• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 858/2023
  • Fecha: 16/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Complemento de maternidad por aportación demográfica reclamado por varón. Indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado como consecuencia de que el INSS los deniega tras la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) que consideró discriminatoria por razón de sexo la regulación de la LGSS. Se trata de una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora. Procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos, incluidas las costas y honorarios de letrado. Fijación de la indemnización, la solicitaa. Cumplimiento de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2491/2023
  • Fecha: 16/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar si resulta aplicable el complemento de maternidad por aportación demográfica a una pensión de jubilación anticipada (64 años), causada al amparo del Real Decreto (RD) 1194/1985, de 17 de julio, pues es distinta de la voluntaria prevista en el art 208 LGSS. El TS hace una interpretación literal pro beneficiario, que en este caso implica la ausencia de duda respecto de que el art. 60.4 de la LGSS no ha excluido a esta modalidad especial de jubilación y no lo ha hecho por las indudables diferencias que presenta respecto de la jubilación anticipada voluntaria del art. 208 de la LGSS.Aplica STS 848/2024, de 4 de junio (rcud 1289/2023
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2919/2023
  • Fecha: 13/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El jubilado en noviembre/19, padre de 2 hijos, solicitó complemento del art. 60 LGSS el 4/10/21, la esposa lo percibe desde 1/08/20. El JS concedió el complemento reclamado. TSJ revocó reconoce el complemento hasta la fecha que se le reconoce a la esposa. En cud el beneficiario cuestiona si el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse simultáneamente por los dos progenitores, y si debe abonarse al padre cuando comienza a percibirlo la madre porque se puede reconocer simultáneamente cuando se cumplan los requisitos legales. La Sala IV remite a su jurisprudencia rcud. 3821/22, 5492/22 y 661/24, teniendo en cuenta la STJUE de 12/12/19 C-450/18 que declaró contrario por discriminación al varón la regulación del art. 60 LGSS, la interpretación conforme al Derecho de la Unión, el reconocimiento a un progenitor del complemento por aportación demográfica no debe impedir al otro su percibo si reúne los requisitos legales, con fundamento en la interpretación de la norma y el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres porque restringir el beneficio a un sólo progenitor sin determinar a cuál corresponde y entender que los causantes son los menores desconoce la exigencias contributiva y acabaría actuando contra la aplicación igualitaria de la norma. El complemento puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración que el otro tenga derecho. Aplica la misma doctrina
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3729/2023
  • Fecha: 13/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Seguridad Social. Complemento de maternidad: no resulta aplicable el complemento de maternidad por aportación demográfica a una pensión de jubilación anticipada voluntaria causada bajo la vigencia del artículo 60 LGSS, con anterioridad a la modificación operada por el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3916/2023
  • Fecha: 13/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Al no estar contemplado el complemento de maternidad para una pensión de jubilación anticipada voluntaria en la regulación del art. 60 LGSS previa al RD Ley 3/2021, no hay argumentos para aplicar retroactivamente la nueva redacción de dicho precepto tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2021, que regula el complemento para la reducción de la brecha de género sin excluir la jubilación anticipada voluntaria, por cuanto esa norma no contiene ninguna previsión específica de la que pudiere derivarse la posibilidad de aplicarla a prestaciones causadas con anterioridad a su vigencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 1619/2023
  • Fecha: 13/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se plantea en la sentencia anotada consiste en determinar si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS al demandante -progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión. El TS, revocando el fallo combatido, da a tal cuestión una respuesta positiva, y considera procedente la condena al INSS a pagar una indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado, por seguir denegando el reconocimiento del complemento de maternidad a un varón tras la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) al estimar que la conducta del INSS constituye una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora y, en consecuencia, declara que procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos incluidos las costas y los honorarios de letrado, todo ello en cumplimiento de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22.).Aplica doctrina de STS 977/2023, de 15 de noviembre (rcud 5547/2022).Solo otorga 1.500€(no 1.800) por congruencia procesal con lo pedido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 731/2023
  • Fecha: 12/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El jubilado en 2020, padre de 2 hijas solicitó el 23/09/21 complemento de maternidad del art. 60 LGSS, se le deniega por el INSS y por el JS. El TSJ estimó parcialmente, reconoce el derecho al complemento y deniega la indemnización por daños y perjuicios por discriminación por razón de sexo. En cud el beneficiario se cuestiona el derecho a la indemnización por daños y perjuicios causados incluidas costas y honorarios por la discriminación una vez que el TJUE declaró la existencia de discriminación de la normativa nacional, la Sala IV remite a su STS 15/11/23 rcud 5547/22 que en aplicación de la STJUE 14/09/23, en que la Sala aprecia la discriminación por la actuación del INSS y fija (a tanto alzado) la reparación adecuada para compensar los daños de la discriminación en 1800€. Sostiene que la cuantía debe ser aplicada en el caso por los órganos judiciales cuando exista esta controversia. Entiende que permite una reparación integral, se está en presencia de un complemento de prestación y atiende a la zozobra moral como a las molestias materiales por acudir a la jurisdicción social, incluido si se presenta con asistencia de profesionales. Por analogía con la condena en costas considera que la compensación procede siempre que el varón fuera discriminado por resolución del INSS posterior a la STJUE 19/12/19 que declaró la discriminación de la norma nacional debiendo acudir a la jurisdicción social. Reconoce 1.500€ por ser lo pedido en demanda, evitando incongruencia extra petita.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 3181/2023
  • Fecha: 12/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión que se plantea en la sentencia anotada consiste en determinar si el actor tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios causados por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS al demandante -progenitor varón- el complemento de maternidad del artículo 60 LGSS una vez que el TJUE, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) ya había establecido que la denegación de dicho complemento al varón suponía una discriminación por razón de sexo y que la normativa que lo regulaba era, por tanto, contraria al derecho de la Unión. El TS, reiterando doctrina, da a tal cuestión una respuesta positiva, y considera procedente la condena al INSS a pagar una indemnización derivada de la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado, por seguir denegando el reconocimiento del complemento de maternidad a un varón tras la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) al estimar que la conducta del INSS constituye una discriminación autónoma y ligada a dicha actuación de la entidad gestora y, en consecuencia, declara que procede la indemnización para compensar los perjuicios efectivamente sufridos incluidos las costas y los honorarios de letrado, todo ello en cumplimiento de la STJUE de 14 de septiembre de 2023 (C-113-22.)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 5861/2022
  • Fecha: 12/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión planteada consiste en determinar si en una familia monoparental, la única progenitora que disfrutó de la prestación por nacimiento y cuidado del menor tiene derecho, además, a la prestación que le hubiera correspondido al otro progenitor de haber existido. La Sala IV reitera doctrina que declara que no procede el reconocimiento de una nueva prestación, distinta a la ya reconocida y coincidente con la que hubiera correspondido al otro progenitor, al no resultar una exigencia que derive de la CE, ni de ninguna norma de la UE, ni de acuerdo o tratado internacional, siendo al legislador a quien corresponde determinar el alcance y contenido de la protección que debe dispensarse a este tipo de familias. La petición carece de amparo normativo, pues la concesión del derecho supone que el progenitor distinto de la madre esté afiliado a la SS y cubra un periodo mínimo de cotización. La solución pretendida no sólo afectará al ámbito de las prestaciones contributivas de la SS, sino que también producirá efectos en el ámbito de su relación contractual con el empleador. Añade que no estamos en un supuesto afectado por una situación de discriminación, sino ante un eventual déficit de protección concreto querido y consentido por el legislador. Se desestima la pretensión de suspensión por planteamiento de cuestión prejudicial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 267/2022
  • Fecha: 12/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por el comité y pilotos de AERNOVA se impugnó aprobación y modificación del CC AIR EUROPA regula externalización de vuelos de AIR EUROPA a AERONOVA, punto 11 anexo 9, prefiere a candidatos de AIR EUROPA frente a los de AERONOVA. La SAN apreció falta de legitimación activa del comité y desestima la de los pilotos, estimó parcialmente la demanda con declaración de nulidad de las previsiones del citado punto 11 anexo 9 del CC sobre la preferencia de copilotos a acceso de vacantes para que se produzca la suelta de comandantes de AEA Express cada vez que haya una vacante frente a los solicitantes de Aeronova. En casación recurren AIREUROPA y SEPLA, y los demandantes en lo no estimado por la AN. La Sala IV confirmó la legitimación de los actores, frente a la afirmación que deben impugnar sujetos colectivos afirma la exclusión del ámbito funcional de los actores de la negociación en la que no participan y aprecia que invocan daño y perjuicio en su promoción profesional, recuerda que se impugna por lesividad y son externos a la negociación. Lo negociado supone perjuicio para los demandantes, se acredita el daño. Ni la empresa ni sus trabajadores negocian el CC impugnado. Lo pactado es contenido normativo y afecta a los pilotos de AERONOVA por otorgar preferencia a los de AIREUROPA que siendo firmantes de los acuerdos que se incorporan al convenio no lo son del convenio ni sus trabajadores están en el ámbito de aplicación. No aprecia doble escala salarial, no equiparable, sin derechos

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