• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 5681/2022
  • Fecha: 22/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Discernir, interpretando el artículo 4.b), párrafo tercero del Decreto 137/1960, si la circunstancia de que sea la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y no el Estado la que liquide la tasa por dirección e inspección de obras en el ámbito ferroviario, es óbice para la adecuada determinación de la base imponible del citado gravamen, considerando el obligado tributario que únicamente debe ser computado el importe de las certificaciones que hayan sido abonadas con cargo a aportaciones/fondos provenientes del Estado, tal y como de manera literal y sin margen para la analogía puede leerse en el citado artículo 4.b), párrafo tercero del Decreto o, por el contrario, y como sostiene la Administración, debe entenderse que el Estado y la entidad pública Adif resultan indistinguibles, debiendo interpretarse el sintagma "las certificaciones que se cubran con aportación del Estado" atendiendo a la configuración de aquel en el momento en que se dictó esa norma y, por ende, asimilando fondos del Estado con fondos públicos, pudiéndose incluir en los mismos los procedentes de un organismo del propio Estado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 8754/2022
  • Fecha: 22/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sección de Admisión considera que el escrito de preparación cumple los requisitos establecidos en el artículo 89 LJCA, entendiendo realizado el imprescindible esfuerzo argumental, con singular referencia al caso, respecto de la concurrencia del interés casacional objetivo invocado en cuanto a la cuestión controvertida, habiéndose constatado, además, la inexistencia de jurisprudencia sobre dicha cuestión, por lo que aprecia la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala al respecto. Admite a trámite el recurso de casación, precisando que la cuestión sobre la que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en determinar si resulta ajustado a Derecho que el ejercicio de la potestad de planeamiento de los Ayuntamientos en los instrumentos de ordenación urbanística municipal referida a la regulación del uso de los locales de juego y apuestas incida -y, en su caso, en qué medida- en los ámbitos de libertad de empresa y libre prestación de servicios correspondientes a los titulares de aquellos establecimientos. Las normas que, en principio, serán objeto de interpretación son los artículos: 48 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; 38 de la Constitución; 25.2 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre; 5 y 17.4 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre; y 2.2. h) de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 3892/2022
  • Fecha: 22/02/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: 1. Reforzar, completar o matizar la jurisprudencia de esta Sala, determinando si, de conformidad con el artículo 99.5 LIRPF, un contribuyente del IRPF que percibe unos ingresos de una persona o entidad que está obligada a practicar la correspondiente retención y el ingreso en la Hacienda Pública, puede deducirse las cantidades que debieron ser retenidas e ingresadas cuando, no habiéndose acreditado la práctica de la retención o el ingreso, el perceptor de la renta no es socio de la entidad pagadora ni forma parte del órgano de administración de la entidad retenedora. 2. Discernir si cabe apreciar la participación del sujeto pasivo en la ausencia de retención por parte del pagador obligado a retener, impidiendo la posibilidad de deducir dicha retención en virtud del artículo 99.5 LIRPF, cuando no existiendo vinculación entre el retenido y la entidad pagadora, la Inspección invoca el artículo 13 LGT para calificar la renta percibida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 3841/2021
  • Fecha: 22/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la Comunidad de Aragón contra sentencia que reconoció como situación jurídica individualizada el derecho de los actores a ser indemnizadas en el importe que corresponde como indemnización por despido improcedente regulado computando como años trabajados los que estuvieron contratadas como empleadas temporales. El TS casa la sentencia, siguiendo doctrina de la Sala, mantiene el pronunciamiento de la sentencia recurrida acerca de que la situación de los demandantes en instancia constituyó un abuso en los términos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, pero revoca la fijación de una indemnización por cese al no estar prevista en la fecha en que tuvieron lugar los ceses, ni haberse acreditado unos perjuicios que la justifiquen. En consecuencia, procede la estimación parcial del recurso de casación anulando en parte la sentencia de apelación en lo que se refiere a la fijación de una indemnización. La respuesta a la cuestión de interés casacional es que a la vista de lo acreditado sí ha existido abuso en la contratación en los términos de la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre el trabajo de duración determinada, en el caso de sucesivos nombramientos de personal estatutario temporal, pero no hay derecho a la indemnización de 33 días por año de servicio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 4551/2021
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función Pública. Acceso a la escala de cabos de la Guardia Civil. Causas de exclusión y su aplicación de modo automático como causas de inhabilitación para el desempeño de funciones de guardia civil. Cuestión resuelta por SSTS 24 de octubre y 21 de diciembre de 2022 , en el sentido de que las causas de exclusión previstas en la Orden PCI 155/2019, de 19 de febrero, que aprueba las normas por las que han de regirse los procesos de selección para ingreso en los centros docentes de formación para incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, no se han de aplicar de forma automática, sino que han de interpretarse a partir del principio de proporcionalidad, a fin de valorar si inhabilitan para el ejercicio de las funciones de Guardia Civil.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 579/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso. La memoria de análisis de impacto normativo (MAIN) relativa a la disposición impugnada ha justificado suficientemente que concurren tres de las circunstancias que de conformidad con el art. 26.2 de la Ley del Gobierno permiten prescindir del trámite de consulta pública, y, en concreto, que la norma impugnada carece de impacto significativo en la actividad económica, que no impone obligaciones relevantes a los destinatarios y que, además, regula aspectos parciales de una materia ya que, la modificación que la nueva norma introduce en el Reglamento Penitenciario no crea ningún derecho, sino que se limita a dar rango normativo a lo que ya era una práctica habitual en los centros penitenciarios, práctica que se intensificó durante la pandemia, consistente en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información tanto en el ejercicio de sus derechos preexistentes por los internos como en su acceso a las prestaciones y servicios propios del tratamiento penitenciario. Y en cuanto al trámite de audiencia pública, se encuentra debidamente acreditado el cumplimiento de este trámite, por las certificaciones obrantes en autos en las que se refleja que este trámite fue sustanciado en el portal web del Ministerio entre los días 29 de marzo y 21 de abril de 2021, sin que durante el periodo mencionado se hubiera recibido ninguna aportación al respecto (por tanto, tampoco de la parte aquí demandante).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 146/2022
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función pública. Fuerza mayor y demora en la realización de un ejercicio de las pruebas selectivas de acceso a la función pública. Las medidas adoptadas por el Tribunal Calificador, fundamentalmente el aplazamiento del segundo ejercicio, para evitar las consecuencias derivadas de la fuerza mayor, tenían cobertura general en las bases de la convocatoria, apartado 7.3, y no lesionan el derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargo públicos del artículo 23.2 de la CE, toda vez que respetó la proporcionalidad en la determinación de los efectos derivados del cierre de aeropuertos y de la cancelación de vuelos por el fenómeno atmosférico citado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 4507/2021
  • Fecha: 21/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se confirma una sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha a la vista de que el personal estatutario interino de los Servicios de Salud -como, en general, acontece con todo funcionario interino- está vinculado a la Administración de forma temporal y la causa de su nombramiento no es otra sino el desempeño provisional -interino- de ese concreto puesto en tanto esté vacante y sea necesario atenderlo. Y por esa razón la libre designación constituye una forma de provisión de destinos entre los empleados públicos que son funcionarios de carrera -en este caso, personal estatutario fijo-. Finalmente, señala la Sala Tercera que, en lo relativo al régimen y configuración de las plantillas orgánicas, tratándose de las Jefaturas de Grupo de la Gerencia de Asistencia Integrada de Cuenca, lo determinante no es el cometido que asuma el titular, sino cómo se proveen tales Jefaturas. Que es mediante libre designación no se discute.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 5666/2021
  • Fecha: 20/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reiteración de la doctrina de la Sala: el concepto "producción en barras de central" previsto en el artículo 4.2 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, debe ser interpretado como producción neta de energía que se incorpora a la red, de forma que el hecho imponible del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica debe también entenderse producido en aquellos supuestos en los que el sujeto pasivo, dada la naturaleza del proceso de generación de energía eléctrica que realiza, no precisa el empleo de alternador ni éste resulta compatible con tal proceso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 1965/2021
  • Fecha: 17/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La administración tributaria no puede girar la liquidación directamente al contribuyente, como sujeto pasivo de la obligación tributaria, en lugar de al sustituto del contribuyente, en aquellos impuestos en los que por imposición de la ley y en lugar del contribuyente es el sustituto del contribuyente quien resulta obligado a cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma.

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