• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 411/2021
  • Fecha: 02/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La respuesta que debemos dar la a cuestión planteada es que nuestra jurisprudencia, fijada en las sentencias de esta Sala Tercera del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014 (rec. 2362/2013), de 19 de febrero de 2019, rec. 128/2016, de 5 de marzo de 2019, rec. 1431/2017 y de 2 de abril de 2019, rec. 2154/2017), no resulta trasladable a supuestos en los que los terrenos están clasificados catastralmente como urbanos, aunque estén ubicados en ámbito espacial sectorizado con ordenación pormenorizada cuya programación no se ha desarrollado por encontrase suspendida sine die, manteniéndose la existencia de un Agente Urbanizador y en los que no existe una declaración de caducidad que finalice el procedimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4789/2022
  • Fecha: 30/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto de admisión. Si: 1. Es necesario que el demandado en la primera instancia, que ha obtenido una sentencia favorable a sus pretensiones al desestimarse íntegramente el recurso contencioso-administrativo, se adhiera al recurso de apelación interpuesto por el demandante, en el supuesto de existir motivos de oposición a la demanda no atendidos en la sentencia recurrida, para que esos motivos puedan y deban ser examinados en la sentencia que estime el recurso de apelación. 2. Es admisible la aportación, en sede de recurso de apelación, de una sentencia anulatoria de un Plan General notificada con posterioridad a la sentencia dictada en primera instancia, siempre que esta pudiera resultar condicionante o decisiva para resolver el recurso de apelación, con el alcance que se derive de su aplicación al caso. 3. En caso de respuesta afirmativa a esta cuestión, si resulta viable, conforme a los principios de proporcionalidad e igualdad, atemperar los efectos de la declaración de nulidad de un instrumento de planeamiento por vicios procedimentales sin incidencia directa en la ordenación de un determinado sector respecto a una licencia urbanística, otorgada conforme al referido planeamiento, que es impugnada en otro proceso distinto y cuya adecuación al plan ha sido confirmada por sentencia judicial que se recurre en apelación. Normas jurídicas a interpretar: 85.4 LJCA, en conexión con el art. 461 LEC, y el art. 271.2 LEC, en relación con el art. 56 LJCA.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 7669/2021
  • Fecha: 30/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. ¿La inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021, obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones que no sean firmes y consentidas, y, al reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que no hayan sido decididas definitivamente, sin entrar a valorar la existencia o no en cada caso de una situación inexpresiva de capacidad económica?
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 4239/2021
  • Fecha: 30/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. ¿La inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021, obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones que no sean firmes y consentidas y al reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que no hayan sido decididas definitivamente, sin entrar a valorar la existencia o no en cada caso de una situación inexpresiva de capacidad económica?
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 7929/2021
  • Fecha: 23/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Nulidad de instrumentos de planeamiento (planes urbanísticos) y su incidencia en otros procesos relacionados (impugnación de un convenio urbanístico). La sentencia responde a dos cuestiones de interés casacional objetivo vinculadas. En primer lugar, determina que la firmeza de la declaración de nulidad de un plan urbanístico incide en la posible impugnación judicial (apelación en el supuesto enjuiciado) de un convenio urbanístico de gestión y ejecución de dicho plan, implicando la pérdida sobrevenida de objeto. Y, en segundo lugar, en interpretación del art. 33.2 LJCA, considera que, aunque el trámite previsto en dicho precepto de ofrecimiento a las partes de la posibilidad de alegar sobre una cuestión crucial para la resolución del recurso no pueda entenderse como estrictamente obligatorio en el supuesto enjuiciado (en apelación), ello no significa que resulte prohibido o sea perjudicial para las partes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 5113/2022
  • Fecha: 23/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar la eventual incidencia que pueda tener la situación en que se encuentre el suelo (suelo urbanizado) afectado por un instrumento de planeamiento urbanístico cuando no coincide, como consecuencia de la anulación jurisdiccional de previos instrumentos, con la clasificación vigente del mismo (suelo no urbanizable) en la determinación de la modalidad de evaluación ambiental estratégica exigible -ordinaria o simplificada- para la aprobación de dicho instrumentode planeamiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 8522/2021
  • Fecha: 23/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Determinar si, la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021, obliga en todo caso a la anulación de los requerimientos de pago de las liquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, al dejar un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la recaudación del impuesto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 8477/2021
  • Fecha: 23/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. ¿La inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre de 2021, obliga en todo caso a la anulación de las liquidaciones que no sean firmes y consentida, y, al reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos en las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones por el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que no hayan sido decididas definitivamente, sin entrar a valorar la existencia o no en cada caso de una situación inexpresiva de capacidad económica?
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MARIA DIAZ FRAILE
  • Nº Recurso: 3733/2020
  • Fecha: 22/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción resolutoria de compraventa por frustración del contrato, dada la inviabilidad de la ejecución de los proyectos inmobiliarios previstos, y reconvención de la parte vendedora exigiendo el pago del resto del precio. La demanda fue desestimada en primera instancia por falta de frustración de la causa ya que no se pactó condición resolutoria expresa y que la compradora se aquietó a la resolución del convenio urbanístico por parte del ayuntamiento. Es improcedente cuestionar la valoración de la prueba invocando falta de motivación de la sentencia. Las consecuencias resolutorias de la frustración causal de la compraventa por la inviabilidad de la finalidad pretendida de la ejecución de los proyectos inmobiliarios, conforme al destino urbanístico previsto para la finca: jurisprudencia aplicable. El caso de los contratos conexos con posteriores desarrollos urbanísticos. Doctrina sobre la resolución en caso de aliud pro alio en supuestos de incumplimiento por imposibilidad sobrevenida a consecuencia de la denegación de las necesarias licencias administrativas u otros impedimentos urbanísticos. La interpretación del contrato y su causalización en atención al destino urbanístico de la finca. Imposibilidad sobrevenida que ha de considerarse definitiva tras más de quince años desde la firma del contrato y más de once desde la resolución del convenio urbanístico, sin que conste la existencia de previsión alguna sobre la reactivación de la tramitación del PGOU según lo convenido
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 2312/2021
  • Fecha: 17/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Constatar esas condiciones de ejecución que sugiere la parte recurrente o, en fin, el planteamiento del abogado del Estado, que afirma que el instrumento urbanístico que se precisaría para que el suelo dejara de ser urbano no consolidado no puede equipararse a los instrumentos urbanísticos necesarios para el desarrollo del suelo urbanizable, reclamarían un análisis de la prueba y de la norma autonómica (legislación urbanística de Andalucía) que, recordémoslo de nuevo, no cabe acometer por este Tribunal de casación.

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