El Supremo condena a una cadena de TV por imputar a un hombre la muerte de su pareja y de su hijo en su informativo

La Sala Primera estima que hubo una falta de diligencia por no contrastar previamente la información

Egilea
Comunicación Poder Judicial

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha condenado a la cadena Telecinco a indemnizar con 60.000 euros a un hombre por intromisión ilegitima en su honor, al señalarle en un informativo de máxima audiencia como doble parricida -de su pareja sentimental y su hijo de corta edad-, y como autor del incendio de la vivienda en la que fueron hallados los cadáveres, de forma inveraz y por no contrastar información.

El tribunal señala que hubo falta de diligencia por no contrastarse previamente la información acudiendo a fuentes fiables y objetivas.