STS, Sala de lo Civil, 07-07-2014 (Rec. 2103/2012) - Doctrina jurisprudencial: La discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o modificación de los alimentos que los padres deben prestarle y deberán equipararse a los que se entregan a los menores
- Orga jurisdiccional
- Tribunal Supremo (España). Sala de lo Civil
- Ordre jurisdiccional
- Civil
- Numero de recurs
- 2103/2012
- Tipus de resolució
- Sentencia
- Ponent
- José Antonio Seijas Quintana
- Any
- 2014
Etiquetes: jurisprudència, sentències d’actualitat, persones amb discapacitat, ciutadà i justícia
En su fallo se declara como doctrina jurisprudencial la siguiente: La situación de discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o la modificación de los alimentos que los padres deben prestarle en juicio matrimonial y deberán equipararse a los que se entregan a los menores mientras se mantenga la convivencia del hijo en el domicilio familiar y se carezca de recursos.