• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3115/2022
  • Fecha: 04/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si la actividad administrativa del Servicio Público de Empleo Estatal, prevista en el artículo 17.3 y 4 del R.D. 395/2007 de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo (actual artículo 18 del R.D. 694/2017, de 3 de julio , por el que se desarrolla la Ley 3/2015, de 9 de septiembre, que regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral), resulta susceptible de impugnación contenciosa-administrativa, cuando la empresa manifiesta su oposición al Servicio Público de Empleo Estatal, mediante escrito al que une el justificante de pago de las cantidades "ad cautelam".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 2357/2022
  • Fecha: 03/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Convenios educativos suscritos por la Junta de Andalucía de forma individual únicamente con centros que las escuelas infantiles que lo solicitaron. Innecesariedad de concretar la fecha de inicio del cómputo de la prescripción cuando para la Sala el plazo ha sido superado. Falta de trascendencia de las actuaciones realizadas por una entidad asociativa respecto de "no miembros" de la misma. Falta de eficacia interruptiva de la prescripción del acto de reclamación extrajudicial de la Federación y la sustanciación del proceso ordinario ante el Tribunal Superior de Andalucía y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Por regla general, la acción emprendida por una entidad asociativa únicamente interrumpe el plazo prescriptivo respecto de sus asociados, cuyos exclusivos intereses profesionales y económicos representa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 2257/2022
  • Fecha: 03/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Jurisprudencia sobre representación institucional de los sujetos colectivos. La recurrente es una federación de asociaciones de escuelas infantiles que defiende y representa los intereses económicos y profesionales de los centros de educación infantil a ella asociados. Innecesariedad de concretar la fecha de inicio del cómputo de la prescripción cuando para la Sala el plazo había sido superado, dado el origen de la deuda y la fecha de la reclamación formulada ante la Administración por la propia interesada. Falta de eficacia interruptiva de la prescripción del acto de reclamación extrajudicial de la Federación y la sustanciación del proceso ordinario ante el Tribunal Superior de Andalucía y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.Limitación de la función de defensa y promoción de los intereses económicos que les son propios atribuida a las organizaciones empresariales, en este caso la Federación de Asociaciones de Educación Infantil-Coordinadora de Escuelas Infantiles de Andalucía: alcanza solamente respecto de las asociaciones y organizaciones integradas en la Federación. Determinación del hecho de que, por regla general, la acción emprendida por una entidad asociativa únicamente interrumpe el plazo prescriptivo respecto de sus asociados, cuyos exclusivos intereses profesionales y económicos representa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 787/2021
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se sigue la jurisprudencia del TJUE. Se determina la posibilidad de que las empresas que reciban fondos públicos participen en procesos de licitación para la adjudicación de contratos públicos en concurrencia con otras entidades privadas sin que ello lesione, en principio, la libre competencia. Solamente procede la exclusión de una entidad que recibe financiación pública si realiza una oferta anormalmente baja debido a la obtención de ayuda estatal o por recepción de subvenciones o ayudas no conformes a derecho. Determinación de la relevancia del hecho de que la empresa mantenga separada la contabilidad de sus actividades realizadas como operador económico en el mercado privado y la del resto de sus actividades a efectos de descartar la existencia de ayudas que desvirtúen la competencia. Habilitación del Instituto Cartográfico de Cataluña, en su condición de operador económico, para actuar fuera de Cataluña.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 7765/2022
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar si los informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, emitidos en las derivaciones de responsabilidad en el ámbito de la Seguridad Social en virtud del artículo 33.2 de la Ley General de la Seguridad Social, se encuadran en las actuaciones previas, con anterioridad al inicio del procedimiento de recaudación, en atención al artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que computen a efectos de caducidad de la actuación inspectora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3003/2023
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste: 1) en determinar si la visita de inspección por la Tesorería General de la Seguridad Social es el dies a quo del procedimiento, a efectos de computar los nueve meses del artículo 21 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección; 2)delimitar los supuestos en los que las omisiones e inexactitudes constatadas en las declaraciones del beneficiario permiten la revisión de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 3017/2021
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en proceso selectivo para ingreso por acceso libre, como personal laboral fijo, en la categoría de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes en el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y sus Organismos Autónomos. El TS declara como doctrina que la previsión del artículo 12.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, es aplicable para el acceso a la función pública sin excepción y, por tanto, para la adquisición de la condición de personal laboral fijo, como modalidad del concepto de empleado público del artículo 8 del citado texto legal, sin que ello represente discriminación injustificada para el personal eventual, que no accedió a esa clase de empleado público con observancia de los principio de igualdad, mérito y capacidad que regulan los artículo 23.2 y 103.3 de la Constitución Española
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 2889/2022
  • Fecha: 02/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si en un contrato SARA de seguridad la adjudicataria puede subcontratar servicios de seguridad a una empresa habilitada cuando la adjudicataria carece de la habilitación legal necesaria para efectuar una de las prestaciones objeto del contrato.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 524/2021
  • Fecha: 29/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de casación señalando que la acción de resarcimiento o restitución, basada en el principio general del Derecho Administrativo que prohíbe el enriquecimiento injusto o sin causa, no resulta directamente aplicable a aquellos supuestos en que la Administración concedente de un servicio público exige a la empresa concesionaria el reintegro de aquellas cuantías que fueron previamente satisfechas en concepto de compensación por el incremento de los costes de los carburantes, con base en las cláusulas del propio titulo concesional, como consecuencia de soportar el gravamen del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, cuyo establecimiento fue ulteriormente declarado incompatible con el Derecho de la Unión Europea en sentencia de 27 de febrero de 2014, invocado como fuente de la obligación de restituir la presunción consistente en la mera posibilidad de carácter aleatorio de que la concesionaria podría instar el procedimiento tributario de devolución de ingresos indebidos incoado frente a la Hacienda Pública, o ejercitar la acción indemnizatoria de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, si no se acredita el presupuesto de la existencia de aumento patrimonial o la transferencia o desplazamiento del valor patrimonial en favor del presuntamente enriquecido sin justo título.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 1935/2022
  • Fecha: 29/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto sobre abono de las cantidades correspondientes a los servicios prestados en el mes de agosto y diferencias de comedor de las Escuelas Infantiles fijada en el auto de admisión en el sentido de determinar si, en la reclamación del abono por la Administración de dichas cantidades por los servicios prestados por los centros de educación infantil, en la determinación inicial del plazo prescriptivo, es preciso que resulte acreditada la fecha de la notificación del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación o si por el contrario el díes a quo se sitúa en la fecha en la que concluyó el servicio o la prestación, o en otra fecha, y si la acción emprendida por una entidad interrumpe el plazo prescriptivo para el caso de considerarse que ostenta representación institucional de los sujetos colectivos. No obstante, las circunstancias que concurren en el presente recurso no requieren un pronunciamiento de la Sala que concrete el comienzo del plazo de prescripción en los términos que plantea el auto de admisión, pues no alteraría el contenido de esta sentencia al ser notorio el transcurso del plazo. Sobre la segunda cuestión interpretativa declara la Sala que, por regla general, la acción emprendida por una entidad asociativa únicamente interrumpe el plazo prescriptivo respecto de sus asociados, cuyos exclusivos intereses profesionales y económicos representa.

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