• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ALEJANDRO ROA NONIDE
  • Nº Recurso: 55/2024
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ANTIGUEDAD/TRIENIOS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 248/2024
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Frente a la sentencia de instancia que desestima la demanda sobre sobre despido disciplinario en el que se le imputaba acoso sexual a una trabajadora, se interpone recurso de Suplicación por el trabajador demandante. Por la Sala, que desestima el recurso, recuerda la naturaleza extraordinaria del recuso así como los requisitos que deben de concurrir para que prospere la revisión de hechos probados, desestimado los motivos de revisión solicitados. En cuanto a los motivos de denuncia jurídica , se plantea en primer lugar si la canta de despido concreta suficientemente los hechos que se le imputan al trabajador para no causarle indefensión. Por la Sala se hace una amplia referencia a la jurisprudencia sobre los requisitos que deben de concurrir en la carta de despido, llegando a la conclusión que en el presente supuesto en la carta de despido se concretan los hechos y conductas que se le imputan al trabajador sin que este pueda alegar indefensión. Se alega también por el demandante que no se le dio audiencia previa al despido lo que es desestimado por la Sala , el Convenio de la OIT citado no es de aplicación directa . Por último se desestima también la excepción de prescripción alegada
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JOSE ANTONIO MERINO PALAZUELO
  • Nº Recurso: 1114/2024
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Administración Laboral denegó el ERE por inexistencia de fuerza mayor, lo que impugnó la empresa. estimando el juzgado su demanda. La Sala confirma la sentencia pues la Administración denegó el ERE por falta de subsanación por la empresa de los efectos apreciados en la solicitud.En el caso que nos ocupa, lo cierto es que el requerimiento efectuado por la Administración autonómica no contenía plazo alguno de cumplimientoucido). El requerimiento fue cumplimentado por la empresa . Como consecuencia, no resulta aplicable lo prevenido en el artículo 118.1 de la Ley 39/201 que opone la Administración recurrente. En este contexto, con lo que resulta ajustado a derecho valorar la contestación al requerimiento de subsanación y aportación documental por parte de la empresa, de la que se desprende, como se analiza en la sentencia de instancia, la concurrencia material de la causa invocada de fuerza mayor de limitación de la actividad, y de las comunicaciones a los trabajadores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: MARIA CONCEPCION GARCIA VICARIO
  • Nº Recurso: 145/2023
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 11249/2023
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acta del juicio oral: el acta (y la grabación) es esencial a efectos de recurso. En ella se incorpora la indispensable constancia documental de las formalidades observadas durante el desarrollo del juicio, las incidencias y reclamaciones que hubieran podido formularse durante las sesiones y el contenido esencial de la actividad probatoria. Por eso su levantamiento y corrección se puede vincular con el derecho a la tutela judicial efectiva. Agravante de disfraz; la utilización de una mascarilla sirve de base para la apreciación de la agravante de disfraz. Agravante de disfraz y su comunicabilidad al resto de autores: Cuando se planea el delito concertando que uno o varios de los intervinientes utilicen disfraz, como medio necesario para facilitar la comisión del delito o lograr su impunidad, en beneficio de todos los partícipes, la circunstancia agravante se aplica a todos ellos. Sólo en el caso de que alguno de los delincuentes utilice ese artificio sin acuerdo con los demás, sería aplicable el artículo 65.1 CP. Anomalía o alteración psíquica; atenuante analógica no aplicada en casos de inteligencia límite si es suficiente para conocer los que está bien y mal. Atenuante analógica de confesión, presupuestos. Coautoría. El partícipe no ejecutor material del acto homicida que prevé y admite de modo más o menos implícito que el iter del acto ilícito pueda llegarse a ataques corporales, cuando menos se sitúa en el plano del dolo eventual. Lesión psíquica, presupuestos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Granada
  • Ponente: CONSTANTINO MERINO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 693/2021
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ANA SUAREZ BLAVIA
  • Nº Recurso: 289/2022
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA
  • Nº Recurso: 2805/2023
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESEMPLEO
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA SANCHO ARANZASTI
  • Nº Recurso: 289/2023
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta por Comisiones Obreras en la que se solicitaba la nulidad de parte del redactado de dos cláusulas del modelo de acuerdo de trabajo a distancia que rige en la empresa DXC Technology Spain S.A, en lo atinente a la disponibilidad unilateral por parte del empresario de un porcentaje de trabajo presencial del 20% de la jornada mensual así como en lo referido a la fijación de un sistema de compensación de gastos de trabajo a distancia mediante la concesión de dos días de libre disposición. Tales clausulas son contrarias a las disposiciones de la LTD y el art. 41 del convenio colectivo de aplicación, reiterando la Sala el criterio previo mantenido sobre tales cuestiones en sentencias precedentes que se citan al efecto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN MERIDA ABRIL
  • Nº Recurso: 1191/2022
  • Fecha: 03/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.