Directiva 2014/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal

Información general

Fecha de entrada en vigor en España:02/07/2018

Fecha de publicación oficial:01/05/2014

Países:Alemania, Austria, Bulgaria, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Suecia.

Información relacionada:

Normativa española / Normas relacionadas
Observaciones sobre el instrumento

La Directiva define la OEI como una resolución emitida o validada por una autoridad judicial de un Estado miembro para llevar a cabo una o varias medidas de investigación en otro Estado miembro con vistas a obtener pruebas, obren ya en poder o no de las autoridades competentes del Estado de ejecución.
Para información más detallada sobre este instrumento, consultar la Guía de Aplicación.

 

Ámbito temporal

La Directiva entró en vigor en España el día 2 de julio de 2018. En cuanto al ámbito temporal transitorio, la disposición transitoria de la Ley de Reconocimiento Mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea dispone que ésta será aplicable a las  resoluciones que se transmitan por las autoridades competentes españolas o que se reciban por esas autoridades con posterioridad a su entrada en vigor, con independencia de que hubieran sido dictadas con anterioridad o de que se refieran a hechos anteriores a la misma. Las resoluciones cuya solicitud de reconocimiento y ejecución hubieran sido transmitidas por las autoridades judiciales españolas o que se hubieran recibido por esas autoridades en el momento de la entrada en vigor de la ley, seguirán tramitándose hasta su conclusión conforme a las normas vigentes en aquel momento.

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