Resumen: Demanda de nulidad de las cláusulas insertas en un contrato de préstamo hipotecario, en concreto, de aquella que atribuía todos los gastos al prestatario, interesando su devolución y la de vencimiento anticipado, por ser abusivas. En primera instancia, además de declarar la nulidad parcial de la cláusula sobre vencimiento anticipado, en lo que ahora interesa, se declaró la nulidad de la cláusula que atribuía los gastos a los prestatarios, en concreto los gastos notariales, el impuesto de actos jurídicos documentados (en adelante, IAJD), los de gestoría y tasación y condenó al banco a pagar a los demandantes la mitad de los gastos por ellos realizados (gastos notariales y registrales, el IAJD y los gastos de gestoría). Recurrida en apelación por el banco e impugnada por los demandantes, la Audiencia desestima el recurso y estima la impugnación de los demandantes, en el sentido de condenar a la restitución del pago de los aranceles del RP y del IAJD. El banco recurre en casación y la sala estima parcialmente el recurso en lo referente al pronunciamiento sobre la imputación de los gastos tributarios, que deja sin efecto al reiterar la jurisprudencia sobre la imputación de los gastos tributarios contenida en SSTS 46/2019, 47/2019, 48/2019 y 49/2019 de 23 de enero. Desestima el motivo referido a los gastos del RP ya que conforme a la jurisprudencia contenida en STS 48/2019 de 23 de enero corresponde al banco prestamista su pago, siendo procedente su devolución a los prestatarios.