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Según la sentencia de la Sala Social, no se aprecia justificación objetiva de esa disparidad respecto a otros departamentos de mayoría hombres
La Sala Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del TSJ de Canarias que condenó a un hotel de la isla de Gran Canaria por discriminación retributiva indirecta por razón de sexo que afecta a un “plus voluntario y absorbible”.
La sentencia confirma existe el trato discriminatorio porque, a diferencia de lo que sucede en otros departamentos con mayoría de hombres (camareros de bares y cocina), la cuantía del plus es sensiblemente inferior en otro departamento (camareras de pisos) en el que sólo trabajan mujeres y no se aprecia justificación objetiva y razonable de esa disparidad en el “plus”, pese a encontrarse unos y otras en el mismo Nivel salarial IV del Convenio Colectivo de aplicación. Valor de los datos estadísticos.