• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ISABEL HERNANDEZ PASCUAL
  • Nº Recurso: 1261/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra auto que ordenó el archivo del procedimiento por caducidad en la instancia. Señala la Sala que en el caso que nos ocupa, nadie, tampoco la parte apelante-actora, solicitó la reanudación de las actuaciones, que habían sido suspendidas, en el plazo de dos años desde su archivo provisional, por cuanto esa parte solicitó que se mantuviera la suspensión salvo que alguna parte solicitase la reanudación del procedimiento, lo que no ocurrió, y, por consiguiente, como se ha dicho, ni esa parte instó la reanudación, sino el mantenimiento de la suspensión. Por lo tanto o puede entenderse la petición de mantener la suspensión procesal como si se tratase de una actuación procesal, ya que esencialmente es lo contrario a tal actuación, al suponer una declaración de voluntad contraria a la continuidad del procedimiento. Añadiendo que no puede esgrimirse con éxito como causa impeditiva de la caducidad de la instancia la necesidad de alcanzar un acuerdo extraprocesal, que era la causa para la paralización del proceso, pues esa es una circunstancia situada en la órbita de la voluntad de las partes. Y en este caso no hay actividad procesal alguna de la parte actora, que lo que pretende, por causa únicamente imputable a la voluntad de esa parte, es mantener la suspensión indefinida del procedimiento, eludiendo la limitación del plazo de suspensión a instancia de las partes admitido por la LEC. Concluyendo en que ha transcurrido el plazo legalmente previsto para la caducidad de la instancia sin que ninguna de las partes, incluida la apelante, haya instado la continuación del procedimiento, por lo que procedía declarar tal caducidad y archivarlo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA AZUCENA RECIO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 4376/2024
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala inadmite un recurso de apelación por parte de la entidad recurrente contra la sentencia que había estimado parcialmente su recurso en reclamación de responsabilidad patrimonial relacionada con obras de reurbanización reconociendo el derecho a que el Ayuntamiento ejecute las obras descritas en una opción ofrecida en un informe pericial. La parte apelante solicita que se revoque la sentencia en su totalidad, condenando al Ayuntamiento a realizar las obras necesarias para restablecer la situación jurídica de la recurrente por otra de las opciones del informe. La Sala, tras analizar la cuantía del recurso y la naturaleza de las pretensiones, concluye que el recurso de apelación es inadmisible, ya que el valor de la pretensión en función de los presupuestos de ejecución de las obras a ejecutar en ambas opciones no supera los 30.000 euros, umbral para el acceso a la apelación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: MONICA MATUTE LOZANO
  • Nº Recurso: 29/2025
  • Fecha: 17/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La redacción de las bases de la convocatoria es, inequívoca inequívoca, en cuanto que exige conectar la formación recibida con las funciones del puesto y solo así será merecedora de valoración positiva por parte de los órganos de valoración o calificación, que como es conocido, actúan bajo con discrecionalidad técnica. Este es el criterio esencial, sin que la calificación que los organismos formadores realicen sobre los cursos impartidos (cursos dirigidos a personal sanitario) deba considerarse prevalente sobre el criterio de la comisión de evaluación. Los programas de los cursos referenciados, que constan en el expediente administrativo integran contenidos no conectados con las funciones del puesto de la recurrente o con el contenido de la plaza desempeñada. La referencia en las bases de la convocatoria, a los estos conceptos: "funciones del puesto", y "contenido de la plaza desempeñada", constituye un elemento de interpretación y acotamiento, de forma que no todos los cursos dirigidos a los profesionales sanitarios, necesariamente obtendrán un juicio favorable de la comisión evaluadora. Solo sucederá si los mismos están conectados con las funciones del puesto o el contenido de la plaza desempeñada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 9118/2023
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia son: Determinar si es necesario que el recurrente en la primera instancia se adhiera al recurso de apelación interpuesto por la Administración demandada cuando haya obtenido una sentencia totalmente estimatoria y, por tanto, favorable a sus pretensiones, en la que hayan dejado imprejuzgados alguno de los motivos de la demanda por considerarse innecesario su análisis-, para que esos motivos puedan y deban ser examinados en la sentencia que estime el recurso de apelación. Precisar si el copago por las prestaciones de atención a la dependencia previstas en el artículo 14 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre , que perciben los grandes dependientes Grado III, en calidad de servicios y se destinen a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, tienen la consideración de tasa o precio público.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 6474/2024
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es determinar si una sociedad mercantil estatal cuando solicita en vía económico-administrativa la suspensión de la ejecución de actos tributarios, debe quedar sujeta al régimen general previsto en los artículos 233 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), y 46 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo (RGRVA), que exigen acreditar perjuicios de difícil o imposible reparación para la dispensa de garantías; o si, por el contrario, resulta aplicable a estas sociedades la exención de cauciones y garantías contemplada en el artículo 12 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, con la consecuencia de que la suspensión deba decretarse automáticamente una vez interesada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 3932/2025
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar, en relación con la valoración de suelo rural en procedimientos expropiatorios, cómo debe calcularse la media de rentabilidad, si por trienios naturales o por meses -36 meses naturales contados hacia atrás desde la fecha de valoración-.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JAVIER ALBAR GARCIA
  • Nº Recurso: 535/2024
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez desestimó el recurso interpuesto contra el decreto de 8-10-2019 del Ayuntamiento de Almudévar que concedió la licencia de inicio de actividad de la licencia ambiental de actividades clasificadas concedida el 21-7-2017 para la construcción de un Centro de gestión de residuos no peligrosos de construcción y demolición en Polígono 26, parcela 235 de Almudévar. Señala la Sala que aquí no se está ante una licencia de construcción o de cambio de uso, sino que es para realizar una actividad autorizada ya, y cuya resolución ha devenido firme por confirmación judicial, con lo cual dicha ausencia no podría hacerse valer a la hora de autorizar el inicio de la actividad. Además, y esto es relevante, y ya se planteó en el pleito anterior, la instalación propiamente dicha está fuera de dicha zona, como se puede comprobar por un simple vistazo en google earth, del que se desprende que como mucho una visera o cobertizo abierto, que consta en el proyecto, y que no es ninguna construcción, sería la que se encontraría dentro de dicha zona de afección, estando el resto fuera de la misma. Añade la Sala que en cuanto a la resolución de Demarcación de Carreteras que autorizó el almacén sin uso y que, de manera preventiva, vino a advertir que se debería pedir el cambio de uso, atendiendo a que se iba a pedir licencia de actividad clasificada, la misma realmente no atendía a un proyecto presentado, y por ello habla de "comunicación efectuada al INAGA", con lo cual obviamente dependía de cómo se plantease la instalación y la concreta ubicación de los elementos, pues no se sabía si habría de haber alguna construcción dentro de la zona de afección.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 5331/2024
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admitido el recurso de casación, la Sala se remite a la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, para concluir que los hijos de quienes hubiesen nacido en el Sáhara Occidental durante la etapa en que este se hallaba bajo autoridad española no pueden acogerse a la autorización de residencia temporal por razones de arraigo familiar prevista en el artículo 124.3.c) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprobó el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (anterior apartado b)), considerando que la sentencia de apelación, recurrida en casación, se aparta de una doctrina, la emanada de la Sala Primera del Tribunal Supremo, que en materia de nacionalidad, es la competente para resolver, y su criterio vincula la jurisprudencia que emana del orden contencioso-administrativo cuando resuelva litigios en los que deba tenerse en cuenta la nacionalidad de una persona. Véase como precedente jurisprudencial la Sentencia de Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo núm. 207/2020, de 29 de mayo de 2020 (Rec. 3226/2017).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 6991/2024
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consisten en (1) Determinar si en las escisiones totales y no proporcionales de sociedades es conforme con el Derecho de la Unión Europea que la aplicación del régimen de neutralidad fiscal (diferimiento de la ganancia patrimonial) régimen especial del Capítulo VIII del Título VII del TRLIS de 2004 se condicione a que los patrimonios adquiridos constituyan ramas de actividad diferenciadas, a falta de que la jurisprudencia comunitaria admita previsiones legislativas nacionales de inaplicación. (2) Esclarecer si, ante la finalidad de la Directiva sobre fusiones (Directiva 90/434/CEE del Consejo) de no obstaculizar las reorganizaciones de las empresas, la eventualidad de que las condiciones que la legislación española establece en el régimen fiscal de las escisiones pudieran ser contrarias a dicha Directiva, podría hacer exigible la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mediante la formulación de cuestión prejudicial. (3) Aclarar si la rectificación de datos realizada por el interesado en el curso de un procedimiento inspector obliga a que la Administración aporte prueba en contrario para desvirtuar la presunción de veracidad de los datos y elementos de hecho aportados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 1563/2025
  • Fecha: 15/10/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar (i) si es posible actualizar las tarifas por la prestación de servicios portuarios de forma periódica y predeterminada según fórmulas preestablecidas vinculadas a la variación de un precio o un índice de precios; y (ii) si la actualización de tarifas tiene carácter automático o es potestativa.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.