• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MIGUEL AZAGRA SOLANO
  • Nº Recurso: 486/2024
  • Fecha: 20/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se ha reconocido al demandante de lesiones permanentes no invalidantes e insta una incapacidad permanente total para su profesión de operario de embalaje o, subsidiariamente, de una incapacidad permanente parcial para el desempeño de tal ocupación, lo que ha sido rechazado en la instancia. Plantea el recurso varias revisiones de los hechos que son desestimadas porque la propuesta resulta innecesaria y nada aporta al litigio que pueda influir en su resultado; respecto a la incapacidad permanente se indica que el recurrente se limita a efectuar una valoración particular de la prueba practicada, y en todo caso se acredita una fractura de Colles izquierda, que provoca una limitación en la flexión de la muñeca izquierda en más del 50%, pero mantiene una mano izquierda funcional en lo atinente a la sujeción, agarre o aplicación de fuerza; por lo que puede realizarse la profesión siendo que esta limitación ha de conectarse con las tareas propias de la profesión del afectado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: ALICIA CANO MURILLO
  • Nº Recurso: 655/2024
  • Fecha: 19/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona que concurra una incapacidad permanente total o, subsidiariamente, parcial para la profesión habitual de comercial-repartidor, derivadas de la contingencia de accidente de trabajo y no de la de enfermedad común, por aplicación del instituto de la cosa juzgada material positiva. La Sala precisa que se padece una tendinitis de hombro izquierdo y trastorno adaptativo mixto reactivo a accidente laboral en seguimiento por Psiquiatra, pero que el recurrente lleva a cabo en su recurso una cita genérica de normas y que el recurso de suplicación es de naturaleza extraordinaria, no pudiéndose suplir las deficiencias de la parte.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUANA VERA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 1149/2024
  • Fecha: 18/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor que ostenta la profesión de torero sufrió un accidente de trabajo el 14-7-2019, habiendo sido declarado en situación de Lesiones Permanentes no Invalidantes indemnizables según baremo 110, por importe de 540 €. Solicita en el recurso el que se le reconozca una incapacidad permanente parcial y la Sala desestima esta petición al entender que las lesiones que padece no le imposibilitan más de un 33% de su capacidad profesional, pero si que se estima que su secuela no sólo tiene una trascendencia estética, sino que ocasiona molestias por lo que su valoración no es la mínima prevista en el baremo, sino que es valorable en su máxima cuantía, y se eleva la indemnización a 2.130 euros. La lesión es una cornada envainada en hemitórax izquierdo con enfisema subcutáneo; la revisión de los hechos se ha desestimado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA PILAR MARTINEZ CEYANES
  • Nº Recurso: 418/2024
  • Fecha: 18/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras valorar la prueba practicada en este procedimiento, la sentencia que se comenta, acuerda desestimar el recurso contencioso administrativo al entender que no queda quedado acreditado que el interesado esté afectado por una lesión o un proceso que sea incompatible y le imposibilite totalmente para el desempeño de las funciones propias de su cuerpo funcionarial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
  • Nº Recurso: 652/2024
  • Fecha: 18/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se revoca la resolución del INSS que declaró la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo y se declara que la misma tiene su origen en enfermedad común, y ello por entender que el proceso de incapacidad temporal previo fue reconocido como dimanante de enfermedad común por sentencia firme de la misma Sala de lo Social del TSJ de la Región de Murcia que despliega el efecto de cosa juzgada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 21/2023
  • Fecha: 18/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Libertad sindical y discriminación por razón de sexo (fútbol femenino): El reglamento de la Asociación de Futbolistas Profesionales (AFE) que se examina no ha vulnerado ninguno de los derechos denunciados, por el hecho de que otorgue a sus afiliados/as las mismas prestaciones que la demandante la ASOCIACIÓN DE FUTBOLISTAS PROFESIONALES (FUTPRO), no otorga a los suyos, cuando se hace con fondos propios y no provienen de unos ingresos relativos a derechos audiovisuales habida cuenta de que el fútbol profesional está organizado separadamente por sexos, teniendo las competiciones femeninas y masculinas ligas distintas de cuya organización se ocupan entidades distintas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: CARLA GARCIA DEL CURA
  • Nº Recurso: 197/2024
  • Fecha: 17/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El demandante presenta un cuadro clínico complejo en que, si bien la epilepsia focal ha sido resuelta quirúrgicamente, persisten limitaciones en el campo visual con hemianopsia homónima derecha y cognitivas, además de darse por probado a la vista de los informes médicos privados, que presenta dificultades atencionales y enlentecimiento significativo y alteraciones mnésicas, secuelas altamente significativas para poder ejecutar una actividad laboral en términos ordinarios de rendimiento, no pudiendo prestar la atención adecuada. La suma de todas estas dolencias, en su conjunto, hacen que la capacidad residual del actor sea nula en vista a la ejecución de cualquier profesión, pues en definitiva las limitaciones no solo físicas sino las que sean menos exigentes afectan notablemente a otras actividades más livianas o sedentarias, incidiendo las dificultades de atención y el enlentecimiento de pensamiento. En definitiva, este conjunto de dolencias manifiesta un estado residual suficientemente relevante para poder concluir que el beneficiario se encuentra afecto a la invalidez absoluta pretendida en la instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 52/2025
  • Fecha: 17/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia que a su vez desestimó demanda sobre pensión de orfandad, por no encontrarse el demandante, en la fecha del fallecimiento del causante, en situación de incapacidad permanente absoluta, lo que impide el reconocimiento de la pensión, al carecer de cobertura legal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JOSE MANUEL MARTINEZ ILLADE
  • Nº Recurso: 2238/2023
  • Fecha: 17/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala entiende que no estamos en presencia de una misma causa de pedir pues se está ante pretensiones diferentes y por tanto con causa de pedir diferente, pues una cosa es la determinación de contingencia a los efectos una IT y otra de una IP y ello aunque se refiera al mismo trabajador y aunque haya lesiones parcialmente coincidentes. De lo anterior se desprende, por un lado, que las dolencias motivadoras de una y otra prestación sólo muy parcialmente coinciden y, por otro, que en absoluto es infrecuente que la contingencia determinante de una incapacidad temporal sea diferente a la que en vía administrativa o jurisdiccional se considere respecto de la incapacidad permanente subsiguiente, es decir, no tiene porqué haber un automatismo en materia de la contingencia identitaria. Es decir, que puede entenderse que la contingencia determinante de una incapacidad temporal, aunque se trate de dolencias comunes, sea de accidente de trabajo por la referida crisis y posteriormente, una vez superada esta, la declaración de incapacidad permanente por las mismas o similares dolencias dada su etiología común pueda determinarse por contingencia común. En definitiva, esta cuestión al producirse o poder producirse por causas jurídicas diferentes debe deducirse en procedimientos diferentes al tratarse de acciones distintas y no acumulables. Debe acordarse la nulidad de lo actuado para que el LAJ, en la instancia, requiera al actor para que elija la acción que pretende mantenerse
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 3818/2024
  • Fecha: 17/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurren el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la sentencia de instancia que acogió la demanda rectora de los autos y declaró al actor en situación de gran invalidez, solicitando la revocación de la misma. El actor presenta hemiparesia izquierda y dolor neuropático, torpeza mano derecha y distonía brazo ipsilateral, extinción sensitiva y visual, cierto déficit cognitivoy tales padecimientos son constitutivos del grado de gran invalidez reconocido en instancia por cuanto, aunque en lugar inadecuado, en sede jurídica se deja constancia de que presenta dificultad para el aseo y vestirse, marcha parética y necesidad de supervisión en sus actividades diarias, por lo tanto se evidencia la necesidad de asistencia de tercera persona para el cuidado diario de su persona.

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