• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 582/2022
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión solventada confirma la jurisprudencia existente desde la STS de 30 de noviembre de 2021, por la que se resolvía que un deber de la Administración de indemnizar, habría de tener alguna clase de cobertura en el ordenamiento interno del Estado miembro, dado que no surge de manera forzosa y directa del Acuerdo Marco, y añade que quien habiéndose hallado en una situación de interinidad objetivamente abusiva puede, por las vías ordinarias de la responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamar una indemnización por los daños y perjuicios que aquel hecho le haya producido, como así se había ya declarado en las SSTS de 26 de septiembre de 2018. Y por último, señala que no hay un derecho, que además opere de forma automática, permitiendo al funcionario interino mantenerse indefinidamente en la función pública, cuando la Administración en un intento, precisamente, de reducir la temporalidad en el empleo público para evitar el abuso que podría comportar su duración, aplica el TREBEP, incluyendo las plazas, con los criterios legalmente establecidos, en la oferta pública de empleo, que es el escalón previo para que puedan ser cubiertas por funcionarios de carrera, a cuyos procesos selectivos, que han de garantizar, la igualdad, el mérito y la capacidad ( artículo 14, 23.2 y 103.3 de la CE, pueden presentarse los funcionarios interinos. En suma, las medidas que reducen la temporalidad no pueden vulnerar la Directiva 1999/70/CE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 8372/2021
  • Fecha: 19/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala Tercera anula una sentencia del TSJ de Cataluña y considera que el hecho de que haya habido una situación objetivamente abusiva no implica, automáticamente, que el funcionario interino cesado haya sufrido un daño efectivo e identificado, luego no cabe reconocer un derecho a indemnización por esa sola circunstancia. Asimismo sostiene que sí cabrá reclamar por aquellos daños materiales o morales, por una disminución patrimonial o una pérdida de oportunidad que el empleado público interino no tuviera el deber jurídico de soportar, pero para ello el interesado deberá presentar una reclamación por daños efectivos e identificados con arreglo a las normas generales en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración y, por supuesto, acreditar tales daños.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 695/2022
  • Fecha: 20/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función pública. Oferta de empleo público. Proceso de estabilización de empleados públicos interinos. Aplicación de la Ley 20/2021 a las plazas de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 687/2022
  • Fecha: 17/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso contencioso administrativo interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, contra el Real Decreto -RD- 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022. El Consejo recurrente sostiene que el RD impugnado ha omitido el número total de plazas reservadas a la Escala de funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en las que se están ejerciendo las funciones mediante nombramiento de personal interino, pero el TS llega a una conclusión desestimatoria por ser la única que resulta compatible con la jurisprudencia, que conoce la parte recurrente. El Real Decreto 128/2018, de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, desarrolla su régimen jurídico conforme al art. 92 bis de la Ley 7/1985, y el TREBEP. Ni la confluencia de distintas Administraciones publicas territoriales en esta materia, ni los límites de las respectivas leyes de presupuestos, en aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera, ni la aplicación de la Ley 20/2021, que pretende fijar su incidencia por debajo del ocho por ciento, permiten imponer la obligación absoluta de incluir todas y cada una de las plazas que no estén cubiertas por funcionarios de carrera en la oferta de empleo público.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 137/2021
  • Fecha: 13/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función pública. Abuso en la contratación temporal. Derecho a igualdad de trato respecto del personal fijo con relación a las condiciones de trabajo relativas a retribuciones, régimen de seguridad social, premisos, vacaciones y carrera horizontal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 641/2021
  • Fecha: 12/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conforme a varios precedentes jurisprudenciales, se estima el recurso y se revoca la sentencia de instancia, al entender el Tribunal Supremo que la solución jurídica al abuso apreciado en los nombramientos no es la conversión del personal estatutario temporal de carácter eventual en personal indefinido asimilado a interino, sino la subsistencia y continuación de tal relación de empleo, con todos los derechos profesionales y económicos inherentes a ella, hasta que la Administración sanitaria (en este caso el SERGAS) cumpla en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico, y, en concreto, luego que se provea la plaza estructural por los procedimientos legalmente establecidos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 2624/2020
  • Fecha: 12/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función Pública. Abuso del empleo público. Cláusula 5 del Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999): la utilización objetivamente abusiva por la Administración de la interinidad no da automáticamente derecho a indemnización, ni produce la conversión en fijos indefinidos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CELSA PICO LORENZO
  • Nº Recurso: 1462/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función Pública. Personal estatutario temporal. Nombramiento en vacante de larga duración. Situación de abuso del empleo público de duración determinada. No genera derecho a la situación de indefinido. Necesidad de daño efectivo e individualizado para generar un supuesto indemnizatorio. Posibilidad de presentación de reclamación de responsabilidad patrimonial por daños que deberá acreditarse.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 6717/2020
  • Fecha: 05/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TS confirma que una relación estatutaria de servicio de carácter no fijo que se prolonga ininterrumpidamente durante más de diez años sin que la Administración haya mostrado que estuviera destinada a algo distinto que cubrir una necesidad permanente constituye una utilización objetivamente abusiva del trabajo de duración determinada, a efectos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, y las consecuencias jurídicas de una situación contraria a la cláusula 5 del Acuerdo Marco son las expuestas en las sentencias de esta Sala n.º 1425/2018 y n.º 1426/2018, de 26 de septiembre de 2018, a saber: el derecho a la subsistencia de la relación de empleo -con los correspondientes derechos profesionales y económicos- hasta que la Administración cumpla debidamente lo dispuesto por el art. 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y el derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración con arreglo a las normas generales de ésta, y finaliza recordando, que ni la la cláusula 5 del Acuerdo Marco ni la legislación española prevén que la persona que se halla en una situación de utilización objetivamente abusiva del trabajo de duración determinada tenga derecho a la transformación en fija de su relación estatutaria de servicio de carácter no fijo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 2456/2020
  • Fecha: 05/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TS confirma que una relación estatutaria de servicio de carácter no fijo que se prolonga ininterrumpidamente durante más de diez años sin que la Administración haya mostrado que estuviera destinada a algo distinto que cubrir una necesidad permanente constituye una utilización objetivamente abusiva del trabajo de duración determinada, a efectos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, y las consecuencias jurídicas de una situación contraria a la cláusula 5 del Acuerdo Marco son las expuestas en las sentencias de esta Sala n.º 1425/2018 y n.º 1426/2018, de 26 de septiembre de 2018, a saber: el derecho a la subsistencia de la relación de empleo -con los correspondientes derechos profesionales y económicos- hasta que la Administración cumpla debidamente lo dispuesto por el art. 10.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y el derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración con arreglo a las normas generales de ésta, y finaliza recordando, que ni la la cláusula 5 del Acuerdo Marco ni la legislación española prevén que la persona que se halla en una situación de utilización objetivamente abusiva del trabajo de duración determinada tenga derecho a la transformación en fija de su relación estatutaria de servicio de carácter no fijo.

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