Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Por la compraventa de acciones que realizaron en su día en esta entidad
La jueza del Juzgado de 1ª Instancia nº5 de A Coruña ha desestimado la demanda interpuesta por Inversiones Gallegas del Cable, Corporación de Hijos de Rivera y otros frente a Novacaixa Galicia Banco y el FROB por la compraventa de acciones y compromisos de inversión.
La sentencia señala, entre otros aspectos, que "sobre los inversores pesaba la diligencia de comprobación de los datos proporcionados por la entidad que vendía sus acciones y que la falta de esta diligencia no puede llevar consigo ni la nulidad del negocio ni tampoco su rescisión".