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La Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda que las seis licencias deben adjudicarse a los solicitantes con mejor derecho
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado con fecha de 27 de junio una sentencia en la que condena al ayuntamiento de Mérida a continuar y concluir el procedimiento de adjudicación de seis licencias de autotaxi anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz de fecha 5 de marzo de 2013.
Con ello, según apunta la sentencia, el ayuntamiento emeritense “debe continuar la tramitación del procedimiento administrativo, adjudicando las seis licencias de autotaxi a los solicitantes con mejor derecho».
En este sentido, con este fallo se revoca la sentencia sobre dicha temática dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida de fecha 17 de abril de 2019; y se anulan también los acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mérida del 13 de noviembre de 2015 y 17 de marzo de 2017, “por no ser ajustados a Derecho”.
Igualmente, en el fallo del TSJEx, se condena al consistorio de la capital autonómica al pago de las costas procesales de primera instancia hasta el importe máximo de 1.000 euros, IVA incluido, “por todos los conceptos y a favor de todos los demandantes de manera conjunta”.
Contra dicha sentencia solo cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, y que debería prepararse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Extremadura.