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El tribunal del ‘procés’ recuerda que no tiene competencia para decidir sobre debates electorales en el interior de las prisiones
El tribunal que juzga la causa del ‘procés’ ha dictado una providencia en la que señala, en relación a la solicitud del expresidente de la ANC Jordi Sànchez de celebrar un debate electoral en el centro penitenciario donde se encuentra ingresado, que ello no compete al órgano jurisdiccional.
En una providencia, la Sala concluye, de acuerdo a la Constitución y a la Ley General Penitenciaria, que “no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral”. Añade que “tampoco le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario. Lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial -que no se ha acordado por esta Sala-, ni supone una excarcelación del centro penitenciario. Todo ello sin perjuicio de la competencia atribuida a la Administración Electoral para velar por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral”, señalan los magistrados.
La Sala acuerda comunicar esta providencia a la Junta Electoral Central, que fue el órgano que le remitió la solicitud de autorización de Jordi Sánchez para celebrar un debate electoral en la cárcel de Soto del Real (Madrid), donde está ingresado.