• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Granada
  • Ponente: FERNANDO OLIET PALA
  • Nº Recurso: 824/2023
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 802/2020
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acto administrativo es la resolución de la Demarcación de Costas en las Illes Balears de 2 de diciembre de 2020 que sanciona a la recurrente por ocupación del dominio público marítimo-terrestre sin autorización en el término Municipal de Pollensa. La resolución indicaba que contra ella podía interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Costas, pero no instruyó a la parte sobre si agotaba o no la vía administrativa. Así las cosas, en el pie de recurso de la resolución dictada, faltaba un dato fundamental para el conocimiento del administrado sobre lo procedente, esto es, que no agotaba la vía administrativa. Y esa omisión resulta ahora trascendental, ya que precisamente, no haber agotado la vía administrativa, es lo que la defensa de la Administración reprocha a la actora. En cuanto al fondo Considera la multa impuesta de 5.600 euros absolutamente desproporcionada si se tiene en cuenta que es una falta leve. También critica que la cantidad del beneficio obtenido está mal calculado y es irreal, máxime en tiempo de pandemia del Covid 19. Todo ello contradice lo que se observa de las fotografías obrantes en el expediente. En cuanto a la multa impuesta, ni es desproporcionada ni está falta de motivación. Pudiendo ser sancionada la parte hasta un total de 60.000 euros, a razón de 20 euros por m2/día, se la sanciona por la ocupación de 80 m2 durante 7 días, esto es, los que el servicio de vigilancia acudió al lugar y pudo constatar que el negocio estaba abierto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ
  • Nº Recurso: 586/2022
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA ROSARIO SANCHEZ CHACON
  • Nº Recurso: 16/2024
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma las condenas por delitos de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud, pertenencia a grupo criminal y tenencia de billetes falsos. Los delito de pertenencia a organización y de pertenencia a grupo" criminal tienen en común que requieren la unión de tres o más personas y que dicha unión sea con la finalidad de cometer una pluralidad de delitos, suponiendo en ambos casos una vocación de continuidad o estabilidad. Ambos delitos se diferencian en: a) la vocación de permanencia (en la organización) frente a la temporalidad (del grupo); y b) si hay o no reparto de tareas exclusivas y excluyentes, no ya para un solo caso, sino para toda la actividad delictiva o para los distintos delitos que se piensan cometer (más allá del mero "reparto de tareas" inevitable en todo delito aislado perpetrado por una pluralidad de sujetos), con una jerarquía de mando; cuya concurrencia determina que haya "organización. A su vez el grupo criminal se diferencia de la codelincuencia en que en ésta el delito se comete por no más de dos personas (por muy organizadas que estén) o por más de dos pero sin ánimo de permanencia ni a corto ni a largo plazo (aunque estén plena e intensamente organizados). En el tráfico de cannabis, para determinar si es de notoria importancia carece de relevancia el porcentaje de THC. de la droga intervenida, debiendo deducirse del peso las partes leñosas, ramas, raíces, algunas hojas y todo lo que no sea sumidades, floridas o con fruto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 8644/2022
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ha lugar al recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra sentencia que reconoció la ausencia de obligación por parte de la entidad aseguradora de hacerse cargo del coste de la asistencia sanitaria a un mutualista. El TS estima el recurso siguiendo precedentes en la Sala: la asistencia sanitaria a un titular o beneficiario de ISFAS por contagio de Covid-19 es ajena a una actuación o prestación de salud pública del artículo 11.2.a) de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, aun cuando la afección a la salud del titular o beneficiario por razón de esa infección se haya producido en el contexto de la pandemia; y como consecuencia, esa asistencia sanitaria queda comprendida en la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud, luego no en la excepción prevista en la disposición adicional cuarta.1, párrafo segundo, de la Ley de Cohesión
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL YUSTE MORENO
  • Nº Recurso: 264/2024
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santander
  • Ponente: RAFAEL LOSADA ARMADA
  • Nº Recurso: 120/2023
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto por la Administración autonómica contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional por la que se estimó la reclamación sobre rectificación en materia de tasa fiscal sobre el juego durante la pandemia. El Tribunal Económico accede a la devolución de ingresos indebidos durante el periodo de tiempo en que la actividad desarrollada quedó suspendida como consecuencia de la declaración del estado de alarma. Mantiene la Administración autonómica que el devengo de la tasa se produjo durante la vigencia de las restricciones por causas sanitarias durante el primer trimestre de 2020. Sin embargo, la Sala mantiene el criterio que ya ha se ha pronunciado sobre el supuesto en que determinadas entidades se vieron obligadas a consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID accediendo a la devolución de parte de la cuota nacional del impuesto de actividades económicas, concluyendo que durante la vigencia de medidas que imposibilitaban la actividad, no resultaba exigible dicha tasa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN MONTE BLANCO
  • Nº Recurso: 207/2021
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se solicitó el alta en RETA en marzo de 2020 pero no a través del sistema RED. El alta por dicho sistema se realizó en noviembre del mismo año y no se le reconoció el alta sino a partir de este segundo momento. La sentencia aprecia que venía obligado a incorporarse al sistema RED y que no fue hasta el 4 de noviembre de 2020 cuando tramitó su alta en el RETA a través de la Sede Electrónica, destacando que ya desde el 31 de marzo de 2020 la Administración le había comunicado la necesidad de realizar el trámite a través del sistema RED por su autorizado o a través de la Sede Electrónica. La incorporación al Sistema RED no puede entenderse, por tanto, como opcional o voluntaria en el caso de sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, sino que es de carácter "obligatoria".
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: JUAN CARLOS CUENCA SANCHEZ
  • Nº Recurso: 38/2022
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: MARIA OLIVA MORILLO BALLESTEROS
  • Nº Recurso: 80/2024
  • Fecha: 20/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.