Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que desestima la solicitud de exención de guardia los sábados ejercitada por personal del servicio de salud autonómico de atención primaria. Se recurre la resolución por la que se fijan criterios de gestión de personal los sábados. Tras analizar su naturaleza concluye no es un acto susceptible de impugnación al no innovar el ordenamiento sin que regule el día de libre disposición. Estando vigente la normativa sobre gestión de personal, el sentido del silencio es negativo. Respecto a la pretensión de exención de guaridas en sábado, existen normas específicas de aplicación al personal estatutario, que han de ser tenidas en cuenta, y, tratándose de personal del servicio de salud de la comunidad sin que puedan tenerse en cuenta otros sistemas sanitarios ajenos a éste. La regulación ampara la prestación de servicios en sábado cuando, como ocurre en este caso, ello es necesario para completar la jornada semanal exigida. Por lo demás, el hecho de que se atienda a las urgencias, no implica que se esté realizando un servicio de guardia.