• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 238/2024
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia en el cártel de los camiones. La sentencia recurrida, que confirmó la de primera instancia, reconoció una indemnización del 10% del precio de adquisición del camión. La demandada interpone recurso de casación. Se estima. Informe pericial bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño, pero inadecuado para establecer una concreta indemnización. Presunción del daño y estimación judicial. Mientras no se acredite que concurren circunstancias extraordinarias, propias del caso enjuiciado, debe aplicarse el porcentaje mínimo del 5 % del precio de adquisición. Reiteración de la doctrina, entre otras, de las SSTS 370 y 376/2024, de 14 de marzo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 9276/2024
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda contra Daimler AG en ejercicio de una acción de responsabilidad extracontractual del artículo 1.902 CC, en relación con el artículo 101 TFUE, por prácticas colusorias, con fundamento en la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016. El juzgado de lo mercantil estimó parcialmente la demanda. La Audiencia Provincial desestimó el recurso de apelación interpuesto por Daimler AG y estimó parcialmente el interpuesto por la actora. Se estima el recurso de casación interpuesto por la demandada. Informe pericial bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño, pero inadecuado para establecer una concreta indemnización (informe PQAxis). Presunción del daño y estimación judicial. El importe de la indemnización será el equivalente al 5% del precio de adquisición. Reiteración de doctrina sobre el cártel de camiones. En concreto y entre otras, SSTS 373 y 377/2024, de 14 de marzo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 2091/2024
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia. Cártel de los camiones. Informe pericial bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño, pero inadecuado para establecer una concreta indemnización. Presunción del daño y estimación judicial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 4560/2023
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cártel de los camiones. La Sala estima el recurso por infracción procesal por valoración ilógica del informe pericial del demandante. En concreto, la Sala aprecia la inidoneidad del mercado tomado como de referencia en el informe, la improcedencia de trasladar automáticamente la elevación de los precios brutos a los precios finales, la omisión de los datos correspondientes a 1997, las dudas sobre la selección de datos y las diferencias en las variables utilizadas en el modelo de regresión de camiones medianos y pesados y las utilizadas en los camiones ligeros, lo que provoca que una valoración que acepte el valor probatorio del informe pericial para cuantificar el sobreprecio, aun con correcciones, sea ilógica. La estimación del recurso conlleva el dictado de nueva sentencia. De esta forma, la Sala asume la presunción del daño con base en los hechos descritos en la Decisión de la Comisión que sancionó el cártel, y aprecia la suficiencia del esfuerzo probatorio que permite fijar la indemnización con criterios estimativos, que no resultan desvirtuados de contrario. La Sala, finalmente, concluye, con inclusión de los camiones adquiridos mediante leasing también afectados, que el daño no fue insignificante ni testimonial, por lo que no existiendo prueba de que ese daño supere el 5% del precio, procede fijar en ese importe la indemnización, con los intereses legales desde la fecha de adquisición de los camiones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 5221/2023
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Indemnización de los daños causados por la infracción del Derecho de la competencia. Cártel de los camiones. Informe pericial bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño, pero inadecuado para establecer una concreta indemnización (Informe Nera Economic Consulting). Presunción del daño y estimación judicial. Reiteración de la doctrina de la sala sobre el cártel de camiones. En concreto y entre otras, la de las SSTS 373 y 377/2024, de 14 de marzo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 4562/2024
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda en la que se solicitaba indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia en el cártel de los camiones. Contrato de leasing. La sala estima el recurso extraordinario por infracción procesal contra una sentencia en la que que se había estimado la demanda asumiendo plenamente el dictamen pericial aportado por la actora. La sala reitera que el informe pericial es bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño. Ahora bien, el informe presentado resulta inadecuado para establecer una concreta indemnización, motivo por el que ha habido un error patente en su valoración. SE anula la sentencia y se dicta una nueva en la que la sala aplica su jurisprudencia sobre la presunción del daño y su estimación judicial (en concreto y entre otras, la de las SSTS 372/2024, de 14 de marzo
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 6754/2023
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso extraordinario por infracción procesal. La correcta aplicación de las presunciones judiciales «no requiere de la existencia de un resultado único, sino que es posible admitir diversos resultados lógicos de unos mismos hechos base». Valoración ilógica del informe pericial de los demandantes. La inidoneidad del mercado tomado como de referencia (el de camiones ligeros), la improcedencia de trasladar automáticamente la elevación de los precios brutos a los precios finales, la omisión de los datos correspondientes a 1997, las dudas sobre la selección de datos y las diferencias en las variables utilizadas en el modelo de regresión de camiones medianos y pesados y las utilizadas en los camiones ligeros, hacen que una valoración que acepte el valor probatorio del informe pericial para cuantificar el sobreprecio, aún con correcciones, sea ilógica. Asunción de la instancia. Presunción del daño con base en los hechos descritos en la Decisión de la Comisión que sancionó el cártel. Esfuerzo probatorio suficiente que permite fijar la indemnización con criterios estimativos. El daño no fue insignificante ni meramente testimonial, por lo que no existiendo prueba de que ese daño supere el 5% del precio, procede fijar en esa magnitud la indemnización. Falta de idoneidad del informe pericial de la demandada para probar la inexistencia de prueba o que el daño fue inferior a esa magnitud.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 4935/2023
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda en la que se solicitaba indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia en el cártel de los camiones. La sala estima el recurso extraordinario por infracción procesal contra una sentencia en la que que se había estimado la demanda asumiendo plenamente el dictamen pericial aportado por la actora. La sala reitera que el informe pericial es bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño. Ahora bien, el informe presentado resulta inadecuado para establecer una concreta indemnización, motivo por el que ha habido un error patente en su valoración. Se anula la sentencia y se dicta una nueva en la que la sala aplica su jurisprudencia sobre la presunción del daño y su estimación judicial (en concreto y entre otras, la de las SSTS 372/2024, 373/2024, 374/2024, 375/2024, 376/2014 y 377/2024, de 14 de marzo). El importe de la indemnización será el equivalente al 5% del precio de adquisición de cada uno de los tres camiones objeto de litigio, más los intereses legales desde la fecha de adquisición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 5574/2022
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia. Cártel de los camiones. El juzgado de lo mercantil estimó parcialmente y su sentencia fue confirmada en apelación. Informe pericial bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño. Presunción del daño y estimación judicial. Mientras no se acredite que concurren circunstancias extraordinarias, propias del caso enjuiciado, debe aplicarse el porcentaje mínimo del 5%. Reiteración de la doctrina de la sala sobre el cártel de camiones. En concreto y entre otras, de las SSTS 370 y 376/2024, de 14 de marzo
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 2701/2021
  • Fecha: 18/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En el caso, es hecho probado el incumplimiento por la demandada de su deber esencial de información, pues, declarado en la primera instancia, ninguna alegación se hizo al respecto en la apelación, tal y como expresa la sentencia recurrida. Asimismo, frente a lo que concluye la sentencia de la Audiencia, debió considerarse hecho probado la existencia de quebranto patrimonial para la parte demandante. Quebranto que, además de ser un hecho notorio, no fue en ningún momento negado por la entidad demandada al contestar y, sobre cuya existencia, tampoco se hizo alegación alguna al apelar. En cuanto a la determinación del perjuicio, en este supuesto, la indemnización que la entidad demandada debe abonar a la demandante vendrá representada por el importe del valor de la inversión, descontando los rendimientos brutos obtenidos durante la vigencia de las participaciones preferentes y el valor de las acciones al momento del canje de acuerdo con su cotización en ese momento (valor que no está determinado). Cantidad resultante a la que se sumarán los intereses legales desde el momento de interposición de la demanda. Por ello, se estima el recurso de casación interpuesto y, con estimación a su vez del recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada, se estima sustancialmente la pretensión deducida con carácter subsidiario en la demanda y se declara la responsabilidad del banco, por incumplimiento de sus obligaciones contractuales en la suscripción de las participaciones preferentes y se condena a indemnizar en el perjuicio sufrido.

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