• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 3847/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar si la trabajadora demandante personal laboral diplomado sanitario del SERMAS tiene derecho al reconocimiento del nivel profesional y cantidades correlativas, tras la entrada en vigor del Convenio Colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid publicado el 23 de agosto de 2018. Falta de contradicción. No hay doctrina que unificar, porque solo la sentencia recurrida sienta doctrina, cosa que no hace la sentencia referencial, al no abordar ni pronunciarse sobre la repercusión del convenio colectivo 2018-2021 Reitera STS: 16/2024, de 8 de enero (rcud 1614/2022; 17/2024, de 8 de enero (rcud 2614/2022; 1172/2023, de 19 de enero (rcud 545/2022); y 340/2023, de 10 de mayo (rcud 1226/2022)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 395/2023
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La declaración de vulneración del derecho a la igualdad retributiva, habiéndose solicitado en el proceso por tutela de derechos fundamentales el abono de la indemnización correspondiente por lucro cesante y otra por daños morales, conlleva que en la misma sentencia se indemnice la reparación de los daños y perjuicios causados por dicha conducta vulneradora de su derecho fundamental en su integridad y por ambos conceptos. Reitera doctrina establecida en STS 524/2024, de 3 de abril (rcud 5599/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 3014/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión suscitada se centra en determinar si las trabajadoras enfermeras DUE tienen derecho al percibo del complemento de carrera profesional y, más concretamente, si los requisitos establecidos en las Leyes de Presupuestos Estatales y de la Comunidad de Madrid desde el año 2019 para tener derecho al abono del complemento de carrera profesional deben cumplirse en sus propios términos para lucrar dicho complemento. Y en concreto si es necesaria la Resolución de reconocimiento e integración en el nivel de Carrera Profesional expedida por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales a propuesta del Comité Evaluador del Hospital, para que el Hospital Universitario Fundación Alcorcón pueda proceder al abono del complemento de carrera Profesional. Falta de contradicción
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2057/2022
  • Fecha: 30/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La actora trabajaba como personal laboral fijo de la Consellería de Política Social y reclamaba ciertos complementos salariales por peligrosidad y penosidad durante su traslado temporal a la Residencia de Mayores Volta do Castro. El Juzgado de lo Social desestimó su demanda y el TSJ también desestimó el recurso de suplicación argumentando que la cuantía anual de los complementos reclamados no superaba los 3.000 euros necesarios para permitir el acceso a suplicación. La trabajadora presentó recurso de casación para la unificación de doctrina al entender que la cuantía reclamada sí superaba el umbral para el recurso. El Tribunal Supremo estima el recurso citando jurisprudencia que permite sumar varias pretensiones para determinar la cuantía litigiosa, concluyendo que la reclamación de la trabajadora era recurrible en suplicación. En consecuencia, el Tribunal Supremo anuló la sentencia del Tribunal Superior de Justicia y declaró la recurribilidad de la sentencia de instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 765/2023
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para la reparación de las consecuencias de la vulneración de un derecho fundamental, como es la desigualdad retributiva de los trabajadores temporales, es posible la condena conjunta a una indemnización por daños materiales consistente en la remuneración dejada de percibir y una indemnización por daños morales consustancial a la violación de cualquier derecho fundamental. El plazo para el ejercicio de la acción resarcitoria de los daños y perjuicios causados por violación de derechos fundamentales, no es de caducidad sino de prescripción de un año. Reitera doctrina establecida en STS 524/2024 de 3 de abril (rcud. 5599/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 629/2023
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar si los actores, que han obtenido una sentencia favorable, que reconoce la vulneración del derecho a la igualdad retributiva derivada de la percepción de un salario inferior al establecido en el convenio en función del hecho de haber sido contratados temporalmente al amparo de un programa de subvención a la contratación convocado por el SPEE, tienen derecho a una indemnización de daños y perjuicios derivados de dicha vulneración, cuantificada en la diferencia retributiva que no han percibido.Los trabajadores demandaron, alegando que no se les aplicó el convenio colectivo que correspondía, percibiendo salarios inferiores a los estipulados. La sentencia de instancia favoreció a los trabajadores, estableciendo que se había vulnerado el principio de igualdad de trato y no discriminación y condenó a la entidad gubernamental a pagar compensaciones por daños morales y lucro cesante. Esta decisión fue parcialmente revocada en suplicación por el TSJ que redujo la indemnización y eliminó la compensación por lucro cesante, argumentando que las diferencias salariales debían reclamarse como una cuestión salarial y no como indemnización por discriminación. El TS declara que procede acumular la reclamación de indemnización por lucro cesante de las diferencias salariales conectadas con la vulneración del derecho a la igualdad retributiva, como criterio para la concreción de su cuantía. Reitera doctrina STS 3-4-2024 R.5999/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 398/2023
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia comentada decide sobre si se produce discriminación retributiva por percepción del salario inferior al de convenio. El origen del caso se encuentra en una convocatoria del SPEE que permitió a la Delegación del Gobierno de Ceuta contratar, temporalmente, trabajadores para servicios de interés general. Los trabajadores demandaron, alegando que no se les aplicó el convenio colectivo que correspondía, percibiendo salarios inferiores a los estipulados. La sentencia de instancia favoreció a los trabajadores, estableciendo que se había vulnerado el principio de igualdad de trato y no discriminación y condenando a la entidad gubernamental a pagar compensaciones por daños morales y lucro cesante. Sin embargo, esta decisión fue parcialmente revocada en apelación por el TSJ que redujo la indemnización por daños y eliminó la compensación por lucro cesante, argumentando que las diferencias salariales debían reclamarse como una cuestión salarial y no como indemnización por discriminación. El TS se centró en determinar si correspondía o no compensar a los trabajadores por la discriminación salarial más allá del daño moral, considerando adecuado restablecer la indemnización por lucro cesante dada la vulneración del derecho a la igualdad retributiva. Este fallo subraya la interpretación de que la protección de los derechos fundamentales, como la igualdad retributiva, implica una reparación integral que incluye tanto el daño material por salarios no percibidos como el daño moral.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 402/2023
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para la reparación de las consecuencias de la vulneración de un derecho fundamental, como es la desigualdad retributiva de los trabajadores temporales, es posible la condena conjunta a una indemnización por daños materiales consistente en la remuneración dejada de percibir y una indemnización por daños morales consustancial a la violación de cualquier derecho fundamental. El plazo para el ejercicio de la acción resarcitoria de los daños y perjuicios causados por violación de derechos fundamentales, no es de caducidad sino de prescripción de un año. Reitera doctrina establecida en STS 524/2024 de 3 de abril (rcud. 5599/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 127/2022
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada, recaída en casación ordinaria, trae causa de demanda deducida por una organización sindical en impugnación parcial del acuerdo de 21 de diciembre de 2018 de la CIVE del II convenio, que fue objeto de registro y publicación por resolución de 29 de marzo de 2019, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, con publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, solicitando que se declare la nulidad de la frase: “gestionado por la dirección general competente en materia de función pública”, del punto segundo del acuerdo y se declare, que el ámbito de aplicación, lo es a quien sea de aplicación el II convenio. Y, la Sala IV, hace suyas las argumentaciones de la Sala de origen desestimatoria de la demanda. Razona al respecto que el citado Acuerdo de conformidad con el art. 83.1 del ET, puede establece que se aplique al personal laboral gestionado por la dirección general competente en materia de función pública.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 5791/2022
  • Fecha: 29/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Vulneración de derechos fundamentales:la cuestión sometida a consideración de la Sala unificadora consiste en determinar, si una vez que se ha reconocido por la sentencia de instancia que se ha vulnerado el derecho a la igualdad retributiva derivada de la percepción de un salario inferior al establecido en la norma convencional, la parte actora tiene derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios derivados de dicha vulneración, cuantificada en la diferencia retributiva que no han percibido. La Sala de unificación, estima el recurso y declara que se permite la acumulación como lucro cesante de las diferencias salariales en la que se sustenta la vulneración del derecho a la igualdad retributiva, dado que en este tipo de situaciones en los que se aprecia una vulneración de derechos fundamentales de esa naturaleza, el daño a resarcir no es solo el daño moral, sino también la pérdida de una parte del salario que debió abonar el empresario de acuerdo a la norma convencional de aplicación y decidió no cumplirla.

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