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El cliente afirmó “no haber recibido ningún tipo de información” del producto que contrató
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava ha anulado el contrato de aportaciones financieras subordinadas de Eroski suscrito entre Caja Laboral y un cliente de la entidad, y obliga a reembolsarle los 35.000 euros que invirtió.
En 2007 una gestora comercial del banco ofreció al cliente un “producto sin riesgo y que permitía recuperar el dinero con rapidez”, invirtiendo éste 35.000 euros en subordinadas de Eroski y otros 15.000 en un depósito a plazo fijo. Cuando en 2011 se decidió a comprar una vivienda, tras ordenar la venta de las subordinadas, la comercial le informa de la dificultad por plazos y falta de demanda para convertirlas en líquido.
El cliente, que afirmó “no recibir ninguna información” y “no haber suscrito nunca un producto de riesgo” solicitó al banco la anulación del contrato y la recuperación de la inversión. La sentencia rechaza los recursos de falta de legitimación pasiva ad causam y la caducidad de la acción alegados por la entidad financiera.