• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 4058/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A la cuestión de interés casacional suscitada consistente en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en atención a lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso n.º 223/2020), la Sala, haciendo un análisis de la culpabilidad en la conducta sancionada y examinando el principio de antijuricidad, responde afirmativa a dicha cuestión de interés casacional al concurrir en este caso tres premisas, a saber: (i) la Administración autonómica -en este caso la Junta de Andalucía- ha incumplido sus obligaciones en materia de ejecución de obras hidráulicas, según estableció la STS n.º 1.100/2021 de 29 de julio (rec.223/2020); (ii) las administraciones aquí recurridas -el Ayuntamiento de Íllora y el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira- son competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales para la que deben obtener la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; y (iii) pese a esa competencia, el grado adecuado de depuración de las aguas, del que habla la resolución sancionadora, preciso para obtener la autorización, solo puede alcanzarse a través de las infraestructuras que corresponde proyectar y ejecutar a la Junta de Andalucía. Y consta acreditada la desatención de la Junta de Andalucía a los requerimientos realizados por el Consorcio para la ejecución de las infraestructuras de saneamiento que resultaban necesarias para el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
  • Nº Recurso: 86/2025
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima la prestación de incapacidad temporal al entender que la actora ha actuado fraudulentamente para tratar de obtener la prestación, y ello en base a la coincidencia temporal entre su nueva alta en el RETA y la recidiva de su enfermedad. Se rechaza la revisión de los hechos y se precisa que el que la TGSS diese de alta a la beneficiaria en el RETA no impide el que tratándose de una prestación sea la Mutua la competente para su valoración.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: RICARDO RODRIGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 339/2025
  • Fecha: 22/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analizada resuelve recurso de apelación interpuesto contra la dictada en primera instancia, que estimó parcialmente la demanda presentada para reclamar indemnización por sobreprecio causado por prácticas anticompetitivas. El tribunal de apelación desestimó el recurso y confirmó la sentencia recurrida. El tribunal rechaza la falta de legitimación pasiva de la demandada, alegando que la responsabilidad de las empresas sancionadas es solidaria, por lo que la demandada debe responder por el daño causados aunque no fuera la empresa distribuidora del vehículo. El tribunal también rechaza la prescripción de la acción porque la resolución de la CNMC no fue firme hasta que se dictó sentencia por el Tribunal Supremo confirmando en última instancia la citada resolución. En cuanto al fondo del asunto, el tribunal considera que el informe presentado con la demanda se puede considerar esfuerzo suficiente para fundar la acción ejercitada y considera acreditada la existencia del cártel y del sobrecoste por prácticas anticompetitivas. Por lo tanto, el tribunal desestima los motivos del recurso de apelación, concluyendo que la demandada ha de responder del daño causado y que la acción no está prescrita.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MANUEL DANIEL DIEGO DIAGO
  • Nº Recurso: 349/2024
  • Fecha: 22/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las entidades de gestión colectiva de los derechos de los autores de obras musicales, de los productores y de los artistas intérpretes demandaron a la propietaria de una sala de fiestas y discoteca por comunicación no consentida en el local de obras musicales como medio necesario de amenización. Las demandantes aportaron los datos necesarios para el cálculo de la indemnización debida en función de sus tarifas, con lo que el demandado no puede alegar legítimamente indefensión si no aportó o propuso oportunamente prueba pericial sobre los mismos extremos. La tarifa porcentual sobre los ingresos de taquilla establecida para el cobro de los derechos de autor en el caso de las actuaciones en vivo y conciertos no puede ser abusiva ni fruto de la posición de dominio que mantiene la entidad de gestión demandante, de manera que la sala considera lícito que la sentencia apelada la haya reducido, en términos equitativos admisibles, al 3% sobre la recaudación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 7564/2023
  • Fecha: 22/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La competencia municipal sobre el estacionamiento de vehículos no resulta título suficiente para que la Administración competente en materia de dominio público hidráulico pueda sancionar a un ayuntamiento por no impedir y perseguir la ocupación de un bien perteneciente a ese dominio público hidráulico mediante el estacionamiento de vehículos por terceros, al carecer los Ayuntamientos de competencia para impedir, perseguir o sancionar conductas tipificadas como infracciones en la Ley de Aguas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 869/2022
  • Fecha: 19/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso contra la Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019. Entre las cuestiones y pretensiones planteadas en este proceso, las principales son: 1.- La Nulidad parcial de la Orden TED/749/2022 basada en el argumento de que la inspección llevada a cabo por TRAGSATEC es contraria a Derecho; con remisión a sentencias precedentes de la Sala, se concluye que no cabe excluir la posibilidad de que, en determinadas circunstancias extraordinarias, una Administración que no posea los medios materiales o técnicos idóneos para el desempeño de las competencias que le han sido encomendadas pueda acudir por razones de eficacia a la colaboración con otras entidades, bien utilizando la figura de la encomienda de gestión o bien valiéndose de los servicios de una persona jurídica distinta que tenga la consideración de "medio propio de la administración, por lo que el encargo de la CNMC a Tragsatec se desarrolló de conformidad con las previsiones del artículo 32 LCSP y los criterios jurisprudenciales de esta Sala 2. Sobre la caducidad de las actuaciones inspectoras, concluyendo que esta actividad de comprobación se inserta, por tanto, en un procedimiento destinado a fijar la retribución de las empresas con base a datos fiables, no constituyéndose como un procedimiento autónomo y separado del principal sino una actividad de comprobación de los hechos y datos que servirán para fijar la retribución procedente. Por lo demás, estima en parte el recurso en lo que respecta a la retribución correspondiente a la empresa recurrente en cuanto al concepto de retribución base a la inversión durante los ejercicios 2017, 2018 y 2019, que deberán recalcularse sin incluir el importe de las subvenciones correspondientes al año en curso por valor de 94.101 euros empleando el valor de 0,8804 en el parámetro Lambda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: AMADOR GARCIA ROS
  • Nº Recurso: 6829/2024
  • Fecha: 19/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la Universidad demandada su condena a reconocer al trabajador la condición de indefinido-no fijo; al considerar que no se le pueda obligar a cubrir la plaza por el procedimiento excepcional que contiene la DA 6ª de la Ley 202/2021. Cuestión que el Tribunal analiza partiendo de la indiscutida circunstancia de que la relación preexistente es de naturaleza indefinida no fija al no haberse recurrido este firme pronunciamiento judicial; circunscribiéndose la misma (en trámite de recurso) a determinar si resulta o no ajustada a derecho la decisión de la DG de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda de negarle que la plaza que ocupaba con otras 13 plazas formasen parte del proceso de estabilización. Ajuste a la legalidad que la Sala considera al no haberse impugnado la misma por la actora ni por ningún otro trabajador (como tampoco por la UB). En respuesta a la pretensión referida al derecho a percibir una indemnización por contratación temporal abusiva se remite el Tribunal a lo resuelto por la Sentencia de Pleno de la misma Sala; reiterando el criterio que en la misma se sustenta en el sentido de que, habiéndose reconocido la condición de indefinida no fija sin que se hubiera extinguido su contrato, y no previendo nuestro ordenamiento la imposición de sanción alguna por abuso de la contratación temporal no procede el abono de la misma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 273/2023
  • Fecha: 18/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada, recaída en casación ordinaria, estima parcialmente el recurso interpuesto por la mercantil condenada ( Konecranes) frente a la sentencia que, con estimación de la demanda de conflicto colectivo articulada por CC.OO, condenó a la empresa a revalorizar los salarios de los trabajadores de sus centros en Vic y Badalona para los años 2021 y 2022 conforme al IPC real, en aplicación del acuerdo de empresa de 22-6-2009. Los hechos probados indican que la empresa tiene dos centros de trabajo en Cataluña y que el acuerdo mencionado establece que los incrementos salariales deben aplicarse sobre el total del salario, no solo sobre el salario base. La empresa argumenta que el acuerdo ha perdido vigencia debido a la implementación de un sistema de incrementos por méritos desde 2016 y que la acción está prescrita. El TS desestima la excepción de incompetencia objetiva del TSJ/Cataluña al entender que el acuerdo de 2009 sigue vigente y es aplicable a ambos centros de trabajo, ya que no se ha demostrado que los trabajadores de Badalona no estén sujetos a las mismas condiciones que los de Vic. Tampoco prosperó la alegada prescripción, porque la acción no está sujeta a prescripción, dado que la demanda se interpuso en diciembre de 2022, tras la negativa de la empresa a aplicar el acuerdo. Finalmente, la sentencia estima el último motivo del recurso al sostener que el acuerdo no establece que los incrementos deban ser conforme al IPC real, sino que se deben aplicar sobre el total del salario. En consecuencia, revoca la parte de la sentencia que condenaba a la empresa a revalorizar conforme al IPC real, limitando la condena a la obligación de revalorizar los salarios conforme a los porcentajes aplicables del convenio colectivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 10057/2025
  • Fecha: 18/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No procede la acumulación de condenas, al ser la triple de la más grave superior a la suma de las condenas impuestas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 5753/2024
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si una comunidad autónoma a quien la Administración General del Estado ha concedido la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas, está legitimada para impugnar, en vía contencioso-administrativa, la resolución de un tribunal económico-administrativo relativo a un acto dictado por esa comunidad autónoma en ejercicio de la referida delegación

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.