Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Los hechos tuvieron lugar en 2015 y 2017 y han podido ser juzgados después de que en 2022 el procesado fuera detenido por un abuso sobre una menor y se comprobara que las muestras de ADN recogidas eran coincidentes con las obtenidas en las ropas de estas dos víctimas
La sentencia señala que aún sin éste material probatorio “no existen elementos independientes que permitan acreditar el tráfico de drogas y la asociación y organización entre los acusados, ni el intento de financiación de producciones artísticas derivadas de la comisión de actividades ilícitas”
Se ha reconocido la atenuante de drogadicción y se ha subsumido el tráfico de medicamentos en el delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño
La Sala Tercera estima en parte el recurso planteado contra el Real Decreto por la Comunidad de Madrid, que pidió su nulidad y defendió su interés legítimo para hacerlo como potencial beneficiaria de los fondos distribuidos
Según recoge la sentencia, dictada por la Audiencia Provincial tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, el procesado le decía que era su hermano y que podía hacerle todo lo que quisiera