STS, Sala de lo Civil, 07-07-2014 (Rec. 2103/2012) - Doctrina jurisprudencial: La discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o modificación de los alimentos que los padres deben prestarle y deberán equipararse a los que se entregan a los menores
- Organo jurisdikzionala
- Tribunal Supremo (España). Sala de lo Civil
- Orden jurisdikzionala
- Civil
- Errekurtsoaren zenbakia
- 2103/2012
- Ebazpen mota
- Sentencia
- Txostengilea
- José Antonio Seijas Quintana
- Urtea
- 2014
Etiketak: herritarra eta justizia, gaigabezia duten pertsonak, jurisprudentzia, gaur egungo epaiak
En su fallo se declara como doctrina jurisprudencial la siguiente: La situación de discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o la modificación de los alimentos que los padres deben prestarle en juicio matrimonial y deberán equipararse a los que se entregan a los menores mientras se mantenga la convivencia del hijo en el domicilio familiar y se carezca de recursos.