• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 957/2023
  • Fecha: 14/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la distinción entre unidad de acto, delito continuado y concurso real. Individualización de la pena. Se estima parcialmente uno de los recursos, en el sentido de modificar la pena de prisión, la libertad vigilada y, además, la imposición de la pena accesoria de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad prevista en el art. 192.3 CP. Esta pena ha de ser, al menos, de cinco años (y veinte como máximo) superior a la impuesta de privación de libertad. Se establece en 13 años.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MARIA JOSE MARTINEZ SAINZ
  • Nº Recurso: 740/2023
  • Fecha: 14/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala condena por un delito continuado de agresión sexual a menor con penetración y prevalimiento de relación de superioridad y absuelve del delito de lesiones psicológicas y trato degradante, que también era objeto de acusación El prevalimiento tiene como fundamento agravatorio el abuso de superioridad, que en el plano moral tiene una persona que pone a su servicio una condición o cualidad que instrumentaliza en su beneficio particular con finalidad delictiva para cohibir la resistencia de la víctima. Y la Jurisprudencia lo define con las siguientes notas: 1) Situación de superioridad que ha de ser manifiesta. 2) Que tal situación influya, coartándola, en la libertad de la víctima. 3) Que el sujeto agente consciente de la situación de superioridad y de sus efectos inhibidores de la libertad de decisión de la víctima, se prevalga de dicha situación para conseguir perpetrar el hecho. Circunstancia de agravación específica que se aprecia concurrente en este caso al aprovecharse el acusado en todas las ocasiones de una relación de superioridad derivada de que era la pareja sentimental de la madre de la niña menor de edad. En las agresiones sexuales la jurisprudencia admite la continuidad delictiva en dos supuestos: Cuando la acción se repite sobre la misma persona, comenzando generalmente cuando es menor de edad, y se desarrolla durante un tiempo más o menos prolongado mediante un mismo sistema de intimidación combinado con situaciones de prevalimiento o de abuso de superioridad con los que el autor consigue el dominio de la voluntad de la víctima para proseguir con su conducta. Y cuando el autor mantiene la violencia o intimidación sobre la víctima durante un período de tiempo más o menos largo pero determinado y en el que el autor aprovecha la situación de la víctima para realizar sucesivas conductas atentatorias contra la libertad sexual. Y este es el caso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 6222/2022
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la interpretación del artículo 307 Ter del Código Penal, se analiza la posibilidad de conformar un único delito continuado con defraudaciones de la misma naturaleza que resultaban punibles como estafa del artículo 248 del Código Penal, con anterioridad a la entrada en vigor del tipo penal primeramente señalado, en virtud de la LO 7/2012. Se procede a anular la condena del recurrente, como autor de un delito continuado de fraude prestaciones de la Seguridad Social, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial, además de la que se le impuso como autor de un delito continuado de estafa a la Seguridad Social en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial, sustituyéndose el pronunciamiento por el de considerarle autor de un único delito continuado de fraude de prestaciones de la Seguridad Social, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento oficial, de los artículos 307 ter 1, 307 ter 2, 392 en relación con los artículos 390.1.2, 74 y 77 del Código Penal, todos ellos en la redacción vigente a partir de la LO 1/2015, modificando la pena a imponer. Requisitos típicos del subtipo agravado del artículo 307 Ter 2 CP. La extralimitación temporal de la instrucción. Análisis del artículo 324 de la LECRIM, en la redacción introducida por Ley 41/2015, de 5 de octubre. La prescripción en el delito continuado. Alcance y límites de la alegación de la predeterminación del fallo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: IZASKUN NAZARA LACAMBRA
  • Nº Recurso: 3/2025
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito continuado de estafa la pena de dos años y 2 meses de prisión, accesorias, y costas procesales. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia, solicitando la revocación de la sentencia la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 212/2023
  • Fecha: 09/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El informe de credibilidad de la menor debe ser recabado por un psicólogo. No se produce denegación de prueba, al haber sido propuesta, y practicada, después, siendo suficiente para posibilitar el examen de dicha credibilidad, que corresponde determinarla al órgano de enjuiciamiento y no a los peritos que proporcionaron al tribunal datos suficientes para efectuar dicho análisis. Concurre el prevalimiento, no sólo derivado de una superioridad existente por la diferencia de edad entre el acusado y la víctima, sino también debido a la confianza que tenía la menor en el acusado, como si fuera su nieta, produciéndose los hechos cuando se quedaban solos en la vivienda del acusado, a la que acudía la menor por las tardes, aprovechándose de ello para cometer el delito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA FERNANDA GARCIA PEREZ
  • Nº Recurso: 1/2022
  • Fecha: 08/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Diferencias entre el delito de apropiación indebida y el delito de administración desleal. Concurren todos los requisitos del delito de apropiación indebida, por cuanto el acusado, como apoderado de una sociedad, recibe unos fondos para su inversión en un proyecto inmobiliario no destinando la totalidad de ese importe al fin para el que se le entregó, al haber procedido a desviar parte del dinero transferido destinándolo a otras finalidades. Debe atenderse al importe total de lo apropiado, aplicando el subtipo agravado, pero no la continuidad delictiva. No concurre abuso de relaciones personales. Los hechos determinantes de la apropiación los realizó uno de los acusados, no su esposa, que es absuelta. No puede considerarse una dilación extraordinaria a la vista de la complejidad de los delitos económicos investigados. Dilaciones imputables a un órgano judicial canadiense, que deben computarse para la apreciación de la atenuante. Sentencia que completa sentencia anulada parcialmente por el Tribunal Supremo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JOSE MARIA RIVES GARCIA
  • Nº Recurso: 26/2025
  • Fecha: 07/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años de edad, con agravante específica de prevalimiento y atenuante de dilaciones indebidas. Se alega error en la valoración probatoria. Los hechos se acreditan por la declaración de la menor, en la que se aprecia ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud de su testimonio y reiteración en la incriminación. Se califican los hechos como delito continuado, ya que hay una pluralidad de actos cometidos a lo largo de cuatro años (desde que la menor tenía 8 años hasta los 12) en diferentes episodios concretos, separados entre sí por días, semanas o incluso meses, constituyendo ello la continuidad delictiva. Se aprecia el prevalimiento, al existir relación familiar con la víctima y su entorno, al ser el acusado esposo de la tía de su madre, lo que le permitía poder acceder a la menor sin levantar sospechas e infundir confianza en la misma. Es susceptible de indemnización: a) el daño físico y psicológico, incluido el daño moral y el daño a la dignidad personal; b) la pérdida de oportunidades, incluidas las oportunidades de educación, empleo y prestaciones sociales; c) los daños materiales y la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante; d) el daño social, entendido como el daño al proyecto de vida; y e) el tratamiento terapéutico, social y de salud sexual y reproductiva. En el caso se indemniza daño psicológico y daño moral, constituido por la inquietud, zozobra, ansiedad y sufrimiento relevante.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: TERESA DE LA CONCEPCION COSTA VAYA
  • Nº Recurso: 875/2025
  • Fecha: 07/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se alega en el recurso contra la sentencia que condena al acusado por la comisión de un delito continuado de apropiación indebida, que el ánimo del citado no era apoderarse de las cantidades que recibió con ánimo de lucro, sino compensar las que le adeudaban, ejercitando así un legítimo derecho de compensación. La Sala, partiendo de que el delito de apropiación indebida es un delito de resultado, que requiere de un perjuicio típico respecto de la víctima, con ocasión de la incorporación en el patrimonio del delincuente de algo que era suyo, señala, en base a la jurisprudencia del TS que cita, que deben excluirse de tal delito tanto el derecho de retención, como el derecho de compensación de deudas, por no ser actos típicos. En este sentido, la línea diferencial entre un incumplimiento contractual y el delito de apropiación indebida estriba en la voluntad de apropiación, quedando fuera de la órbita del Derecho Penal aquellos casos en los que solamente se produce un retraso o imposibilidad transitoria de cumplimiento de la obligación de devolver, y, por el contrario, el acto de disposición es punible cuando existe un propósito de hacer la cosa como propia y se incorpore al patrimonio del infractor, que es lo que sucede en el caso, en el que frente a la alegación del recurrente que se le debían comisiones de varios meses, no se ha acreditado reclamación judicial o de cualquier otro tipo a la empresa que pudiera ser la deudora de tales cantidades, ni el supuesto acuerdo verbal, en base al cual, sostiene el recurrente, que se convino que se quedase con los cobros de los clientes a fin de cobrarse la deuda generada, lo que motiva que se desestime el recurso y se ratifique su condena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN ASUNCION LAUREL CUADRADO
  • Nº Recurso: 793/2025
  • Fecha: 04/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ESTAFA Y FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL: presentación de facturas que no se correspondían con trabajos realizados. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA: las cuestiones previas planteadas necesitan una respuesta motivada y fundada en derecho. PRUEBA EXTEMPORÁNEA: la aportación al inicio de la vista de una documental no incorporada por haberse practicado fuera de plazo tiene acomodo legal y no se puede tachar de nula, den la medida en que el rechazo previo se debió a una cuestión puramente formal. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y PRUEBA DE CARGO: en la causa obran las facturas falsas, lo que permite establecer la autoría del apelante, con independencia del criterio de la parte. PENA: se ajusta a la continuidad delictiva y a la previsión legal, con aplicación del principio de alternatividad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: EDUARDO LOPEZ CAUSAPE
  • Nº Recurso: 635/2025
  • Fecha: 04/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor material y responsable de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y le absuelve de la acusación por inutilización de dispositivo técnico de control instalado para la efectividad de la orden de protección. Acusado que, teniendo vigente una orden de protección que le impedía acercarse a la persona de su pareja sentimental, a su domicilio y lugar de trabajo, es detectado en varias ocasiones dentro de la zona de exclusión. Control de efectividad del cumplimiento de la prohibición de acercamiento mediante brazalete electrónico gestionado por sistema Cometa. Certificación de fallos de funcionamiento en el dispositivo de control entre dos fechas concretas, mientras que se certifica un correcto funcionamiento en otros períodos en que el acusado es detectado dentro de las zonas de exclusión. Valoración de las pruebas por parte del juez de primer grado y juicio de revisión que corresponde al tribunal de apelación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.