• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 1356/2023
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Costas. La Consejería de Igualdad, Políticas sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía interpone recurso de casación para la unificación de la doctrina para impugnar la imposición de la condena en costas por la Sala de suplicación en un proceso de seguridad social. Se reitera la doctrina de la STS 20.04.2018, rec. 56/2017, cuya doctrina aplica y reitera señalando que las entidades públicas de derecho privado y demás organismos administrativos creados por las Comunidades Autónomas para cumplir con las obligaciones que su pertenencia al servicio nacional de salud les impone en orden al deber de prestar asistencia sanitaria y gestionar las prestaciones no contributivas, no tienen la condición de entidades gestoras, aunque su marco competencial coincida con la de las entidades estatales que antes las tenían atribuidas. En consecuencia, tampoco tienen reconocido el beneficio de justicia gratuita y es procedente la imposición de costas a la recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 2369/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Costas:el presente recurso de casación para la unificación de doctrina se centra en determinar si procede, o no, la imposición de costas por el criterio del vencimiento a la parte demandada, en un proceso de seguridad social en el que el actor impugna la Resolución de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía que reconoce al actor un grado de discapacidad del 24%. Se confirma la sentencia de suplicación que imponía a la Conserjería el pago de los honorarios del letrado impugnante, en cuantía de seiscientos euros (600 €) más el IVA correspondiente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 3474/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se dilucida en la sentencia anotada consiste en determinar si procede la imposición de costas -honorarios de Letrado- en el proceso ejecutivo que deriva de una sentencia firme que condenó al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por cesión ilegal y declaró el derecho de la actora a adquirir la condición de indefinida no fija en el mencionado Servicio. Pero, el TS no entra en el fondo del asunto al no concurrir la necesaria contradicción entre las sentencias enfrentadas dentro del recurso. En efecto, aunque existen grandes similitudes entre las sentencias comparadas, resulta que, en la recurrida, la solicitud de tasación de costas con acompañamiento de la minuta de letrado se produce cuando ya el Juzgado había dictado auto de archivo de la ejecución que no fue recurrido por ninguna de las partes y que devino firme. Esta circunstancia fáctica resulta inédita en la sentencia de contraste en la que la solicitud de tasación de costas se produce sin que la ejecución hubiera sido archivada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 1858/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El jubilado desde 2016 es padre de 3 hijos, en enero de 2021 solicitó complemento de maternidad por aportación demográfica, el INSS desestimó. El JS desestimó lesión de derecho fundamental a la igualdad en su vertiente de no ser discriminado por razón de sexo, el TSJ revocó apreció la vulneración y condenó a indemnización de 530 € por daños y perjuicios, siendo 230€ por gastos procesales. En cud el INSS cuestiona el derecho al percibo de la indemnización por daños y perjuicios por la denegación del INSS del complemento una vez que la STJUE 12/12/19 ya había establecido que la denegación al varón del complemento de maternidad del art. 60 LGSS era discriminatoria por razón de sexo, la normativa contraria al derecho de la Unión y si en la indemnización han de incluir los honorarios derivados de la asistencia letrada del reclamante. La Sala IV remite a su jurisprudencia rcud. 5547/22, cambió su anterior doctrina, conforme a la STJUE de 14/09/23 C-113/22 en la cual aprecia la conducta del INSS que sigue aplicando la norma discriminatoria, contraria a la Directiva 79/7 y mantiene una práctica administrativa discriminatoria al varón (Criterio de Gestión 1/20) apreciando la discriminación de la EG al obligar al varón a acudir a la vía judicial. Concluye que tiene derecho además de al reconocimiento del complemento desde el nacimiento de la pensión a una indemnización que cubra el perjuicio sufrido por el daño sufrido, sin necesidad de acreditarlo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 5065/2022
  • Fecha: 29/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera la sentencia anotada que las entidades gestoras de la seguridad social son las únicas que tienen reconocida la justicia gratuita y éstas se identifican con las que el legislador ha señalado y denominado como tal - art. 2 b) de la L 1/1996; art. 66 de la LGSS-, no siendo posible que se otorgue la misma condición a otros organismos aunque actúen en el mismo marco competencial que aquellas, por virtud de los servicios transferidos, y aunque lo sea en materia que, en parte, pueda estar conectada con el sistema de prestaciones de seguridad social. Esto es, cuando se resuelve por los órganos competentes de las comunidades autónomas el reconocimiento de un grado de discapacidad, aquellos deberán sufragar las costas procesales, como es en el caso, la Consejería de Igualdad Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía. Tratamiento procesal diferente que proviene de la propia naturaleza del órgano que la ha dictado y el régimen jurídico que el legislador ha establecido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 4962/2022
  • Fecha: 29/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Personal laboral Administración Pública: los indefinidos no fijos de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León no tienen derecho a participar en concurso de traslados, por cuanto la redacción del convenio aplicable limita la participación en tales concursos al personal fijo, y la no adscripción de los indefinidos no fijos a un puesto de trabajo concreto impide que se le pueda reconocer el invocado derecho. Reitera doctrina STS 277/2022, de 29 de marzo, (rec. 109/2020) y de 17 de abril, 2024, rcud 853/2021. Es necesario advertir, que el punto 5 del fundamento de derecho cuarto de la sentencia analizada contiene un interesante "obiter dicta" sobre la aplicación de la sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024 (Asunto C-59/22, C-110/22 y C-159/22), y en que se hace constar que lo decidido en esa sentencia "no se deriva, en ningún caso, la necesidad de la conversión judicial automática de los trabajadores indefinidos no fijos en fijos, que como ya se ha visto es algo incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública -que se basa en los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso a la función pública- y que se aplica tanto a los funcionarios públicos como a los contratados laboralmente [STC 236/2015 de 19 de noviembre -FJ 8º y STS -3ª- de 12 de julio de 2023 (Rec. 7815/2020)]".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 4416/2022
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Salario: determinación de los conceptos que conforman el cálculo de las pagas extras de un médico MIR, en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). Reclama diferencias salariales. El Juzgado estima la demanda. Recurre en suplicación la empresa, y se inadmite el recurso por razón de cuantía. Ahora recurrida en casación unificadora, se rechaza el recurso por falta de contradicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 3385/2021
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión a resolver consiste en determinar si los demandantes, médicos internos residentes, tienen derecho a percibir las pagas extraordinarias de los meses de diciembre de 2018 y junio y diciembre de 2019. Los demandantes obtuvieron plaza en pruebas de selección como médicos internos residentes (MIR), y tienen suscritos con el SERMAS, un contrato de trabajo para la formación, al amparo de lo establecido en el RD 1146/2006. En los contratos se indica que los médicos internos residentes percibirán dos pagas extraordinarias. La sentencia de instancia, confirmada en suplicación, estimó la demanda, e interpuesto recurso de casación para la unificación de doctrina, el TS no entra en el fondo del asunto al no concurrir la necesaria contradicción al ser dispares las razones de decidir. Así, la sentencia recurrida funda la decisión en que las leyes presupuestarias autonómicas no pueden cambiar la regulación del régimen retributivo de los MIR, al carecer la CAM de competencia para ello y porque se trata de una reclamación de diferencias salariales de los años 2018 y 2019, por lo que no puede pretenderse la aplicación extensiva del RD-L 8/2010 ni de las posteriores leyes de PGE. Mientras que en la sentencia referencial el conflicto afecta a todo el personal sanitario en formación al servicio del SESPA, y la Sala tiene en cuenta el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de 15-4-2015 en el que se fijan las retribuciones del personal al servicio de esa Administración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 4093/2021
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor solicitó prestación por desempleo demandando al SEPE para que se revocase la resolución, el JS estimó la demanda, el TSJ confirmó y condena al SEPE en costas. En cud. se cuestiona por el Servicio Público de empleo (SEPE) si puede ser condenado en costas. La Sala IV remite a su doctrina consolidada, con cita de la STS 12/12/23, rcud. 943/22 y la anterior de 12/06/18 rcud. 684/17 recordando que el SEPE tiene la condición de EG de la Seguridad Social a los efectos del derecho de asistencia jurídica gratuita del art. 2.1 b9 LAJG. Recordó que entre las competencias del SEPE se encuentra la gestión y control de prestaciones por desempleo citando la anterior Ley de empleo (RD-Legislativo 3/2015). El criterio de vencimiento del recurso no puede servir para imponer las costas a quien goza del beneficio de justicia gratuita, salvo que se apreciara temeridad o mala fe en su actuación procesal. Estimó y anuló la sentencia del TSJ
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 4413/2022
  • Fecha: 26/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Salario: determinación de los conceptos que conforman el cálculo de las pagas extras de un médico MIR, en el Hospital Universitario de Getafe. Reclama diferencias salariales. El Juzgado estima la demanda. Recurre en suplicación la empresa, y se inadmite el recurso por razón de cuantía. Ahora recurrida en casación unificadora, se rechaza el recurso por falta de contradicción.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.