Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de la demandante contra la sentencia que califica como procedente el despido objetivo por causas económicas y productivas que actuó la empresa ya en febrero de 2023, tratándose de una conocida marca de tiendas de ropa. La Sala inadmite dos reformas fácticas que se plantean inicialmente por la recurrente. La primera pretende resaltar la evolución económica de todo el conjunto de tiendas y no sólo de la que es centro de trabajo de la demandante, lo que la Sala rechaza, al considerarse intrascendente, puesto que es irrelevante ello para discutir la causa productiva y en cuanto a la económica, la contabilidad de toda la empresa refleja también situación negativa, no tan acentuada como en la tienda de Vitoria-Gasteiz. La segunda también se desestima, pues se hacen valoraciones sobre la pericial propuesta por la empresa que el Juzgado da por probado. Considera la Sala que el descenso productivo y los resultados negativos de la tienda se remontan a periodos previos al surgimiento de la pandemia COVID-19 y por ello concurren ambas causas, sin que, por ello, resulte relevante la existencia de un ERTE por causas productivas en el mismo periodo del despido que afecta a otras tiendas. La demandante fue despedida junto con la otra trabajadora de la tienda que se cerró, lo que la Sala entiende que permitía la Ley hacer a la empresa, puesto que tanto el descenso productivo como las importantes pérdidas, lo justificaban.