Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal (Pleno), 20-12-2018 (rec. 1388/2018)

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Egilea
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Penal
Txostengilea
Vicente Magro Servet
Urtea
2018

EtiquetasEtiketak:  etxeko eta genero indarkeriaren aurkako behatokia, herritarra eta justizia, etxeko indakeria jasan duten biktimak, jurisprudentzia

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo fija criterio en los casos de agresiones recíprocas hombre-mujer que sean pareja o expareja. Adopta que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad. En el presente caso, la Audiencia Provincial de Zaragoza había confirmado la absolución, que también acordó un juzgado de lo penal de esta localidad, de una pareja en la que se habían agredido mutuamente hombre y mujer. El Tribunal Supremo revoca la absolución de ambos que acordó la Audiencia y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.

Tiene voto particular de 4 de los 14 magistrados del Pleno

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