Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo deducido por Valencia Club de Fútbol S.A.D. frente a la resolución de la Generalitat Valenciana, que denegó la reorganización de fases de la actuación territorial estratégica (ATE) solicitada. La propuesta de ATE presentada por los promotores planteaba un proyecto empresarial de gran magnitud de impacto supramunicipal sobre dos ámbitos territoriales discontinuos de suelo urbano de la ciudad de Valencia, constaba de diversas actuaciones que de manera conjunta conformaban su carácter estratégico. El Club de Fútbol incumplió la obligación que contrajo de construir un hotel sobre la referida parcela TER-M de la Zona A "Antiguo Mestalla" (su construcción ni siquiera está iniciada en la actualidad). Consta también acreditado en autos el incumplimiento por el promotor de la ATE de la fase II, pues ninguna de las obligaciones asumidas por el Valencia Club de Fútbol S.A.D. relativas a esa fase ha sido ejecutada por el mismo durante los plazos establecidos al efecto, ya que la Sala entiende que la falta de aprobación del proyecto de reparcelación de la Zona A "Antiguo Mestalla" presentado por el Club no fue debida a dilaciones procedimentales imputables al Ayuntamiento, toda vez que el citado proyecto de reparcelación adolecía de defectos que impedían su tramitación. También costa el incumplimiento por el Club de su obligación de a finalizar las obras de ejecución y puesta en marcha del Nuevo Estadio en el plazo establecido.