedido el beneficio de justicia gratuita.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
  • Nº Recurso: 24/2024
  • Fecha: 07/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Maquinación fraudulenta: una de sus manifestaciones es aquella en que incurre quien oculta el domicilio de la persona contra la que demanda, a fin de que se le emplace o cite por edictos y se sustancie el procedimiento en rebeldía; su relación con el derecho a la tutela judicial efectiva y con el carácter subsidiario que, según la jurisprudencia constitucional, debe tener el emplazamiento o citación por edictos. Carga del demandante de promover que se intente el emplazamiento en cuantos lugares pueda hallarse al demandado, para lo que es exigible una diligencia adecuada, aunque no una diligencia extraordinaria. La maquinación fraudulenta por ocultación maliciosa del domicilio del demandando concurre no solo cuando se acredita una intención torticera, sino también cuando consta que tal ocultación, y la consiguiente indefensión del demandado, se produjo por causa imputable al demandante (ocultación inexcusable por falta de diligencia mínima) y no al demandado. Debe existir una relación de causalidad entre la actuación del demandante y la consecuencia de que el demandado no pueda ser citado o emplazado. En el caso, inexistencia de maquinación fraudulenta atendidas las circunstancias concurrentes, pues cuando se intentó la localización del demandado, este estaba internado en un centro penitenciario, sin que se haya acreditado que fuera conocido por la demandante, por lo que un hipotético emplazamiento en otro domicilio hubiera sido igualmente infructuoso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 733/2023
  • Fecha: 03/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Sentencia. Incongruencia omisiva: la sentencia de instancia incurre en incongruencia omisiva cuando, tras rechazar la pretensión principal por la que se reclamaba una incapacidad permanente total, no se pronuncia sobre la incapacidad permanente parcial que subsidiariamente también se reclamaba.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 5987/2022
  • Fecha: 03/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El derecho a una vida sexual y a una expectativa reproductiva en su caso, está vinculado a la dignidad de las personas y es también reconocible, como no podía ser de otra manera, a las personas con discapacidad. se deberá tener en cuenta las circunstancias personales del individuo, su capacidad para tomar el tipo de decisión en concreto y asegurar la prestación de apoyo para la toma de decisiones. Lo que se exige es discernir si el contacto sexual mantenido por una persona con discapacidad psíquica deriva de su propia determinación o si, por el contrario, sólo encuentra explicación en la prevalencia abusiva del acusado que, conocedor de esas limitaciones, logró hacer realidad el encuentro que le permitió satisfacer sus apetencias sexuales. La LO 10/2022 no es más favorable. Para supuestos de sucesión normativa esta Sala ha consolidado un cuerpo de doctrina según el cual el cotejo debe hacerse comparando en bloque todos los esquemas normativos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 95/2024
  • Fecha: 02/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revisión de sentencias:en este recurso se reclama la rescisión de dos sentencias, una de despido declarado improcedente y otra de responsabilidad por infracotización a efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, cuando después la empresa conoce que el trabajador solicitó la pensión de jubilación antes de que se le despidiera por inasistencia al trabajo. Se desestima el recurso por: no haber recurrido en suplicación, no se acredita el plazo de tres meses para interponer la demanda desde que conoce el documento al que se atribuye valor revisorio, el documento no es decisivo y no existió maquinación fraudulenta por parte del trabajador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 6306/2022
  • Fecha: 02/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En los fundamentos de derecho de su resolución el Tribunal recoge suficientes datos para determinar qué aspectos de los hechos probados han de ser suprimidos del relato que consignó la sentencia de instancia (al menos, la realidad de las conductas concretas que se le atribuyen al acusado y que determinaron su condena). Según hemos expresado reiteradamente, las consideraciones fácticas contenidas en la fundamentación jurídica jamás podrán tenerse en cuenta cuando operan contra reo, pero sí pueden integrar el hecho probado cuando militan en favor del reo. El derecho a la doble instancia que solo pertenece al condenado penalmente; no a las acusaciones, ni a partes pasivas civiles.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 3882/2020
  • Fecha: 01/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Sobre la no aplicación de la Ley 57/1968 a quienes compran con finalidad no residencial, es jurisprudencia constante que dicha ley no es aplicable a quienes adquieran la vivienda con finalidad no residencial, sean o no profesionales, y en cuanto a los factores o indicios que la jurisprudencia viene tomando en consideración para apreciar la existencia de finalidad inversora, se señalan: (i) el número de viviendas adquiridas de una misma promoción;(ii) que el comprador sea un promotor inmobiliario o ejerza una actividad en ese sector;(iii) el silencio de la parte compradora, al omitir en su demanda cualquier referencia al destino de las viviendas que pretendía adquirir;(iv) que frente al silencio de los compradores en su demanda y la oposición de del banco desde un principio «las alegaciones posteriores de la parte demandante fueran poco concluyentes o no determinantes para excluir la intención inversora opuesta por el banco»; y (v), que en los contratos se permitiera a los compradores designar a la persona que figuraría como compradora en la escritura pública, en suma, ceder su posición contractual a terceros antes de escriturar.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 6920/2020
  • Fecha: 01/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reclamación a la entidad bancaria de las cantidades entregadas a cuenta de una compraventa de vivienda. La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda. Recurrió la parte demandada y la sentencia de la Audiencia estimó el recurso desestimando la demanda. La demandante recurrió en casación y extraordinario por infracción procesal. La sala desestima los recursos. El extraordinario por infracción procesal al citar únicamente como infringido el art. 24 CE sin mayor concreción, no citar como infringida ninguna norma de prueba, y referirse en su desarrollo argumental a medios probatorios como la prueba documental privada y la testifical, sin valor de prueba tasada. El de casación, conforme con reiterada jurisprudencia SSTS 3/2024 , 132/2024 y 1001/2024 ,la valoración jurídica del tribunal sentenciador sobre la imposibilidad de control por Bankinter se sustenta en una base fáctica que la parte recurrente no ha sido capaz de desvirtuar mediante su recurso por infracción procesal, según la cual, no consta que al hacerse los ingresos se indicara al banco demandado el concepto correspondiente, ni que en función de las circunstancias concurrentes el banco conociera o pudiera conocer dicho concepto por otros medios. La cuenta de Bankinter destinataria de las transferencias venía siendo dedicada por la promotora a fines diversos, como pagar a sus proveedores, por lo que la referida conclusión jurídica del tribunal sentenciador es conforme con la jurisprudencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 6858/2022
  • Fecha: 28/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata de la muerte de 170 ocas por inanición y falta de cuidados, con total desprecio por la vida de éstas, pues el encargado de la explotación y de la alimentación había comunicado al acusado la falta de pienso y el estado de desnutrición de las ocas. La Sala entiende que no puede afirmarse una unidad natural de acción tal y como está descrita la omisión atribuida al recurrente. Los hechos se sucedieron en un prolongado paréntesis temporal que culminó en los tres días en los que el juicio histórico sitúa el momento de una agonía colectiva que llevó a la muerte de los animales. Fueron, pues, muchas omisiones las que seccionaron la voluntad unitaria de desatender a los animales que custodiaba y explotaba en su granja. En el presente caso, fueron 170 animales fallecidos que no pueden ser degradados a la condición de cosas no individualizables por su propia singularidad. La cosificación de los animales es contraria al estado de nuestra legislación y a los compartidos valores que forman parte ya de una normalidad sociológica que ve en todo animal un ser sintiente, merecedor del respeto exigible frente a la vida, sea o no humana.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 6356/2022
  • Fecha: 27/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La posibilidad de recurso de casación contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Responde a un esquema que permite el acceso a casación y, con él, a la función unificadora de doctrina que a esta Sala corresponde, de todos los delitos previstos en el CP con la única exclusión de los leves, salvo cuando estos se enjuician a través de los procedimientos previstos para delitos menos graves o graves. Se trata de un recurso limitado en cuanto a sus posibilidades de planteamiento a la "infracción de ley del motivo previsto en el número 1º del artículo 849", orientado a enmendar o refrendar la corrección de la subsunción jurídica, con el horizonte de homogeneizar la interpretación de la ley penal buscando la generalización, cuya admisión queda condicionada a la existencia de interés casacional. La jurisprudencia de esta Sala no exige en este tipo de delitos la exigencia de un ánimo libidinoso o lúbrico como elemento del tipo penal, siendo lo relevante que el acto sexual en sí mismo considerado constituya un acto atentatorio contra la indemnidad sexual de la víctima, objetivamente considerado, cualquiera que sea el móvil que tuviera el autor de la acción.

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