Resumen: El condenado recurre la sentencia, interesando en relación con el delito de conducción sin permiso, la aplicación de la atenuante de confesión del art. 21.4 CP; en relación con el delito de agresión sexual, denuncia vulneración de la presunción de inocencia, e indebida aplicación del art. 178 CP. En cuanto a la confesión, el motivo se desestima. El acusado se limitó a reconocer ya iniciado el procedimiento contra él, un dato, la falta de vigencia del permiso de conducir, fácilmente comprobable, sin que ello haya facilitado en modo alguno la persecución penal, o el esclarecimiento de los hechos como exige la doctrina del TS para la llamada confesión tardía. En cuanto a la vulneración del principio de presunción de inocencia, la discusión que contiene el recurso sobre los diferentes medios probatorios -declaración de la víctima, testifical, periciales- cuya realidad no niega, muestra que no se está ante el supuesto de alegato de falta de base razonable del pronunciamiento condenatorio por razón de elementos de prueba incriminatorios obtenidos e incorporados al proceso con sujeción a la ley, sino ante la discrepancia con la valoración de la prueba. Señala la Sala que la declaración de la víctima, en casos de abusos sexuales, es prueba hábil para destruir la presunción de inocencia cuando se aprecie en su relato los elementos de veracidad subjetiva, verosimilitud del relato, persistencia en la narración, falta de elementos espurios y corroboraciones periféricas, como aquí sucede.