• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3001/2021
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El mero hecho de obtener el beneficio repartido, sin constar la asistencia o voto del socio, no basta a efectos de la responsabilidad, por lo general. 1) La responsabilidad establecida en el artículo 42.2.a) LGT es subjetiva, contiene un elemento tendencial y su establecimiento está sometido a la prueba por la Administración de la conducta y de la finalidad a que aspira. 2) Por regla general, no basta con un mero no hacer -no asistir a la junta, no votar o no impugnar el acuerdo social-, si la conducta merecedora de la responsabilidad solidaria es la del artículo 42.2.a) LGT y se consuma con el reparto de dividendos acordado en Junta, que comprende la mayor parte o la práctica totalidad de los activos de la sociedad. Se requiere inexcusablemente la prueba de que con tal conducta pasiva se cumplen los elementos objetivos y subjetivos del precepto. 3) No cabe considerar incurso en responsabilidad del artículo 42.2.a) LGT el verse favorecido por un acuerdo social adoptado antes del acaecimiento del devengo del impuesto de cuya exacción se trata, salvo prueba suficiente de la existencia de un fraude, maquinación o pacto que comprendiera la estrategia evasora prescindiendo de las concretas deudas tributarias a que se refiriera dicha evasión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 6043/2022
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Infracción en materia de residuos; concepto de "obligaciones" y "estipulaciones" (artículo 46 Ley 22/2011). La cuestión sobre las que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar el alcance interpretativo que debe darse a la expresión "incumplimiento de las obligaciones impuestas en las autorizaciones", prevista en el artículo 46.3.a) de la Ley 22/2011 como infracción grave, en relación con la expresión "infracción...de las estipulaciones contenidas en las autorizaciones", prevista en el artículo 46.4.c) de la misma ley como infracción leve.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 5637/2022
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Determinación de la base imponible. Conceptos retributivos incluidos o excluidos de la base imponible del Impuesto. Determinar si, en la base imponible del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica debe incluirse o excluirse conceptos como pagos por capacidad, garantía de potencia de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, complemento por energía reactiva, complemento por eficiencia y huecos de tensión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 430/2021
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala comienza por desestimar la pretensión de declaración de nulidad de la resolución sancionadora por la improcedencia de acumulación de expediente, toda vez que no se han omitido los trámites esenciales del procedimiento determinantes de su anulabilidad. En cuanto a la vulneración del principio de culpabilidad, el propio Ayuntamiento recurrente admite y acepta los hechos imputados, es decir, que se hicieron vertidos al cauce público y que esos vertidos tenían una carga contaminante que excedía del que tenía autorizado por el Organismo de Cuenca, lo que enerva la pretendida vulneración: en este sentido se pone de manifiesto que no era admisible ampliar las conexiones de vertidos a la red municipal -lo que exigía la previa autorización municipal-, sin acometer la ampliación de las instalaciones de depuración con la finalidad de mantener la carga contaminante. Precisamente, el otorgamiento de tales autorizaciones para el aumento de los vertidos justifican la proporcionalidad de la sanción impuesta por cuanto las mismas se mantuvieron con plena conciencia de la ilegalidad del vertido y la contaminación del cauce. Finalmente, se considera que no procede la reducción de la sanción por reconocimiento de los hechos imputados teniendo en cuenta el acuerdo municipal admitiendo su responsabilidad no incluye la renuncia expresa a la interposición de los recursos administrativos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 6176/2022
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Devolución de ingresos indebidos relativas a la autoliquidación y pagos fraccionados de los ejercicios 2016 a 2019. Determinación de la base imposible. Conceptos retributivos incluidos o excluidos de la base imponible del Impuesto. Precisar si, la base imponible del IVPEE, regulada en el artículo 6.1 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, viene determinada por el "importe total" que corresponda percibir al contribuyente por la producción y venta de la energía valorada al precio del mercado o si, por el contrario, deben excluirse ciertos componentes integrados en el importe total percibido por considerar que no se corresponden con la producción e incorporación a la red de energía eléctrica. Aclarar si, en el caso de los productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos, forma parte de la base imponible la "prima" o retribución específica percibida, por razón de la tecnología aplicada, denominada retribución a la inversión y la retribución a la operación. Plantea idénticas cuestiones que los RRCA/2903/2022, 5184/2022 y 6705/2022, y cuestiones relacionadas con los RRCA/1000/2022 y 2202/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 3815/2022
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión considera que el escrito de preparación presentado cumple con las exigencias del artículo 89. 2 LJCA, habiéndose fundamentado suficientemente la concurrencia de los supuestos de los apartados b) y c) del artículo 88.2. LJCA. Tiene en cuenta también un pronunciamiento precedente del Tribunal Supremo -sentencia nº 930/2021, de 28 de junio, dictada en el recurso de casación nº 1625/2020- en la que se responde una cuestión de interés casacional objetivo que guarda cierta similitud con el presente supuesto. Precisa que la cuestión sobre la que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en: determinar si la Administración competente en materia de costas puede incoar un expediente sancionador o de reposición de la legalidad conculcada sin haber previamente impugnado, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, la licencia urbanística otorgada por una Administración Local que legítima una actuación edificatoria que se entiende incumple la legislación reguladora del dominio público marítimo-terrestre. Identificar como normas que, en principio, serán objeto de interpretación las siguientes: artículos 25, 26, 119 y la disposición adicional quinta de la Ley 22/1988, de 28 Julio, de Costas; los artículos 65 y 66 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; y los artículos 137 y 140, de la Constitución Española.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 7031/2022
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisión. Precisar que las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en: a) reafirmar, complementar, matizar, y, en su caso, rectificar o corregir la jurisprudencia sobre el alcance de la omisión del informe de impacto de género en el procedimiento de elaboración de los planes urbanísticos y, en concreto, sobre si la imputación de la vulneración del principio de igualdad de género en un plan exige identificar las determinaciones del plan constitutivas de dicha contravención. b) reafirmar, complementar, matizar, y, en su caso, rectificar o corregir la jurisprudencia sobre el alcance y consecuencias de la omisión del informe sectorial de telecomunicaciones en el procedimiento de aprobación de los instrumentos de planificación urbanística que afecten al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas. Identificar como normas jurídicas que, en principio, serán objeto de interpretación, la siguientes: artículo 149.1.1ª CE, artículo 31 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, artículos 3.2 y 20.1.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (actual artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 3042/2021
  • Fecha: 14/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A efectos del sistema de fijación de cuota tributaria de los suministros comprendidos en el art. 24.1.c) TRLRHL, han de excluirse del parámetro de ingresos brutos procedentes de la facturación a que hace referencia dicho precepto, el importe de facturación por los servicios adicionales o de valor añadido como la venta e instalación de equipos ajenos a los de recepción o medición del suministro, tales como calderas, termos, equipos de aire acondicionado, climatización etc, así como su revisión, inspección, mantenimiento y reparación; servicios de gestión integral de estos equipos instalados en el domicilio o instalaciones del usuario del suministro; venta e instalación de placas fotovoltaicas; estudios de eficiencia energética; intermediación de contratos de seguros de riesgo de impagos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 4303/2021
  • Fecha: 10/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Impuesto sobre Hidrocarburos. Biogás. Interpretado a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 7 de marzo de 2018, Sala Primera, Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17, (ECLI:EU:C:2018:168), así como de las sentencias 1132/2021, de 23 de marzo de 2021 (RCA/6783/2019: ECLI:ES:TS:2021:1132) y 1285/2021, de 25 de marzo de 2021 (RCA/5322/2019: ECLI:ES:TS:2021:1285) de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el biogás utilizado para producir electricidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 5441/2021
  • Fecha: 10/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procedimiento de inspección la Administración que regulariza la situación tributaria de quien se dedujo las cuotas de IVA que le fueron indebidamente repercutidas. Principio de regularización íntegra. Deber de la administración de analizar también la concurrencia de los requisitos necesarios para, en su caso, declarar su derecho a la devolución de las cuotas que indebidamente soportó.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.