• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 2002/2025
  • Fecha: 11/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Considera esta sentencia que se dan los requisitos para el otorgamiento de visado de reagrupación familiar y todo ello teniendo en cuenta las alegaciones y las pruebas obrantes en autos
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 6687/2023
  • Fecha: 11/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala reitera la doctrina sentada en materia de expulsión de extranjeros, concretamente en relación con el juicio de proporcionalidad y la distinción entre circunstancias que son de agravación y las que no lo son, con singular referencia a las SSTS 331/2025, de 25 de marzo (RCA 1561/2023) y 507/2025, de 5 de mayo (RCA 2883/2023) que precisa esa doctrina en el sentido de que, en el marco de la apreciación global de la conducta personal del interesado y, por tanto, en el juicio de ponderación que debe realizar el órgano sancionador a la hora de valorar la proporcionalidad de la medida sancionadora a adoptar, dicho órgano puede determinar, motivándolo suficientemente, que el comportamiento de una persona que ha sido detenida representa una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecta a un interés fundamental de la sociedad -orden público, seguridad pública o salud pública- si existen elementos concordantes, objetivos y precisos que permitan fundamentar la fiabilidad de las sospechas que pesan sobre esa persona a causa de esa detención. Y en el caso examinado, la falta de exhibición de documentación acreditativa de su identidad, constatada en la resolución administrativa sancionadora, constituye una circunstancia de agravación en relación con la mera situación de estancia irregular en España, que además determinaría también la imposibilidad de conocer las circunstancias, el momento y el lugar de entrada en territorio nacional por parte del recurrente. En cambio, no constituye circunstancia de agravación la mera referencia a la existencia de antecedentes policiales en la resolución sancionadora, al no haberse justificado por la Administración las circunstancias y resultado judicial de los mismos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: EDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
  • Nº Recurso: 280/2025
  • Fecha: 11/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de apelación interpuesto confirmando la sentencia desestimatoria de la instancia y, con ello, la denegación de la solicitud de Tarjeta de Residencia Temporal de familiar de ciudadano de la UE; por no quedar debidamente acreditado que el mismo viva a cargo del ciudadano comunitario ni que disponga de seguro médico. La sentencia apelada desestima el recurso interpuesto tras analizar el artículo 2.d) del RD 240/2007, admitiendo el parentesco, pero concluyendo que no se acreditó una situación real de dependencia, pues los envíos de dinero efectuados por el familiar comunitario ascendieron únicamente a 962 euros en el año previo a la entrada en España, cantidad considerada insuficiente atendiendo a las circunstancias económicas del país de origen. No obstante entendió cumplido el requisito relativo al seguro de enfermedad. Se sustenta la apelación en la falta de valoración de la prueba e infracción de la Directiva 2004/38/CE. Se confirma la sentencia apelada recordando el Tribunal la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre la valoración conjunta de la prueba, afirmando que no procede una nueva valoración salvo arbitrariedad o error manifiesto, inexistentes en el caso. En relación con la Directiva 2004/38/CE, cuestionada por el apelante se concluye que no se vulnera el Derecho de la Unión, al no concurrir una dependencia efectiva ni los requisitos exigidos para el reconocimiento de un derecho de residencia solicitado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 15/2025
  • Fecha: 11/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Considera esta sentencia, tras la valoración de la prueba practicada en las partes que no se producen al menos dos de los requisitos necesarios para la concesión del visado de reagrupación familiar litigioso. Fundamentalmente se refiere la sentencia a sí los reagrupados están o no a cargo del reagrúpante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL DELGADO-IRIBARREN GARCIA-CAMPERO
  • Nº Recurso: 600/2024
  • Fecha: 11/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso interpuesto por una Letrada del Consejo de Estado contra la resolución de la Presidenta del Consejo de Estado por la que se declaró el ascenso a Letrado Mayor de otro compañero y se le adscribió como tal a la Sección Quinta, en la que hasta entonces estaba adscrita en comisión la recurrente, a la que se le adscribió como Letrada Mayor a la Sección Sexta. La Sala examina el régimen jurídico aplicable a la materia y advierte que se trata de una regulación específica, más flexible que el previsto en la legislación general de funcionarios. Tras ello distingue entre el régimen jurídico de ascenso a Letrado Mayor, el de adscripción de Letrados y Letrados Mayores a las Secciones del Consejo de Estado y la peculiar figura de Letrado Mayor en comisión, y considera que la resolución recurrida se ajusta a los criterios interpretativos que resultaban de aplicación, pues el recurrido se reincorporó desde la excedencia voluntaria como Letrado, se le ascendió al producirse una vacante en uno de los puestos de Letrado Mayor al ser el Letrado en activo más antiguo, y se le adscribió a la Sección Quinta, desplazando a la recurrente, que estaba adscrita a la misma como Letrada Mayor en comisión. Según indica la Sala, se produjo el único presupuesto para el cese en esa situación de provisionalidad que caracteriza la figura de Letrado Mayor en comisión. Precisa, además, que no hay una reserva de esa plaza, como parece defender la demandante, sino una situación de provisionalidad que concluye en determinados supuestos como el acaecido en el caso examinado. Descarta también la falta de motivación, pues el ascenso a Letrado Mayor es un acto reglado, en el que basta con verificar que se cumple el requisito de antigüedad establecido en el artículo 15.2 LOCE, y en lo que se refiere a la adscripción de Mayores y Letrados a una Sección, se trata de una potestad discrecional de la Presidencia, a propuesta de la Secretaría General, oída la Comisión Permanente, que la recurrente debía conocer. Y , por último, descarta que la adscripción a otra Sección sea una degradación o acto de gravamen, sino el cese de una situación de provisionalidad, situaciones cuyo régimen jurídico la recurrente no podía desconocer, pues era el mismo que se le aplicaron a ella cuando le adscribieron como Letrada Mayor en comisión de la Sección Quinta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS
  • Nº Recurso: 94/2025
  • Fecha: 10/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tesis de la parte apelante no puede prosperar porque en la demanda no especifico no concreto y no desarrollo argumentalmente en que causas se fundaba la exhibición de oficio del acto nulo en el recurso de apelación se señala la infracción de los artículos y señala los artículos 35, 14 y 17 de la Constitución que no se alegaron en la demanda y por tanto no puede plantear en el recurso de apelación pretensiones no formuladas en la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 456.1 de la Ley para igualdad tienes previsto ya que te la de Enjuiciamiento Civil que establece que en virtud del recurso de apelación podrá perseguirse, con arreglo a los fundamentos de hecho y de derecho de las pretensiones formuladas ante el tribunal de primera instancia, que se revoque un auto o sentencia y que, en su lugar, se dicte otro u otra favorable al recurrente, mediante nuevo examen de las actuaciones llevadas a cabo ante aquel tribunal y conforme a la prueba que, en los casos previstos en esta Ley, se practique ante el tribunal de apelación".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: EMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 191/2025
  • Fecha: 10/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado indica que el actor tiene antecedentes penales y ponderando los mismos con la circunstancia de ser padre de una menor de nacionalidad española, desestima la demanda dado que al dictarse sentencia no se cumplía el requisito de ser la hija del recurrente de nacionalidad española y porque el artículo 31.5 de la LOEX exige la carencia de antecedentes penales, lo que « impediría, en su caso, la ponderación con la circunstancia de ser padre de un menor de nacionalidad española. La Sala indica que, como en este caso ocurre dado que es rumana, para aplicar este precepto de autorización de residencia por arraigo padre de una menor, basta con que sea nacional de un estado de la UE. Pero añade que en la ponderación de circunstancias concurrentes se aprecia que la conducta personal del interesado constituye una amenaza real y actual que afecta a un interés fundamental de la sociedad. Las condenas penales son relevantes y graves. Por lo demás, la atención de la menor la ha prestado la madre, a cuyo cuidado ha estado desde el nacimiento y durante la estancia en prisión del hoy apelante, y puede seguir al cuidado de la misma en lo sucesivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
  • Nº Recurso: 33/2023
  • Fecha: 10/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En aplicación del principio de igualdad y no discriminación en los términos reconocidos por los Tribunales Constitucional y Tribunal Supremo confirma la Sala la Sentencia de instancia y con ello el derecho del personal estatutario interino a participar en el sistema de reconocimiento de Carrera Profesional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
  • Nº Recurso: 57/2025
  • Fecha: 07/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Concluye esta sentencia, tras analizar la prueba practicada y las alegaciones obrantes en autos que no existe una relación familiar material entre los solicitantes del agrupamiento.Se trata de una relación paternofilial meramente Formal sin que exista una relación cierta y efectiva entre quién es pretenden la reagrupación familiar.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
  • Nº Recurso: 39/2025
  • Fecha: 07/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Esta sentencia estima el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a una resolución que le daba un visado de reagrupación familiar ya que considera que se ha acreditado que existía un matrimonio entre el solicitante y la persona reagrupada.Para ello valora la prueba documental alcanzando la conclusión de que el matrimonio ha de darse por existente.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.