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El TSXG anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra por entender que se privó al jurado popular de la posibilidad de pronunciarse sobre la existencia de las agravantes de parentesco y abusos de superioridad
La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha ordenado repetir el juicio contra un hombre condenado por matar a su hermano disparándole con una escopeta en la pierna tras una discusión entre ambos. La sentencia ahora anulada había condenado al acusado como autor de un delito de homicidio imprudente, con la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal atenuantes de legítima defensa, miedo insuperable, estado de necesidad, estado pasional, confesión y reparación, a la pena de prisión de once meses y medio.
Los magistrados estiman el recurso de apelación interpuesta por la acusación popular y anulan la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra por entender que se privó al jurado popular de la posibilidad de pronunciarse sobre la existencia de las agravantes de parentesco y abusos de superioridad.
“Resulta incomprensible –dice la sentencia- que el Magistrado-Presidente no procediese de entrada a someter al Jurado el objeto del veredicto incluyendo los correspondientes hechos relativos a las circunstancias modificativas de la responsabilidad de que se trata, y después que no las incluyese cuando expresamente la acusación particular lo solicitó. Y desde luego lo que de ninguna manera acertamos a comprender es que el Magistrado-Presidente proceda a motivar –al margen del veredicto y con posterioridad a su emisión- la no concurrencia de una y otra circunstancia tras haber hurtado al Jurado la posibilidad de pronunciarse sobre la declaración como probados o no de los correspondientes hechos en su caso determinantes de la apreciación o no de las mismas”.